constitución
FOTO: AGENCIAUNO

Chile no necesita una Constitución imposible de modificar. Necesita una Constitución difícil de modificar impulsivamente.

América Latina tiene una larga tradición de modificar, reemplazar y refundar sus constituciones al compás de los cambios políticos. Demasiadas veces, la Constitución ha terminado siendo tratada como un programa de gobierno: cuando cambia la mayoría, viene la tentación de cambiar las reglas fundamentales.

Chile debería preguntarse si quiere seguir ese camino.

Después de los procesos constitucionales –el primero en 2022 que terminó con un rechazo de 61,86% y el segundo en 2023, con un “en contra” de 55,76%– la discusión ya no debería limitarse a qué Constitución queremos. También deberíamos preguntarnos qué reglas necesitamos para que una Constitución no pueda ser modificada por una mayoría política circunstancial.

La cuestión no es impedir las reformas. Una Constitución democrática debe poder cambiar. El problema es que cambiarla debería requerir algo más que una mayoría suficiente para aprobar una ley. Una Constitución debe proporcionar estabilidad precisamente para que distintas mayorías puedan gobernar bajo las mismas reglas.

La experiencia de Suecia

Suecia ofrece una fórmula particularmente interesante. Ya en 1766 se impuso la exigencia de que los cambios constitucionales deberían ser aprobados con una elección de Parlamento intermedia. Norma que fue ratificada en la Constitución de 1809 y luego en la actualmente vigente de 1974.

Esta norma es una de las explicaciones fundamentales de la estabilidad política por la cual este país nórdico es conocido.

Sus leyes fundamentales son más difíciles de modificar que las leyes ordinarias. Para reformarlas se requieren, como ya se mencionó más arriba, dos decisiones parlamentarias sobre el mismo texto y una elección general entre ambas. La primera decisión deja la reforma pendiente; después de la elección, el nuevo Parlamento debe aprobar nuevamente el mismo texto para que entre en vigor.

No existe, por tanto, un número fijo de años para modificar la Constitución sueca. Lo que existe es una barrera democrática extraordinariamente significativa: una elección debe separar las dos decisiones.

La lógica es poderosa. Una mayoría parlamentaria puede iniciar un cambio constitucional, pero no puede consumarlo inmediatamente. La propuesta debe sobrevivir al debate público y a una elección.

Y Suecia acaba de dar un paso adicional. En octubre de 2025, el Riksdag aprobó una reforma destinada precisamente a reforzar la protección de la democracia y hacer más difícil modificar las leyes fundamentales. Está previsto, después de una segunda votación en el Parlamento y mediando la elección general de septiembre de 2026, que entre en vigor el 1 de abril de 2027. Desde entonces, la primera decisión sobre una reforma constitucional requerirá al menos el apoyo de la mitad de los miembros del Riksdag y la segunda, después de una elección, dos tercios.

La señal es importante: una democracia consolidada como Suecia está aumentando las garantías para protegerla de cambios apresurados o de mayorías circunstanciales.

La experiencia de Finlandia

Finlandia sigue una lógica semejante que ha inspirado la reforme sueca. Una reforma constitucional debe quedar normalmente pendiente hasta después de las siguientes elecciones parlamentarias. El nuevo Parlamento debe aprobarla nuevamente y necesita para ello dos tercios de los votos emitidos. Existe un procedimiento de urgencia, pero para activarlo se requiere una mayoría extraordinaria de cinco sextos; incluso en ese caso, la reforma debe obtener posteriormente dos tercios.

En ambos países encontramos una misma filosofía: las reglas fundamentales de la democracia requieren mayor consenso y más tiempo que las leyes ordinarias. No porque la Constitución sea sagrada, sino porque no pertenece al gobierno de turno.

La Constitución de Chile está demasiado expuesta a la política contingente. Hoy tiene un sistema considerablemente menos exigente. El artículo 127, establecido por la Ley 21.481, promulgada en agosto de 2022 establece que una reforma constitucional necesita, en cada Cámara, el voto favorable de cuatro séptimos de los diputados y senadores en ejercicio.

No existe como regla general una elección parlamentaria entre dos aprobaciones sucesivas del mismo texto. Sin embargo, eso no convierte al sistema chileno en antidemocrático, pero sí significa que nuestra Constitución está menos protegida frente a las mayorías políticas del momento que las constituciones de países políticamente mucho más estables, como Suecia y Finlandia.

Después de la experiencia reciente, vale la pena preguntarse si eso es conveniente.

Chile ya vivió una experiencia extraordinaria. La lección no debería ser que los chilenos no quieren cambios. La lección parece ser otra: una cosa es querer reformar las instituciones y otra muy distinta es entregar a una mayoría política la capacidad de refundar el país.

Una propuesta para que Chile deje atrás la política de la refundación permanente

Una Constitución debería permitir que gobierne la izquierda y también la derecha. Y debería sobrevivir a ambos. Una propuesta para Chile sería adoptar una fórmula inspirada en Suecia y Finlandia:

Primero, toda reforma constitucional sustantiva debería requerir dos aprobaciones parlamentarias sobre el mismo texto.

Segundo, entre ambas aprobaciones debería celebrarse una elección parlamentaria nacional.

Tercero, la segunda aprobación debería requerir una mayoría reforzada, por ejemplo, de dos tercios de los parlamentarios en ejercicio.

Cuarto, podría establecerse un período mínimo entre la primera aprobación y la elección, para asegurar un verdadero debate público.

Quinto, debería existir una vía excepcional para situaciones extraordinarias, pero con una mayoría excepcionalmente alta, siguiendo la lógica finlandesa de los cinco sextos para declarar urgente una reforma.

Participa en la conversación

2 Comments

  1. El problema es causal: que Suecia y Finlandia sean democracias estables y tengan reformas constitucionales más exigentes no demuestra que lo segundo explique lo primero.
    De hecho, Suecia ha reformado frecuentemente sus leyes fundamentales. La literatura especializada señala que, entre la Constitución de 1974 y 2003, casi la mitad de sus disposiciones se modificaron y que las reformas han ocurrido tan frecuentemente como el procedimiento permite.
    Su experiencia muestra que estabilidad constitucional no significa inmovilidad, sino capacidad de cambiar sin convertir cada cambio en una refundación.

Deja un comentario
Debes ser miembro Red Líbero para poder comentar. Inicia sesión o hazte miembro aquí.