Aunque una de las banderas de la Convención ha sido la defensa de los derechos de los pueblos indígenas, el órgano constituyente restó prácticamente un mes y medio a los tiempos que debían haberse otorgado para la consulta a estas comunidades. El proceso se hará en 71 días, que es el nuevo estándar que impusieron los convencionales, en lugar de en 125, que es el lapso que se había empleado hasta ahora con base en el Decreto 66.

El proceso completo de consulta inició el pasado 24 de enero y, según el estándar que se había venido aplicando, debía concluir el 28 de mayo. Sin embargo, los convencionales consideraron que para un asunto tan relevante como un Texto Fundamental se podía prescindir de 54 días. Con esto, la consulta concluirá entonces el 4 de abril, fecha que coincide con término del plazo ordinario de 9 meses de funcionamiento de la Convención.

«Lo que están haciendo es una consulta pauteada, improvisada, en poco tiempo, que no cumple con los estándares nacionales ni internacionales. Esto es un maquillaje de consulta para decir que se cumplió con la obligación de hacer participar a los pueblos indígenas», advierte en entrevista con El Líbero el convencional Eduardo Cretton, integrante de la Comisión de Derechos de los Pueblos Indígenas.

«Mucho de los dirigentes de los escaños reservados criticaron fuertemente las consultas que realizó el gobierno del Presidente Sebastián Piñera y resulta que ahora a esta consulta, que no cumple ni siquiera con los estándares del Decreto 66, no se le realizan las mismas críticas. Parece que hay una especie de doble estándar», agrega.

Sobre este respecto también se pronuncia el director ejecutivo de la Fundación Centro de Política Indígena Rakizuam, el dirigente mapuche Richard Caifal Piutrin. «El proceso de consulta parte de forma retasada porque debió haber comenzado en diciembre. Los días que proponen no satisfacen la necesidad de un proceso como este. Los estándares establecidos en el actual proceso constituyente son inferiores a los que establece el Decreto 66″, recalca.

Caifal también profundiza sobre el hecho de que ya esta semana han sido aprobados artículos referidos a asuntos de los pueblos indígenas, como el del pluralismo jurídico. «El proceso de consulta indígena propiamente tal se inicia el 14 de febrero, pero las normas en materia de pueblos originarios ya están siendo aprobadas  ¿Qué validez tendrán dichas normas?», advierte.

Consultada por El Líbero, la convencional Tiare Aguilera, perteneciente a la etnia Rapa Nui, hace énfasis en que «la Comisión Ortúzar demoró 7 años en redactar la Constitución actual, mientras que a la Convención le otorgaron 9 meses, con una posibilidad de ampliación de 3 meses más».

«Es lo que nos fijaron. Los plazos son impuestos, no cabe más que respetar que es el tiempo que nos dieron para redactar una Constitución. Hay que ajustar la consulta a los tiempos de la Convención. Por eso hacemos esfuerzos hasta total despacho, sábados, domingos y festivos», sostiene.

¿Un cronograma apurado por «falta de tiempo»?

El cronograma que fue aprobado en la sesión del pasado 24 de enero para llevar a cabo todo lo relacionado con la consulta de los pueblos originarios está dividido en cuatro fases, que los convencionales eligieron denominar con nombres de colores.

El período Verde es el que inició ese mismo 24 de enero y va hasta el viernes de esta semana. En este lapso la comisión «debe organizar su trabajo interno enfocado en los futuros informes y análisis de iniciativas de normas en comisiones temáticas con contenido indígena».

El segundo período, el Amarillo, estará dedicado a «la consulta indígena en los territorios y encuentros» y se efectuará en un lapso de 19 días, que irá desde el lunes 14 de febrero hasta el viernes 4 de marzo. En ese mismo tiempo se llevará a cabo además el «inicio de la sistematización de la primera fase».

Justo el lunes siguiente, el 7 de marzo, con toda la información de la consulta ya sistematizada, iniciará el período Naranjo, que comprenderá el «trabajo en informes y catálogos de derechos al pleno y a las comisiones». Esta labor se efectuaría en un lapso que también será 19 días, que vencerían el 25 de ese mismo mes.

Para la «comunicación de resultados e informes a las comisiones, al pleno y a los territorios» se prevé el llamado período Lila, que comprende 8 días, previstos desde el lunes 28 de marzo hasta el ya mencionado viernes 4 de abril.

«Esto se está haciendo así por falta de tiempo y porque este proceso de consulta ha sido muy improvisado. Todo tiene que estar listo a principios de marzo para que sea votado por el pleno. Esto se está haciendo así única y exclusivamente porque no hay tiempo», asevera Cretton.

No es poco lo que deberá ser consultado en este proceso. Según la Propuesta de adecuación al Documento Base para el proceso de consulta y participación indígena, los pueblos originarios deberán ser consultados con respecto a cinco principios: plurinacionalidad, interculturalidad y descolonización, buen vivir, cuidado y respeto de los derechos de la naturaleza, así como igualdad y prohibición de discriminación.

