En síntesis
- La Fiscalía mantiene abierta la investigación sobre la explosión de bombas molotov en el INBA que dejó a 35 estudiantes quemados, con diligencias en curso y sin esclarecer aún la calidad procesal definitiva de los involucrados.
- María Alejandra Benavides, directora del INBA en el momento del incidente, es la única persona imputada formalmente en la causa según el expediente público disponible.
- Los estudiantes afectados no han colaborado con detalles ni recuerdos sobre el incidente, dificultando la investigación, mientras que la Municipalidad de Santiago ha denunciado la posible influencia de grupos externos violentos en los hechos.
Ayer se cumplieron dos años del gravísimo suceso en el que 35 estudiantes del Internado Nacional Barros Arana (INBA) resultaron quemados luego de que explotara al menos una bomba molotov en un baño de esa institución, en pleno horario escolar. Fue de tal magnitud lo ocurrido que un día después, el Ministerio de Salud informó que 25 afectados se encontraban hospitalizados, cinco de ellos en estado de extrema gravedad y 11 en estado crítico. Un mes más tarde, según esa misma cartera, 11 alumnos seguían internados.
Por estos hechos el Ministerio Público abrió una investigación para determinar las responsabilidades en lo ocurrido. En ese entonces el sostenedor del liceo era la Municipalidad de Santiago, comandada por la alcaldesa Irací Hassler (PC), y la directora de esa institución educativa era María Alejandra Benavides, única persona que aparece hasta ahora en calidad de imputada, al menos conforme a la información que figura en la causa que es de acceso público en la página del Poder Judicial (ver detalles abajo).
El Líbero consultó a la Fiscalía sobre el estado y avance de las averiguaciones, desde donde indicaron que “la causa está vigente”. “Se está en proceso de revisión de los antecedentes reunidos y las diligencias continúan en desarrollo. Todo está en curso”, respondieron.
La Fiscalía detalló que “las diligencias se han realizado junto a equipos especializados del OS-9 (Departamento de Investigación de Organizaciones Criminales de Carabineros) y de Labocar (Laboratorio de Criminalística de Carabineros)”. Desde esa instancia argumentaron que debido a que las averiguaciones se encuentran abiertas, es imposible que entreguen mayores detalles a la prensa.
Más allá de las diligencias de investigación que actualmente está realizando la Fiscalía para el esclarecimiento de los hechos -que no tienen por qué figurar en el expediente en línea debido a que se trata de una averiguación en curso-, la última actuación de fondo que aparece en la causa es de mayo de 2025 y está referida a una petición de entrega de las fichas médicas de los alumnos que resultaron quemados.
«La diligencia cuya autorización se solicita tiene por finalidad esclarecer los hechos y colaborar con la determinación de las requeridas calidades procesales», indicó la Fiscalía en escrito que presentó el 15 de mayo de ese año, a propósito de que el 7° Juzgado de Garantía de Santiago le indicó que aclarara si los jóvenes que resultaron lesionados figuran en el proceso en calidad de víctimas o de imputados (ver detalles abajo).
Precisamente en referencia a los estudiantes, El Líbero pudo indagar en el trabajo de investigación periodística que una de las principales dificultades en la causa ha estado relacionada con la obtención de información clave para aclarar lo ocurrido por parte de los propios afectados.
Aunque se han logrado avances mediante otros elementos en las averiguaciones, este medio tuvo conocimiento de que los alumnos involucrados no entregan información sobre las circunstancias en la que ocurrió la explosión aquella mañana y no aportan detalles. Se supo que los estudiantes dicen no recordar y que guardan silencio.
En la demanda que dos días después del hecho interpuso la Municipalidad de Santiago a cargo de Hassler, y que también es de acceso público, quedó asentado lo siguiente: «los grupos que realizaron los actos violentos relatados en esta querella han realizado llamados anteriormente a tomar represalias contra los ‘sapos'». En el documento también se habla de «la existencia de víctimas y posibles autores menores de edad» (ver detalles abajo).
Tribunal sobre los estudiantes afectados: “Aclárese si (…) revisten calidad de imputados o víctimas”
La última actuación de fondo que aparece en la causa en línea, fechada el 16 de mayo de 2025, consiste en un oficio en el que el juzgado, accediendo a la solicitud fiscal, «autoriza que la Corporación de Ayuda al Niño Quemado (Coaniquem) informe al Ministerio Público si, en el periodo comprendido entre el día 23 de octubre de 2024 (día en el que ocurrió la explosión) a esta fecha, los pacientes singularizados en la solicitud (los 33 estudiantes quemados que se mencionan en la causa) han sido atendidos en dicha institución y en caso afirmativo, se entregue la ficha clínica de los referidos pacientes con indicación de los diagnósticos, de las lesiones sufridas, procedimientos médicos realizados, individualización de los médicos tratantes, pronósticos de recuperación, calificación de las lesiones y cualquier otra información relevante para el esclarecimiento de los hechos”.
