El pasado 24 de Marzo se cumplió el 42° aniversario de la toma del poder del estado por las Fuerzas Armadas, multiplicándose actos de repudio y alocuciones periodísticas de todo tipo, dejando hemipléjica la memoria nacional.

Pero las cosas como son. La pacífica sublevación militar que destituyó al gobierno de Isabelita gozó de un apoyo irrestricto de parte de todos los partidos políticos, personalidades y estamentos de la sociedad civil de todas las ideologías.

Motivos para tal consenso no faltaban: en los tres años de gobierno constitucional precedentes al 24 de Marzo de 1976 el terrorismo peronista de la Triple A había asesinado a medio millar de personas, el terrorismo marxista (“jóvenes idealistas” les llaman algunos medios) protagonizado por el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) y Montoneros superaba los 7.000 atentados y los guerrilleros desaparecidos tras las órdenes presidenciales de “aniquilamiento del accionar subversivo” ya ascendían a 900. La semana previa al cambio de gobierno, diarios antagónicos entre sí, como La Prensa y La Opinión, informaban que desde mayo de 1973 el terrorismo había causado 1.358 muertes. Entre 1969 y 1979 las bandas terroristas fueron autoras de 21.665 atentados subversivos (hechos y cantidades ratificados en la sentencia dictada el 9/10/1985 por la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional – Cap. 1. Cuestiones de hecho – Causa 13).

Ante la inminencia de un “golpe”, no sólo no hubo una sola voz en contra de la reacción cívico-militar en ciernes (a excepción de una solitaria solicitada del Ingeniero Alvaro Alsogaray) sino que la clase política promovía ansiosamente el reemplazo y cambio de gobierno. A modo ejemplificativo, el 21 de marzo el diario Clarín informaba: “Los legisladores que asistieron al Parlamento se dedicaron a retirar sus pertenencias y algunos solicitaron un adelanto de sus dietas”. El mismo día el matutino La Razón completaba: “Hay tranquila resignación en el Congreso frente a los inevitables acontecimientos que se avecinan”.

El Presidente de la opositora Unión Cívica Radical, Ricardo Balbín el 22 de marzo alegó: “Hay soluciones, pero yo no las tengo”. Días atrás el 27 de febrero el comité nacional de la UCR publicó la siguiente declaración: “El país vive una grave emergencia nacional… ante la evidente ineptitud del Poder Ejecutivo para gobernar… Toda la Nación percibe y presiente que se aproxima la definición de un proceso que por su hondura, vastedad e incomprensible dilación, alcanza su límite”. Incluso, hasta el mismo Partido Comunista, el 12 de marzo reiteró su propuesta de formación de “un gabinete cívico-militar”. El senador radical Eduardo Angeloz arengaba: “Alguien tiene que dar la orden…alguien tiene que decir basta de sangre en la República Argentina”. “Todos nosotros deseábamos que se terminara ese vergonzoso gobierno de mafiosos” eran las textuales palabras dirigidas a la revista alemana “Geo” en 1978 por el escritor Ernesto Sábato.

Durante los días previos al 24 de marzo, las declaraciones de personalidades y las notas de los diarios reflejaban el clima de terror y el pedido de cambio de gobierno. El diario La Opinión  publicaba: “Un muerto cada cinco horas, una bomba cada tres” (19/03/76). El 23 de Marzo, un día antes del golpe, nuevamente el diario socialista La Opinión titulaba: “Una Argentina inerme ante la matanza”, y agregaba: “Desde el comienzo de Marzo hasta ayer las bandas extremistas asesinaron a 56 personas”. En esa fecha el periódico La Razón redundaba: “Es inminente el final. Todo está dicho”.

Pero la expresión más clara de lo que la clase política podía dar fue la del diputado Molinari: “¿Qué podemos hacer? Yo no tengo ninguna clase de respuesta”.

