Collado, Cordero y Pardow.

Desde noviembre la candidata presidencial del oficialismo y de la DC, Jeannette Jara, viene cuestionando al asesor económico del comando de José Antonio Kast, Jorge Quiroz, afirmando que él estuvo involucrado en los casos de colusión del precio del pollo y en el de las farmacias. Al ser consultado en el debate de la Archi al respecto, el candidato de oposición sostuvo que Quiroz no fue condenado por ninguno de estos casos, a lo que Jara respondió: “A mí lo único que me queda claro de esta parte del debate es que el estándar ético aquí está muy bajo”.

Según mails que aparecen en la sentencia del Tribunal para la Libre Competencia (TDLC) de 2014, la oficina de consultoría de Quiroz realizó informes para las empresas avícolas, mientras que en el caso de las farmacias, participó como uno de los economistas que hizo un informe en derecho para Salcobrand.

No obstante, en el ejercicio libre de la profesión, no es el único personero ligado a la política que ha tenido vínculos con casos de colusión. De hecho, el subsecretario de Seguridad Pública, Rafael Collado, y el exministro de Energía, Diego Pardow, ambos compañeros de Jara en la primera línea del gobierno del Presidente Gabriel Boric, defendieron a empresas en la arista de los supermercados de la colusión de los pollos, de laboratorios farmacéuticos y de servicios de aeronaves para combatir incendios, según consta en los expedientes de esos casos.

En el ámbito de los informes en derecho, el actual ministro de Seguridad, Luis Cordero, hizo uno para Celulosa Arauco Constitución en 2018, luego de que se apuntara a la empresa por un episodio de contaminación del río Cruces, en Valdivia, que terminó con bañistas lesionados y peces muertos.

Durante los años de estas actuaciones, los tres trabajaban para la oficina de abogados FerradaNehme, donde Cordero también fue socio desde 2012 y Collado desde 2018.

La secuela de los pollos: la condena por colusión de supermercados

En 2016 la Fiscalía Nacional Económica (FNE) acusó a las empresas operadoras de cadenas de supermercados Cencosud, SMU y Walmart, de concertarse para fijar precios mínimos de venta de carne de pollo fresca entre 2008 y 2011, utilizando a sus proveedores (el caso anterior de los pollos) como intermediarios para controlar los precios y eliminar competencia.

La defensa de Walmart la asumió un equipo de abogados de FerradaNehme integrado por el hoy subsecretario Rafael Collado. La defensa argumentó que lo que se acusó era una “conducta natural del mercado”, no una concertación de precios y que por el contrario, ellos eran afectados directos de la colusión de los proveedores.

Pero el Tribunal de la Libre Competencia (TDLC)  multó a las cadenas y en 2020 la Corte Suprema confirmó la responsabilidad de las empresas y duplicó las multas.

Posteriormente este caso derivó en demandas de indemnización por parte del Sernac para los consumidores afectados.

Pardow defendió a Fasa en el caso de colusión de farmacias

En el ejercicio libre de la profesión de abogado, el 7 de enero de 2009, el saliente ministro de Energía, Diego Pardow, asumió el patrocinio y poder para defender a Farmacias Ahumada S.A. (Fasa) frente a la FNE en el bullado caso de la colusión de las farmacias.

Por ese entonces la FNE acusó a Fasa, a Cruz Verde y a Salcobrand de poner fin a una agresiva guerra de precios en 2007, por medio de acuerdos para fijar los precios de 222 medicamentos, lo que implicó un alza promedio de 48%, aseguró la Fiscalía.

Pardow actuó en la defensa técnica del caso durante este proceso sancionatorio en que Farmacias Ahumada y la FNE llegaron a un acuerdo conciliatorio parcial en abril de 2009: Fasa admitió haber recibido propuestas de coordinación de precios de laboratorios y se comprometió a pagar 1.350 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

A cambio de que la FNE no siguiera el proceso en su contra en el TDLC, Fasa se comprometió a seguir entregando antecedentes, a elaborar un código interno para desincentivar conductas anticompetitivas y prohibir a sus ejecutivos mantener propiedad o participación en las otras cadenas.

En la Corte Suprema las otras farmacias alegaron que el acuerdo de Fasa constituía un prejuzgamiento por parte del TDLC y que no debía tener valor probatorio en su contra pues además, a su juicio Fasa había tenido un rol “instigador” y preponderante.

Con todo, el máximo tribunal dijo que sin bien la información de Fasa era genérica, al juntarla con otras pruebas, sí lograba tener peso. A las otras farmacias las condenó a multas de cerca de US$ 20 millones.

El “cartel de los laboratorios” y una delación compensada

Rafael Collado también defendió a uno de los laboratorios investigados en el marco del llamado “cartel de los laboratorios”. ¿Qué pasó? En 2016 la Fiscalía Nacional Económica acusó a Laboratorio Biosano, Fresenius Kabi Chile y su filial Laboratorio Sanderson, de ponerse de acuerdo para afectar las licitaciones convocadas por la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) para comprar ampollas de medicamentos.

Según la acusación, que terminó confirmándose y con condenas, entre 1999 y 2013, antes de ofertar, los tres laboratorios definían cuál debía adjudicarse los medicamentos y acordaban precios de referencia para sus ofertas. 

En este caso, Rafael Collado y otros abogados del bufete fueron contratados por el Laboratorio Biosano y la estrategia fue diferente a Walmart, pues optaron por reconocer su participación y acogerse a una delación compensada. Es decir, dieron información sobre la colusión a cambio de beneficios, en este caso, de no ser multados por una cifra millonaria.