Esta decisión se dio luego de que el 9 de ese mismo mes la Fiscalía solicitó al juzgado la autorización de que Coaniquem entregara esa información, argumentando que «dichos antecedentes son de relevancia para establecer las responsabilidades que debe determinar el Ministerio Público».
En esa misma fecha, el 7°Juzgado de Garantía de Santiago, mediante decisión del juez Patricio Álvarez Maldini, solicitó al Ministerio Público: «previamente aclárese si las personas singularizadas en la presentación revisten la calidad de imputados o víctimas para los fines de la investigación».
La respuesta de la Fiscalía, mediante escrito que presentó el 15 de mayo de 2025, fue clara. “En el actual estado de avance de la investigación, no resulta posible determinar con certeza la calidad procesal —sea de víctimas, imputados u otra— de las personas singularizadas en la solicitud de autorización para acceso a fichas clínicas. Ello, debido a la dinámica de los hechos investigados, ocurridos al interior de un recinto cerrado, específicamente uno de los baños del INBA, en cuyo interior se encontraba una gran cantidad de personas», se indicó.
«Dicha circunstancia dificulta, por ahora, establecer de forma definitiva las calidades jurídicas de los involucrados. La diligencia cuya autorización se solicita tiene por finalidad esclarecer los hechos y colaborar con la determinación de las requeridas calidades procesales (…). La entrega de las fichas clínicas resulta procedente aun en ausencia de certeza respecto de la calidad procesal de los sujetos involucrados, toda vez que lo determinante es que la información requerida se encuentra directamente relacionada con los hechos investigados”, agregó la Fiscalía.
La exrectora Benavides, única imputada hasta ahora

De acuerdo con lo que aparece en el expediente que es de acceso público en pjud.cl, la única persona imputada hasta ahora en la causa es María Alejandra Benavides, que en ese momento era directora del INBA.
«El Ministerio Publico comunica que tiene participación en la causa como imputada». En esos términos quedó asentado en el acta de «Individualización de audiencia de cautela de garantías» del 15 de noviembre de 2024, la calidad en la que Benavides se encuentra desde ese momento en la causa.
La mencionada audiencia -en la que la entonces rectora estuvo presente, según se indica en el acta-, la solicitó la propia Benavides mediante escrito que presentó 14 días después de la explosión, el 6 de noviembre de 2024, en el que también pidió que se le devolviera el celular que le habían incautado en un procedimiento que Fiscalía y Carabineros realizó en el liceo.
«El 30 de octubre del año en curso (2024), siendo aproximadamente las 12:00 horas, se apersonaron a mi oficina, la fiscal del Ministerio Público Macarena Cañas, con funcionarios del departamento OS-9 de Carabineros de Chile, para realizar la incautación de documentación administrativa del establecimiento, todo en el marco de la investigación de los hechos acaecidos el día miércoles 23 de octubre (…). Mientras se desarrollaba el trabajo de revisión e incautación por parte del personal policial en el interior de mi oficina, se me hizo saber que debía ser incautado mi teléfono móvil personal», se señala en el documento.
Benavides, que poco después de llegar a la dirección del INBA en 2022 ofreció una entrevista a La Tercera en la que se mostró contraria a la aplicación de la Ley Aula Segura, estuvo en medio de la polémica ese mismo año, luego de que se conoció una foto que publicó en sus redes sociales, en la que posaba portando una polera del grupo radical Antifa de la Garra Blanca, que en octubre de 2019 y durante los meses posteriores, protagonizó muchos de los desmanes registrados en Plaza Baquedano. También fue noticia que, pese a las gestiones que realizó la administración municipal del alcalde Mario Desbordes, la mujer no dejó de vivir sino hasta noviembre de 2025 en una vivienda ubicada dentro del terreno del liceo que le entregaron en comodato durante el mandato de Hassler. No pagaba arriendo, servicios ni gastos comunes y su vínculo laboral con la Municipalidad de Santiago había terminado el 1 de julio de ese año.
La querella que presentó la Municipalidad de Santiago
Una de las querellas que figuran en la causa la interpuso dos días después de la explosión la Municipalidad de Santiago, que encabezaba la alcaldesa Hassler. Es en este escrito donde se advirtió sobre las supuestas «represalias» contra quienes hablaran.
«Las manifestaciones violentas a que nos hemos referido en esta querella no son un simple juego; se enmarcan en un contexto de alta violencia organizada, posiblemente de manera externa (…). En los hechos relatados, los autores forman parte de grupos conocidos por incendiar, usar bombas molotov y atacar con palos, fierros y cadenas a compañeros, profesoras y demás funcionarios. Es un hecho de público conocimiento que grupos así han rociado con bencina a docentes en más de una ocasión, sin mencionar los incendios que han provocado en varios liceos de la comuna de Santiago», se señala en ese mismo documento.
