El Juzgado de Cobranzas Laboral y Previsional de Santiago dictó el pasado 30 de octubre un fallo que la entonces alcaldesa Irací Hassler (PC) -que renunció el 15 de noviembre tras no lograr la reelección-, no cumplió: pagar una indemnización de 5 millones de pesos a la exrectora del Liceo Darío Salas, Lilian Vicent, como «indemnización por daño moral». La instancia judicial tomó la decisión después de que la municipalidad intentara sin éxito que la sentencia de origen, que no es reciente, fuese echada por tierra.
Hace más de un año, el 8 de noviembre de 2023, el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago condenó a la municipalidad de esa comuna a indemnizar a Vicent. A la fecha la exdirectora no ha recibido el pago, según señala a El Líbero.
«Requiérase a doña Irací Hassler Jacob, en representación de la Municipalidad de Santiago, para que en el plazo de cinco días establecido en el artículo 466 del Código del Trabajo, pague a doña Lilian Vicent Toledo la suma de $5.020.000, más reajustes, intereses y costas», indicó el mencionado juzgado de cobranza hace más de un mes.
Vicent: «Vencidos todos los plazos y citaciones y la Municipalidad de Santiago no ha cumplido»
En entrevista con El Líbero, Vicent señala que la Municipalidad de Santiago argumentó que como ya le habían pagado otros 5 millones de pesos, que correspondían a otro proceso que fue llevado en otro tribunal, ya no existía deuda alguna.
«Seguimos todas las instancias en tribunales, en todas perdieron. Es más, trataron de burlar al tribunal, con un argumento falso, ya que la transferencia que presentaron correspondía a una indemnización por una demanda anterior. Vencidos todos los plazos y citaciones y la Municipalidad de Santiago no ha cumplido», explica Vicent a este medio.
En efecto, en la página del Poder Judicial se puede verificar que se trata de dos procesos que cursaron por carriles diferentes. Uno corrió ante el 2°Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, donde Vicent demandó por acoso y persecución laboral, que devino en enfermedad profesional, y en que la municipalidad llegó a un acuerdo con la exdirectora y le pagó 5 millones de pesos a cambio de que desistiera de la acción judicial. El otro se vio ante el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago y en este no hubo conciliación, sino que la exrectora salió vencedora y el juez decidió que la parte demandada debía pagarle una indemnización de, coincidencialmente, 5 millones de pesos. Son estos los que no han pagado.
El acuerdo, que es de acceso público en la página del Poder Judicial, fue acogido por el respectivo juzgado en abril de este año y el pasado 10 de junio la Municipalidad de Santiago dio cuenta del pago de los 5 millones de pesos por concepto de conciliación. La condena a los otros 5 millones de pesos, por indemnización, ordenada incluso por otro tribunal había sido emitida siete meses antes y la reafirmación de la obligación de pago fue emitida el mes pasado por el ya mencionado Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
La respuesta de la DEM: «Ambas causas quedaron resueltas con dicho entendimiento»
«La DEM está a la espera de que el tribunal correspondiente determine si procede el pago en cuestión. Esto, considerando que la exdirectora Lilian Vicent firmó el 19 de marzo de 2024 un acuerdo en el marco de una causa por enfermedad profesional. Dicho acuerdo puso fin al juicio sin reconocer los fundamentos de la demanda, y se comprometió el pago de $5.000.000, suma que ya fue debidamente cancelada». Esa es parte de la respuesta que la DEM envió por escrito, luego de que El Líbero le consultó las razones por las cuales no han efectuado el pago a la exrectora a pesar de lo ordenado por el juzgado de cobranza.
De acuerdo con la DEM, «en el mismo acuerdo se estipuló que no existía deuda pendiente por ningún concepto, dado que ambas causas quedaron resueltas con dicho entendimiento, el cual contó con el consentimiento expreso de la Sra. Vicent. Con esto, se dio por concluida toda acción pendiente entre la exdirectora y la Dirección de Educación Municipal de Santiago».