La sentencia dice que la información constó de dar nombres de ejecutivos, fechas y lugares de las negociaciones. Según Biobiochile.cl, los ejecutivos de Biosano llamaban “roedor y rata” a los otros laboratorios.

El TDLC y la Corte Suprema condenaron a Fresenius y Sanderson. “Esta sentencia reitera la gravedad de los carteles, especialmente cuando se trata de bienes tan sensibles para la población, como son los medicamentos, y cuando las infracciones impactan directamente en el gasto público”, dijo el fiscal económico de la época, Ricardo Rioseco.

Pese al acuerdo, en 2023 la FNE debió requerir nuevamente a Biosano por incumplir una parte de la sentencia que les ordenaba adoptar un programa de cumplimiento en materia de libre competencia por cinco años. En abril de ese año, Collado volvió a asumir la representación de Biosano en esa arista, sin embargo un mes después abandonó la oficina de abogados para ser coordinador legislativo del Ministerio del Interior, el cargo que tuvo previamente a ser nombrado subsecretario en abril de 2025.

El “cartel del fuego” y más de $ 6 mil millones de multas

En febrero de 2017, en plena temporada de incendios forestales, se conoció que tres empresas de helicópteros y avionetas que se dedicaban al combate aéreo de incendios y que tenían contratos con Conaf y Onemi, fueron acusadas en España por cohecho y fraude.

De inmediato, la FNE comenzó a investigar y en 2018 acusó que las empresas Faasa (que después se llamó Pegasus y que luego adquirió Calquín Helicopters) e Inaer, con la intervención de sus ejecutivos Ricardo Pacheco y Rodrigo Lizasoaín, “celebraron y ejecutaron un acuerdo único y continuo entre los años 2006 y 2013” en la que “afectaron concertadamente el resultado de procesos de licitación en el mercado chileno de procesos de contratación planificada de servicios de combate y extinción de incendios forestales mediante helicópteros”.

Collado asumió la representación de Pacheco y de Calquín Helicopters hasta mayo de 2023. Mientras, otros abogados de su oficina se encargaron de Inaer. El 25 de marzo de 2020 también asumió la defensa del otro ejecutivo involucrado, Lizasoaín.

La defensa de las empresas se centró en refutar la existencia de un acuerdo colusorio, justificando sus ofertas con base en las exigencias técnicas de las licitaciones y en decisiones comerciales estratégicas y unilaterales. Argumentaron que las pruebas de la FNE en realidad eran conjeturas e incluso «hechos aislados e inconexos».

Sin embargo, en 2020 el TDLC comprobó la existencia de la colusión y cursó multas, aunque prescribió otro trato. Desde entonces hubo varias reclamaciones. Pese a ello, en febrero de este 2025 la Corte Suprema condenó a las dos empresas de helicópteros y a sus ejecutivos. Además, revocó la prescripción del trato que afectó una licitación de Conaf en 2014 y que se había desechado por el tiempo transcurrido. En suma, las multas llegaron a $ 6.540 millones a beneficio fiscal.

El informe en derecho de Cordero para Celulosa Arauco

La Celulosa Arauco Constitución (Celco) hizo noticia en 2004 cuando la contaminación de esa industria en el Santuario de la Naturaleza río Cruces en Valdivia, terminó con la presencia de luchecillo en sus aguas y la consiguiente muerte y migración de los cisnes de cuello negro que se alimentaban de la planta en ese humedal. El caso terminó su camino judicial en 2014 con una condena, una multa de $5.200 millones.

Sin embargo, el 18 de enero de 2014 volvió a ocurrir un episodio de contaminación cuando bañistas del río denunciaron ante la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) haber sufrido lesiones en la piel tras bañarse en el lugar. Adicionalmente, dieron cuenta de “la muerte masiva de peces en el sector del puente Rucaco”. 

De ahí en más se volvieron a activar las fiscalizaciones y se discutía si Celco había encubierto o no el vertimiento del tóxico “licor verde” en el río, acusación que derivó a otra que planteaba que la empresa impidió a la SMA de hacer su trabajo. La SMA multó en 2017 a Arauco con $ 4.000 millones y la empresa interpuso una reclamación en el Tercer Tribunal Ambiental, proceso para el cual encargó un informe en derecho al actual ministro de Seguridad, Luis Cordero.

Esto, porque el abogado había formado parte del equipo que creó la Superintendencia del Medioambiente, el Ministerio de Medioambiente y el Servicio de Evaluación Ambiental. De hecho trabajó también para Andes Iron en el marco del proyecto Dominga.

El informe de Cordero cuestionó la legalidad de la citación a declarar a ejecutivos y dependientes de Celco realizada por la jefa de la División de Sanción y Cumplimiento (DSC) de la SMA antes de la formulación de cargos; dijo que Celco se encontró en una «situación de indefensión» al no haber conocido los cargos imputados antes de que se tomara su declaración y que hubo una “agregación extemporánea de hechos»; entre otros argumentos que apuntaban a la vulneración de derechos de la empresa.

En 2020 el tribunal acogió parcialmente el reclamo, anulando sólo la multa por la clasificación de los cargos. Luego el mismo informe lo usó Arauco para un recurso de casación que la Corte Suprema rechazó. La multa finalmente quedó en 705 UTA (más de $ 563 millones), por lo que Arauco volvió a presentar un recurso de casación en octubre de 2024.

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