Una vez constituidas las nuevas autoridades los argentinos no sólo respaldaron al flamante gobierno sino que se le sumaron ejerciendo diferentes cargos en la función pública. El 25 de marzo de 1979, el diario La Nación detallaba que de las 1.697 intendencias vigentes en la gestión del Presidente Videla, solo el 10% eran comandadas por miembros de las FF.AA.; el 90% restante estaba conformado por civiles repartidos del siguiente modo: el 38% de los intendentes eran personalidades ajenas al ámbito castrense de reconocida trayectoria en sus respectivas comunas y el 52% de los municipios era comandado por los partidos tradicionales en el siguiente orden: la UCR contaba con 310 intendentes en el país, secundada por el PJ (partido presuntamente derrocado) con 192 intendentes; en tercer lugar se encontraban los demoprogresistas con 109, el MID con 94, Fuerza Federalista Popular con 78, los democristianos con 16, el izquierdista Partido Intransigente con 4 y el socialismo gobernaba la ciudad de Mar del Plata. En otras áreas gubernamentales, el socialista Américo Ghioldi se constituía en embajador en Portugal; en Venezuela, el radical Héctor Hidalgo Solá haría lo propio, Rubén Blanco en el Vaticano y Tomás de Anchorena en Francia; el demoprogresista Rafael Martínez Raymonda en Italia, el desarrollista Oscar Camilión en Brasil y el demócrata mendocino Francisco Moyano en Colombia. Asimismo, el Partido Comunista emitió proclamas de apoyo al gobierno. Tan así que ésta fue la primera gestión cívico-militar que no prohibió ni declaró ilegal al polémico partido.

Que quede claro entonces, para entender el posteriori que durante la década del ´70 fue un gobierno constitucional, el de Isabel Perón, el que dio a las Fuerzas Armadas la orden de reprimir a la guerrilla particularmente en el año 1975 con los famosos Decretos de Aniquilamiento por los que las FFAA entran en operaciones de combate. Se trató de una orden militar porque emanó del Comandante en Jefe de las FFAA, el Presidente de la Nación. La orden establecía “aniquilar el accionar de los elementos subversivos”. De acuerdo al manual de terminología castrense “aniquilar” es la “eliminación física  y o moral del enemigo”; en el caso del ERP, de Montoneros, de las estructuras guerrilleras que atentaban contra el país apoyadas y capacitadas por la dictadura de Fidel Castro en Cuba.

Néstor Kirchner: La ilegalidad de los juicios a los militares y la aberración jurídica de los delitos de lesa humanidad militar.

Pasaron muchos años de ese conflicto y mucho se puede escribir sobre el tema. Argentina vivió una guerra interna y revolucionaria: lo dijo Perón, Videla, Santucho, Firmenich e Isabel Perón, es decir los principales actores políticos de la época. Aun estando en las antípodas del pensamiento, estos personajes no vacilaban y coincidían que el país vivía una guerra. Desde el punto de vista historiográfico está acreditado. Pero como desde el punto de vista propagandístico no es así, se puede citar una fuente imparcial, tan imparcial como imperfecto es el ser humano y es una fuente a la que los mismos progresistas abrevan con frecuencia, la justicia.

En oportunidad del Juicio a las Junta de Comandantes de 1985 por orden del entonces Presidente Raúl Alfonsín, el tribunal ad hoc formado por Gil Lavedra, Arslanián, Ledesma, Torlasco, Araoz y D´Alessio determinó que la lucha que se llevara a cabo contra la subversión durante el Proceso de Reorganización Nacional fue una guerra interna y revolucionaria. El fallo de ese Tribunal fue ratificado por la Corte Suprema del propio Alfonsín. Si fue o no una guerra cambia el paradigma: cambia la discusión, el enfoque filosófico y especialmente el enfoque jurídico. Y fue una guerra. ¿Quién lo dijo? La Justicia Argentina. Fue una guerra en los hechos pero también en el derecho. Lo dijo el Tribunal ad hoc que juzgó a la Junta, lo dijo la Cámara Federal y lo ratificó la Corte Suprema del gobierno de Raúl Alfonsín. Todo ello en democracia.

