Señor Director:
La carta del general J. Gaete P., presidente del Centro de Generales de Ejército, pone de manifiesto la persistente discriminación política, social y judicial a la que se encuentran sometidos un sector de exservidores públicos desde más de medio siglo. Ellos, en un número significativo de causas, han sido objeto de arbitrarios procedimientos que, entre otras vulneraciones al debido proceso, importan gruesos errores en la valoración de la prueba y una contradicción con la realidad de lo acontecido en los hechos investigados, dejando en evidencia que subyace un problema de fondo que no es otro que la existencia de dos sistemas de enjuiciamiento penal; condición impropia para un Estado Democrático de Derechos que se precie de tal.
El mantener vigente el añoso y anquilosado Sistema de Procedimiento Penal, tan sólo para un segmento de la sociedad, pugna en contra las más elementales concepciones del Derecho Penal moderno por su carácter inquisitivo, no otorgar las garantías de un debido proceso y tener radicadas en un solo juez las funciones de investigar, acusar y condenar; condiciones por las que dicho sistema fue abolido en el país hace más de 20 años, excepto para un sector de la sociedad de exintegrantes de las FF.AA. y Fuerzas de Orden que, con este ejercicio de iniquidad judicial, se les vulnera de manera flagrante sus derechos humanos. ¿Acaso eso no importa?
Miguel Trincado Araneda – Presidente ONG CREN, Justicia y DD.HH.

Resulta inconcebible que, estando a punto de que la reforma procesal penal cumpla 21 años desde su entrada en vigor en todo el territorio nacional, aún se mantenga vigente el artículo 483 del Código Procesal Penal que, al permitir la coexistencia de dos sistemas procesales penales es absolutamente inconstitucional; por cuanto vulnera la igualdad ante la ley y el derecho humano a un debido proceso.
Dicho artículo establece: “Las disposiciones de este Código sólo se aplicarán a los hechos acaecidos con posterioridad a su entrada en vigencia”.
Al respecto, la Corte Suprema de Justicia ha declarado: “En un Estado Democrático de Derecho no resulta concebible que sus ciudadanos se encuentren sometidos a dos clases distintas de justicia”.
Adolfo Paúl Latorre
Abogado