La respuesta del abogado de la exdirectora: ¿Si hubiesen creído que con ese acuerdo se terminaba todo, para qué la Municipalidad de Santiago ejerció otros recursos?
Juan Antonio Castillo, abogado de Vicent, ya había argumentado en instancias judiciales que la Municipalidad de Santiago había actuado de «mala fe» frente al tribunal, al argumentar «erradamente» que el acuerdo conciliatorio, que preveía el pago de una cifra que coincidió con la de la indemnización, implicaba la imposibilidad de adeudarle dinero a Vicent por algún caso relacionado con la mencionada relación laboral, debido a que con la firma de tal documento ella había renunciado a tal derecho.
Ante la respuesta de la DEM, según la cual «ambas causas quedaron resueltas con dicho entendimiento» (el acuerdo conciliatorio), este medio consultó a Castillo, abogado de Vicent.
«La sentencia del juicio del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago (la que prevé los 5 millones de pesos por indemnización que no han pagado argumentado que ya canceló los 5 millones del acuerdo en otro proceso y que dicha conciliación impide cualquier otro reclamo), no estaba firme dado que la municipalidad ejerció un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago que fue resuelto recién el 8 de julio de este año, es decir, posterior al acuerdo en el otro juicio. Además, el 26 de julio la Municipalidad presentó un recurso de unificación ante la Corte Suprema que se declaró inadmisible el 17 de septiembre. Esto implica que cuando se realiza el acuerdo del juicio que llevaba el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en abril de este año, aún no se resolvía el otro juicio, por los mismos recursos que la municipalidad ejerció incluso despues de haber llegado a conciliación», explica Castillo a este medio.
De la lógica jurídica pasa a la lógica común: «¿Si efectivamente hubiesen creído que con ese acuerdo se terminaba todo, para qué la Municipalidad de Santiago ejerció otros recursos posteriormente, como el de nulidad y luego el de unificación? La explicación racional es que ese juicio es otro no considerado en el acuerdo de abril de 2024».
«También está el tema de mi honra, la obligación de que me pidan disculpas públicas»
El Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, además de ordenarle a la municipalidad la indemnización de los 5 millones de pesos a Vicent, le exige que «informe a ese tribunal el hecho de haber cumplido con lo ordenado en el acápite II en lo resolutivo de la sentencia dictada con fecha 8 de noviembre de 2023».
Lo anterior es lo que decidió el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que sumado al pago del referido monto, ordenó que la autoridad municipal está obligada a «enviar un comunicado a todos los integrantes del establecimiento educacional Darío Salas, solicitando las disculpas públicas por lo ocurrido el día 29 de marzo de 2022 en las dependencias de dicho establecimiento (día en el que Vicent fue sacada de su cargo, con la propia presencia del director de la DEM, Rodrigo Roco, en el despacho de la entonces directora) y que denostaron los derechos fundamentales de la demandante».
Para Vicent el cumplimiento de esta parte del fallo es muy relevante. «Es que no importa solo la indemnización, sino que también está el tema de mi honra, la obligación de que me pidan disculpas públicas que el tribunal dictaminó y la Corte Suprema reiteró», advierte a El Líbero.
En ese mismo acápite del fallo, el juzgado ordenó que «la denunciada deberá enviar un comunicado a todos los directores de los establecimientos municipales de la comuna en esos mismos términos», así como que la municipalidad «realice una capacitación con toda la plana mayor de la dirección del colegio y de la Dirección de Educación Municipal en derechos fundamentales de las personas, su ejercicio y resguardo en el ámbito laboral y acoso laboral (…) debiendo registrarse la asistencia de los participantes con su firma, siendo obligatoria la asistencia de todas las jefaturas del establecimiento y de la dirección de Educación Municipal».
Señala el mencionado juzgado de cobranzas que de no cumplir con lo mandatado, la parte demandada se expone a lo dispuesto en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil. Esto es multa y «arresto hasta de dos meses».

Así son los comunistas con sus trabajadores, abusan, no cumplen la ley……