Por otra parte los guerrilleros y militares gozaron de muchas leyes de pacificación sucesiva. En primer lugar fue el decreto y ley sucesiva durante el gobierno de Héctor Cámpora en mayo de 1973; luego el 22 de Septiembre de 1983 se sancionó la ley 22.294 de Amnistía que beneficiaba a militares y guerrilleros, las famosas y mal llamadas leyes de autoamnistía. Posteriormente se llevó a cabo el Juicio a la Junta Militar de Alfonsín – ya mencionado – para tratar de darle marco jurídico a la situación, con una particularidad: ningún militar en ese juicio fue juzgado y menos condenado por delito de lesa humanidad. Ello por dos motivos: porque no existía el delito de lesa humanidad en el derecho argentino y porque los hechos juzgados fueron considerados hechos de guerra por el tribunal que juzgó a los militares, por la Cámara Federal y por la Corte de Alfonsín. Luego vinieron las leyes de pacificación: de Obediencia Debida y Punto Final que beneficiaron a guerrilleros y militares y finalmente los indultos de Menem.

Todas estas leyes, indultos y juicios fueron confirmados y ratificados en su institucionalidad y constitucionalidad por la Corte Suprema de Alfonsin, Menem y De la Rúa, es decir, los tres gobiernos constitucionales posteriores al gobierno militar de 1976-1983. Y los hechos allí sometidos constituyeron cosa juzgada, otra garantía constitucional.

Al asumir Néstor Kirchner decide reimpulsar estos juicios – por venganza, por armar un relato, por un acuerdo con la extrema izquierda, da igual. El hecho es que estos juicios que estaban cerrados, con el problema solucionado desde punto de vista legal, institucional y constitucional y que habían pacificado al país – con tensiones, pero ningún país sale de una guerra civil sin tensiones – se re abren.

Para cambiar el andamiaje jurídico explicado, que era cosa juzgada, Kirchner debe dar un golpe jurídico, echando a cuatro de los siete jueces de la Corte Suprema para con sus reemplazos armar la mayoría automática kirchnerista. A través de un mamarracho jurídico esta nueva Corte declara la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final y los decretos dictados en consecuencia, algo que jamás puede decidir la Corte Suprema, que solo puede expedirse sobre la inconstitucionalidad por razones de forma; además de la imposibilidad que sea la misma Corte la que declare nula una ley que antes había declarado constitucional.

Y a partir de esa declaración de nulidad se empieza a perseguir  a los militares con nuevos juicios. Pero, ¿y la cosa juzgada, el indulto, la prescripción? Se los esquiva argumentando que los delitos cometidos durante el combate a la guerrilla habían sido crímenes de lesa humanidad conforme tratados internacionales incorporados al Derecho Argentino con el Pacto de Olivos que diera lugar a la Reforma Constitucional de 1994 y otros tratados posteriores del Gobierno de de la Rúa, como el Pacto de Roma de 1998.

Era imprescindible decir que se trataban de crímenes de lesa humanidad porque este tipo de delito es imprescriptible, no está sujeto a amnistía, indulto, etc. y era la única manera de derribar el andamiaje de leyes armado.

Pero en la década del ´70 no hubo delitos de lesa humanidad por dos razones. En primer lugar porque no habían leyes vigentes al momento de los hechos que contemplaran el crimen de lesa humanidad. Estas se incorporan mucho tiempo después. Se trata de un vicio de base. La ley tiene que tener vigencia al momento de los hechos. No hay retroactividad de las leyes, también como garantía constitucional.

En segundo lugar porque de acuerdo al artículo 7 del Tratado de Roma que lo define, el delito de lesa humanidad es el ataque sistemático o generalizado a una población civil – desarmada y ajena a todo conflicto – sea que provenga del estado o de una organización paraestatal como una organización terrorista.

