El proyecto de ley de Reglas de Uso de la Fuerza (RUF) para las Policías y Fuerzas Armadas que el Gobierno ingresó el lunes a la Cámara de Diputados, y que ayer inició su tramitación, implicaría un retroceso para la Ley Naín-Retamal. Esa es la advertencia que plantean parlamentarios de Chile Vamos, a propósito de la norma que fue dictada en medio de la crisis de seguridad que atraviesa el país, justamente con el objetivo de castigar con más fuerza a quienes agreden a carabineros y en la que quedó establecida la figura de la legítima defensa privilegiada.
Los alcances de una y otra normativa, así como el hecho de si conversan o no entre ellas fue el tema que abordaron los abogados expertos en Derecho Penal Juan Carlos Manríquez, Camila Motta y Jorge Martínez en el programa Mirada Líbero.
“Existe una real contradicción entre normas de la Ley Naín-Retamal y la propuesta legislativa de Reglas del Uso de la Fuerza», afirmó Manríquez.
«Mi impresión es que no se debe a un juego político sino que las RUF que se presentan hoy quedaron redactadas antes de la Ley Naín-Retamal, de ahí que no conversen”, agregó.
A juicio de Maríquez, hay un riesgo con respecto al proyecto que ingresó el Gobierno. “La propuesta de Reglas del Uso de la Fuerza no entregan la claridad que hubiéramos querido, porque dejan un espacio demasiado amplio a la potestad reglamentaria derivada», explicó el penalista.
«Si la ley es demasiado amplia, el reglamento, aunque venga por derivación del Congreso, vuelve a tener el mismo problema de crear una regla y no una norma. Eso es técnicamente muy importante, entonces creo que va a haber mucho debate legislativo sobre las RUF para acotar ese espacio reglamentario», ahondó Manríquez.
«Va a tener que darse un debate muy fino y serio en el Congreso» en cuanto a las RUF
Martínez coincidió en que existen ciertas contradicciones entre ambos cuerpos normativos y planteó que la Ley Naín-Retamal va mucho mas allá, debido a que protege la función policial. «El orden público es una parte de esa función policial y lo que ocurría en la practica es que las RUF no eran aplicadas porque se referían solo al orden público y en general carabineros hace más que eso, hace una función policial”, dijo.
Motta también se pronunció en cuanto a ambas normas. «A mi juicio hay ciertas diferencias entre la aplicación de la Ley Naín-Retamal y las Reglas del Uso de la Fuerza. Es muy difícil para funcionarios de Carabineros que están en terreno, ejerciendo la labor de orden público, poder discernir si es que están encuadrando su actuar dentro de las reglas del uso de la fuerza», señaló.
«Lo que ocurre es que va a tener que darse un debate muy fino y serio en el Congreso. La mera desobediencia no convierte a un carabinero en delincuente ni a ningún funcionario público si incumple una norma administrativa. Deben incumplir una ley y hasta ahora esas normas de reglas del uso de la fuerza, en el contexto en el que se dieron, no eran ley”, indicó Manríquez con respecto a lo que espera del debate legislativo.
Martínez afirmó que la discusión que se dé en el parlamento sobre la propuesta del Ejecutivo en cuanto a las RUF debe ser muy técnica. “Espero que haya asesorías importantes por parte de los congresistas, porque técnicamente esto se debe discutir en serio con especialistas”, dijo.
«La primera obligación del Estado es la protección de sus policías, esa es una cosa que no se ha dicho en este país en cuatro años», advirtió Martínez.
“Marca un precedente y es un avance que estamos protegiendo a nuestras policías”
Los especialistas también abordaron el tema referido al vuelco judicial que se registró en el caso del mayor Humberto Tapia, que había sido condenado a cinco años de cárcel por hechos en los que dos alumnas del Liceo 7 resultaron heridas luego de que disparara perdigones al suelo para controlar una manifestación dentro de la institución educativa. La Corte de Apelaciones dictaminó la existencia de una serie de vicios y estableció que el juicio debía repetirse (ver nota: «Vuelco judicial: Corte anula condena a carabinero acusado por fiscal Chong y el INDH de apremios ilegítimos»).
Para Motta fue «un muy buen fallo, es algo que marca un precedente». «Poder legislar en este tema no es un retroceso, es un avance que estemos protegiendo a nuestras policías, que el Estado se está preocupado de ayudar a las personas que tratan de mantener el orden público, que el Estado sepa que es minuto de proteger a las policías y a la población”, sostuvo.
“La Corte fue muy clara en decir que para este caso tan grave hay que tener un nivel de fundamentación muy claro”, indicó Maríquez con respecto al fallo.
En esta misma línea, Martínez cuestionó la labor de la Fiscalía: “Esto habla del trabajo imperfecto que ha hecho el Ministerio Público respecto de entender que estos delitos requieren un dolo bastante grave y especial. No cualquier conducta es constitutiva del delito de apremios ilegítimos, de torturas o de vejámenes”.