De acuerdo con el mencionado documento, las comunidades indígenas también deberán dar su opinión con respecto a 25 derechos, entre los que se incluyen la autodeterminación, la no discriminación, la participación, la consulta previa y el derecho a las tierras y recursos naturales, entre otros.

Desde la Fundación Centro de Política Indígena Rakizuam, Hugo Alcamán, presidente de dicha organización, advierte que los convencionales están dejand fuera derechos que son importantes para los pueblos originarios.

«Faltan dos derechos básicos fundamentales:  el de la propiedad privada de las tierras indígenas y el de la libre iniciativa a emprender», señala Alcamán.

«Estamos recorriendo Chile, entrevistándonos con lideres indígenas de los 10 pueblos que hacen vida en el territorio nacional. A la fecha nos hemos reunido con integrantes de los pueblos Mapuche, Aymara, Quechua, Diaguita, Colla y Rapa Nui y hay mucho desconocimiento del proceso de redacción de la Constitución y de la consulta indígena, lo que es muy preocupante porque pudiera objetarse por no cumplir las exigencias de ser ‘previa e informada», agrega.

Agrega Cretton: «El problema que tiene esta consulta es que como la realiza la Secretaría Técnica de la Comisión, que está completamente controlada por los escaños reservados, se están dando por supuestos algunos derechos como la plurinacionalidad, que la verdad es que no existen, es un invento que se ha hecho en otro países como Ecuador o Bolivia, pero que no está reconocida en ninguno de los tratados internacionales que Chile tiene ratificado», señala.

«No se sabe si en realidad los pueblos indígenas quieren un Estado plurinacional. La primera pregunta que se le debería hacer a los pueblos originarios es: ¿Usted está de acuerdo con el concepto de plurinacionalidad?», asegura el convencional. De hecho, que Chile sea un Estado plurinacional es un asunto que, en paralelo a la consulta, fue aprobado el lunes de esta semana en particular por la Comisión de Forma de Estado.

Es más, en la sesión de la Comisión de los Derechos de los Pueblos Indígenas, que se efectuó ese mismo día, Cretton volvió a poner la lupa sobre la Secretaría Técnica. «Encuentro que es insólito que no venga a esta comisión a presentar los avances de cómo va el proceso de consulta. Yo me pregunto: ¿qué ha pasado con el cronograma, qué ha pasado con el presupuesto? Ninguno de nosotros ha tenido información si los recursos han sido transferidos o no a la Secretaría Técnica para llevar a cabo el proceso de consulta. En los documentos que nos enviaron se indicaba que había que contratar a más de 1.200 personas entre facilitadores, moderadores y digitalizadores. ¿Qué ha pasado con esas 1.200 contrataciones?», expuso el convencional.

Dos días después, la presidenta de la Convención, María Elisa Quinteros, entregó información al respecto. «Gracias a la colaboración de múltiples instituciones del Estado, entre ellas Ministerio de Educación, Desarrollo Social, esta estimación presupuestaria que habíamos hecho en 1.400 millones la vamos a poder cubrir», dijo (ver minuto 7:40). Eso sí, advirtió que las personas a contratar serían 613.

YouTube video

En este sentido la convencional Aguilera explica que con respecto a la comunidad Rapa Nui, de la que ella hace parte, se buscaron soluciones alternativas. «En Rapa Nui estamos coordinados, avanzando y con actividades ya realizadas. Suscribimos un convenio entre la Municipalidad de Rapa Nui y la Convención para que colaboren con personal de apoyo, difusión y facilitadores, esto fundamental dado que los recursos para la consulta no fueron contemplados inicialmente», señala.

En cuanto al supuesto control de la Secretaría Técnica que denuncia Cretton, el pasado mes de diciembre, Caifal, presidente de Rakizuam y ex  gobernador de La Araucanía, fue excluido de formar parte de la mencionada instancia por «pensar y pertenecer a un sector político diferente»

No se cumple ni con Decreto 66 ni con el Convenio 169 de la OIT

En la consulta a los pueblos indígenas para la redacción de la nueva Constitución, el Estado, en este caso a través de la Convención, debe cumplir con lo establecido en el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, específicamente con lo señalado en el artículo 2 del mencionado texto legal. Así lo estableció el propio órgano constituyente en el Documento Base para la participación de las comunidades originarias.

«Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad», se indica en el referido artículo.

No se cumple ni con lo anterior ni con lo previsto en el artículo 17 del ya mencionado Decreto 66. Este texto legal establece que para consultas sobre medidas legislativas que se deban iniciar por mensaje del Presidente de la República, que obviamente tienen menos envergadura que una Constitución, el proceso debe efectuarse, como ya se indicó, en un mínimo de 125 días. La norma establece que deben darse al menos 25 días para cada una de las cinco etapa que constituyen el procedimiento de participación.