En la demanda se afirma que la entonces Dirección de Educación Municipal de Santiago, en ese momento a cargo de Rodrigo Roco, «tiene la fuerte sospecha que, detrás de este hecho, al igual que detrás de muchos otros hechos de violencia ocurridos en establecimientos educacionales durante este año, existen adultos externos que están motivando que ocurran estas acciones y que comprometen la vida de los jóvenes».
En la querella se señala que se tuvo conocimiento de que «al momento de los hechos, cuando los encapuchados trataron de quemar sus overoles, la situación se salió de control y algunos petardos explotaron».
«La información que manejamos actualmente, es que el conjunto de gases producidos por bombas molotov pudo haberse acumulado, resultando en una explosión en dicho baño», agregan.
La querella también aporta información en cuanto a los sucesos que ocurrieron previos a la explosión. «Durante la mañana del miércoles 23 de octubre de 2024, cerca de las 11:00
horas, tras la irrupción de los encapuchados en uno de los patios del INBA, arrojando fuegos artificiales y objetos incendiarios, la Dirección del establecimiento decretó el despacho de acuerdo con el protocolo establecido», se señala.
«Ante esa situación, el grupo encapuchado y con overoles blancos, cercano a 40 personas -además de estudiantes que les acompañaban- se dirigió a uno de los baños, presumiblemente para deshacerse del material que portaban y cambiarse de ropa. El grupo de sujetos se reunió en el baño del denominado ‘Patio Siberia’. Dentro del sanitario indicado había acumulada gran cantidad de bombas molotov, material incendiario y fuegos artificiales, conforme lo señalado por Bomberos y Carabineros», se agrega.
Las diligencias que solicitó el entonces Ministerio del Interior y Seguridad Pública en la querella que interpuso el mismo día de la explosión
La otra querella la interpuso el mismo día de la explosión el entonces Ministerio del Interior y Seguridad Pública, cuya titular era la ministra Carolina Tohá. La acción fue presentada contra todos quienes resulten responsables en calidad de autores, cómplices o encubridores de los delitos de porte de elementos para fabricar artefactos incendiarios, incendio y cualquier otro ilícito que pueda configurarse a partir de los hechos ocurridos en el liceo ese día.
«Un grupo indeterminado de sujetos se encontraban, presuntamente, elaborando artefactos incendiarios (conocidos comúnmente como bombas molotov) en el lugar, manteniendo en el mismo, entre otros elementos, botellas de vidrios, encendedores y bidones de combustible. Así, y producto de la manipulación de estos elementos, este grupo de personas provoca un incendio en el lugar, del que resultan al menos 36 personas lesionadas (luego el Ministerio de Salud informó que eran 35), dentro de las cuales se encuentran cuatro menores de edad que se encuentran en riesgo vital», se indica en ese documento en cuanto a lo sucedido.
En la querella, el ministerio solicitó que se despachara orden para realizar, entre otras diligencias, la obtención de «declaraciones de las víctimas que se encuentran (en ese momento) en los diferentes centros asistenciales de salud», «levantar pruebas biológicas y huellográfica que se encontraren en las evidencias incautadas», «realización de un informe químico y pericial con el fin de determinar el uso de acelerantes, origen y causa del incendio» y «realizar un reconocimiento fotométrico de las cámaras de seguridad que podrían haber registrado los hechos denunciados», así como «obtener las grabaciones que fueran encontradas».
En cuanto a la Dirección del INBA, que entonces encabezaba Benavides, la cartera de Interior pidió que se oficiara a dichas autoridades solicitando: «listado de profesores, inspectores, funcionarios y autoridades presentes al interior del establecimiento educacional el día de los hechos», «listado de asistencia de los alumnos de enseñanza media del día», «información de las instrucciones sobre custodia y cierre de los ingresos a los funcionarios que cuidan las entradas al establecimiento educacional», «permisos que los padres entreguen para justificar salidas o ausencias de los escolares, el día de los hechos», «información de los nombres de los escolares que ingresan con teléfonos celulares a clases» y «antecedentes de investigaciones o procesos disciplinarios relacionados con la Ley de Convivencia Escolar y la Ley Aula Segura respecto de quienes se determine su participación en los hechos reseñados».

Estos mocosos irresponsables reúnen cada uno de ellos la doble calidad de imputados y víctimas, lo primero por situación de flagrancia y lo segundo por ser víctimas de su propia actitud. Se les debe aplicar el máximo rigor de la ley sin contemplaciones. No se necesita tanto testigo para atestiguar, ellos mismos son testimonio vivo de su conducta. No hacerlo es simplemente empate, pérdida de tiempo, o jugar para que el tiempo pase sin responsables.