Sin embargo lo que hubo en la guerra subversiva fue un ataque sistemático y generalizado que firmó el gobierno de Isabel Perón a una población de combatientes, a ejércitos irregulares, a la subversión. Fue un ataque deliberado y sistemático a Montoneros, al ERP y a organizaciones de menor envergadura. Que ese ataque estuvo mal llevado, con irregularidades graves, con procedimientos inaceptables, etc. no convierte a ese ataque en un delito de lesa humanidad porque no fue ataque a población civil sino a población combatiente.  El gobierno militar del Proceso de Reorganización Nacional cometió errores y horrores en el marco de la guerra civil desatada por el terrorismo marxista, pero en absoluto estos fueron en la proporción ni en la dimensión que pretenden endilgarles sus enemigos. Hasta el propio Mario Firmenich, máximo dirigente Montonero, en torno al fenómeno de los “desaparecidos” le confesó y reconoció el periodista Jesús Quinteros (en nota publicada en el diario Página 12, el 17 de marzo de 1991) que durante la guerra antiterrorista, el margen de error o daños colaterales de los militares fueron mínimos: “Habrá alguno que otro desaparecido que no tenía nada que ver, pero la inmensa mayoría era militante y la inmensa mayoría eran montoneros (…) A mí me hubiera molestado muchísimo que mi muerte fuera utilizada en el sentido de que un pobrecito dirigente fue llevado a la muerte”.

Se sabe que los militares no atacaron sistemática ni generalizadamente a la población civil en primer lugar por las órdenes de los decretos de aniquilamientos. Pero principalmente por la cantidad de desaparecidos en combate, número que ronda en siete mil y fracción entre desaparecidos y muertos en combate de acuerdo a los listados oficiales pulidos por gobierno de Cristina Kirchner en 2015.  Si se analizan la cantidad de muertos y desaparecidos listados por ERP y Montoneros y organizaciones menores, dichas por ellos mismos, es más o menos esa misma cantidad. Alrededor de siete mil personas. En una guerra irregular no hay números categóricos. Basta pensar que no sabemos cuántos ingleses murieron en Malvinas porque aun tratándose de una guerra de manual, perfectamente documentada el margen de error es grande. Cuanto más incierto es el número en una guerra irregular por muy frío que parezca. Lo cierto es que la cantidad de bajas de ERP, Montoneros y organizaciones menores chicas en todos los documentos que se han analizado es un número muy similar a la cantidad de bajas que hay en los informes oficiales. Esto confirma que los caídos en guerra por represión militar, salvo excepciones, fueron integrantes de organizaciones guerrilleras.

De todas maneras si el objetivo es derrumbar el andamiaje en aras a principios superiores o cuestiones ideológicas, que pretenda desde lo fáctico impulsar juicios aunque no se ajusten a derecho no se entiende por qué no se aplican también a la guerrilla, porque lo que sí está comprobado es que la guerrilla llevó un ataque sistemático y generalizado contra población civil. La mitad de los crímenes del ERP y Montoneros, perfectamente documentados, fueron contra civiles. Y solo la otra mitad contra uniformados.

Las conclusiones en este nuevo aniversario del 24 de Marzo son muchas pero dos destacan. En primer lugar que después de 40 años de una guerra civil seguimos  discutiendo estos temas cuando Europa pocos años después de la Segunda Guerra Mundial, de magnitudes infinitamente superiores iniciaba un proceso de unión económica. Quizás por eso podamos en parte explicar las diferencias en materia de desarrollo.

En segundo lugar, ha sido una contribución notable del liberalismo, desde el siglo XVIII, al derecho penal el establecimiento de principios como el de la constitución de jueces con anterioridad a la comisión del delito, el beneficio de la duda en favor del reo, el de que debe prevalecer la norma que le resulte más benigna, como también que nadie podrá ser juzgado dos veces por un mismo crimen y el de la irretroactividad de las leyes. Aun ante delitos de lesa humanidad es inadmisible actuar ligeramente, sin asegurar, quienquiera que sea el imputado, la posibilidad de una defensa integral y apropiada, o en condiciones generales de iniquidad flagrante en el tratamiento de la conducta de quienes se habían entregado a una violencia despiadada y generalizada.

De actuar en contrario, se produce la paradoja de convertir esa categoría de delitos de indudable progreso humanitario en mero instrumento de persecución ideológica, de arbitraria discriminación y hasta de aborrecible revancha.

Abogado, máster en Economía y Ciencias Políticas

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