En una columna publicada en este mismo medio, el embajador de Israel en Chile calificó la Flotilla Sumud como una “provocación” e indicó la importancia de que los chilenos conocieran la “realidad” sobre la situación. Su columna, sin embargo, omite varios aspectos relevantes del derecho internacional aplicable que deben mencionarse.
En primer lugar, el embajador califica la flotilla de innecesaria e indica que el asunto de la asistencia humanitaria en Gaza ya estaría “resuelto”. Los datos contradicen su relato: una actualización de 1 de mayo de 2026 de la Oficina de la ONU para la Coordinación de Asuntos Humanitarios indica que “la mayoría de la población de la Franja de Gaza sigue desplazada, viviendo en condiciones precarias”, que “alrededor del 60 % de las familias tienen dificultades para conseguir agua potable en cantidad suficiente”, que la asistencia humanitaria cubriría “el 75 % de las necesidades calóricas mínimas” y que solo el 43% de los puntos de servicio de salud estaban operativos, la mayoría de forma parcial. En ese contexto, sostener que la situación humanitaria en Gaza estaría resuelta es simplemente falso.
En segundo lugar, el embajador indica que el bloqueo naval a Gaza, establecido por Israel —y que la Flotilla buscaba romper—, estaría “reconocido por el derecho internacional”. En efecto, Israel ha sostenido que el bloqueo constituiría una medida de legítima defensa de conformidad con el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas. Sin embargo, hace más de 20 años, la Corte Internacional de Justicia indicó, precisamente respecto de Israel, que el argumento de la legítima defensa no puede invocarse respecto de un territorio ocupado, como es el caso de Gaza. Valga recordar, asimismo, que en 2024 la misma Corte calificó la ocupación israelí de ilegal, señaló que la misma violaba normas fundamentales del derecho internacional público e indicó que Israel debía retirarse lo antes posible. Por lo mismo, asemejar —como lo hace el embajador Lewi— el actuar de la Flotilla al de un grupo de personas que intentaran ingresar ilegalmente a las costas chilenas, “desafiando deliberadamente la soberanía”, es particularmente grave: Gaza no es territorio israelí. Igualmente problemática es su afirmación de que la intercepción estaría justificada, considerando que todo país, incluido Israel, tendría derecho a “defender sus fronteras”: Gaza no está dentro de las fronteras de Israel, y pretender incorporarla constituiría una gravísima violación de la prohibición de anexión de territorio por la fuerza, elemento fundamental del sistema de las Naciones Unidas.
Por cierto, ante esta grave situación, la falta de condena por parte de la Cancillería chilena resulta particularmente lamentable. En su declaración sobre la intercepción de la Flotilla, el Ministerio de Relaciones Exteriores se limitó a expresar “preocupación”, sin calificar la conducta como violatoria del derecho internacional. Ello, a diferencia de otros países que calificaron la conducta israelí de “violaciones flagrantes del derecho internacional y del derecho internacional humanitario”. Incluso la Unión Europea, que desaconsejaba el uso de la Flotilla como mecanismo de asistencia humanitaria, indicó claramente que los ataques en su contra violaban el derecho internacional.
El embajador Lewi sí tiene razón en cuanto a la importancia de poner fin al odio. El odio contra judíos, palestinos, israelíes o chilenos debe ser siempre reprochado. Pero el respeto al derecho internacional no es odio ni provocación: es un mínimo civilizatorio.

Independientemente de si simpatice o no con los tripulantes de esa flotilla, el derecho internacional marítimo debe respetarse, y el matonaje de un Estado acostumbrado a burlarse del resto del mundo, y su desprecio por la dignidad humana, es inaceptable.
Está bien que la columnista ponga las cosas en su lugar, lo que lamentablemente no todos se atreven a hacer.
Esta exposición de la profesora Fernández me parece muy clara, equilibrada, fundamentada y contundente.