En el decreto también se señala que cuando la consulta a los pueblos originarios es sobre medidas administrativas, el proceso debe llevarse a cabo en un mínimo de 100 días. Esto es 29 días menos que los que se emplearán para que las comunidades indígenas participen dando su opinión de cara a la redacción del Texto Fundamental.

«Los plazos que establecieron los convencionales son absolutamente insuficientes para los tiempos que exigen nuestras culturas para tomar decisiones, donde primero debemos conocer las propuestas, luego reflexionarlas y discutirlas en las organizaciones para finalmente acoger o rechazar lo que se nos propone», explica Alcamán, director de la Fundación Rakizuam.

Cretton hace una advertencia sobre los peligros que puede generar una consulta hecha en unos tiempos acotados. «Se corre el riesgo de que, como es tan poco tiempo, se termine consultando a algunas comunidades no más, a aquellas que son más afines a la ideología política de los convencionales que ocupan los escaños reservados, y no realmente a todos los pueblos indígenas», sostiene.

El padrón indígena en Chile es de 1.200 personas, advierte el convencional, que teme que con suerte puedan ser consultados 10.000 miembros de las comunidades indígenas en los 19 días que están previstos en el cronograma para la consulta en terreno.

«Lo ideal sería que superáramos las 100.000 personas por lo menos, para que sea realmente representativo, y eso incluso seguiría siendo menos del 10% de la población total a consultar», afirma Cretton. El convencional agrega que hizo una propuesta para que la consulta también pudiera ser efectuada en línea, para tener mayor radio de acción, pero la iniciativa no fue aprobada.

Para el presidente de Rakizuam, el procedimiento, como está diseñado, podría implicar la violación de derechos a las comunidades originarias. «La exigencia de la consulta no va a estar a la altura de la exigencia de  la Convención de los Derechos de los Pueblos Indígenas de los Estados Americanos. Los plazos son muy limitados y pudiese haber una vulneración de los derechos de los pueblos indígenas», sostiene.

«Estamos haciendo esfuerzos titánicos a pesar de las adversidades. Estoy muy orgullosa de mi pueblo que comprende la importancia de este proceso histórico y colabora con todo lo que sea necesario», señala Aguilera con respecto a los tiempos con los que cuentan para hacer la consulta.

No está prevista una fase de acuerdo entre la propia comunidad indígena

Una de las cinco etapas para el proceso de consulta indígena que está establecido en el ya mencionado Decreto 66 es precisamente la de «Diálogo».

De conformidad con dicha norma, esa fase «tiene por finalidad propiciar la generación de acuerdos respecto de la medida consultada mediante el intercambio de posiciones y contraste de argumentos. Dentro del plazo establecido para esta etapa, deberán realizarse las reuniones que sean necesarias para cumplir con el objetivo de la consulta (…) Los acuerdos y desacuerdos de esta etapa constarán en un acta que deberá también dar cuenta de los mecanismos y acciones de seguimiento y monitoreo».

«El cronograma de la consulta no considera la fase de acuerdo. Una consulta sin fase de acuerdo no es realmente una consulta. En la consulta, una vez que se realiza, se organiza la información y hay una deliberación donde los pueblos indígenas llegan a acuerdos», explica Cretton.

«Esos acuerdos pueden ser totales, parciales o puede que no los haya. Cuando no hay acuerdo, lo que salga de la consulta no es obligatorio para el órgano que la realiza, cuando el acuerdo es parcial hay que considerarlo, pero entendiendo que también hay diferencia; y cuando es total sí es obligatorio para el órgano que está realizando la consulta. Esa es una de las problemáticas. No sabemos si va a haber acuerdo o no porque no hay fase de acuerdo», señala el convencional.

La fase que quedó por fuera en el cronograma para la consulta a los pueblos indígenas en cuanto a la nueva Carta Magna también está prevista en el Convenio 169 de la OIT.

«Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas», se indica en el número 2 del artículo 6 de ese texto legal en cuestión.

Así va la difusión: 12 días después de iniciado esta fase fueron abiertas cuentas en redes sociales

Conforme con el cronograma, el período de difusión comenzó el 24 de enero. Un total de 12 días después de iniciado ese lapso fueron abiertas en redes sociales cuentas de la Consulta Indígena de la Convención Constitucional. Las primeras publicaciones en Twitter, Facebook e Instagram fueron realizadas el viernes 4 de febrero.

En estas cuentas hay información referida principalmente a dar a conocer la existencia de las mismas, sin que hasta ese momento se hubieran empleado para difundir contenidos de fondo sobre la consulta.

Deja un comentario

Debes ser miembro Red Líbero para poder comentar. Inicia sesión o hazte miembro aquí.