Nuevamente, al igual que en todos los gobiernos anteriores de la Concertación, la idea de modificar la legislación laboral ocupa la agenda legislativa. Todas sus propuestas de modificaciones han tenido la misma lógica: los empleadores son por “esencia abusadores”, y por ende hay que amenazarlos y sancionarlos con las máximas penas del infierno para que no se les ocurra cometer ningún abuso. Sin dejar de mencionar la permanente disposición a decretar la mayor cantidad de días feriados y licencias posibles.

Pareciera que, en definitiva, el trabajo es considerado por estos sectores más bien como un verdadero castigo que los empleadores imponen a los trabajadores antes que como una oportunidad que se les ofrece para aprender, desarrollarse, crecer personal y profesionalmente en pos de beneficios económicos y progreso para ellos y sus familias. Evidentemente, en todos estos años nunca ha habido una propuesta que estimule la contratación, promueva las buenas relaciones laborales, incentive el esfuerzo y el trabajo bien hecho. Por supuesto que tampoco se ha abordado el tema de la productividad, área en la que claramente estamos muy atrasados.

Dado esto, las nuevas reformas laborales que ahora impulsa el gobierno de la Nueva Mayoría, continuador de la ex Concertación, no debieran sorprendernos. Ya todos conocemos los efectos negativos que pueden tener en el empleo, en el crecimiento y en la economía en general. Sin embargo, en esta oportunidad los ideólogos de estas reformas han ido mucho más lejos y ahora la amenaza no es sólo a los aspectos económicos, sino que abiertamente a algo que es mucho más grave y permanente. Esto es, al ejercicio de la libertad de elegir y de ejercer algunos de los derechos fundamentales de los trabajadores, mediante la instauración del monopolio sindical. Claramente se están violando sus derechos individuales cuando, por una parte, se les impide a los trabajadores decidir cómo se organizan para negociar colectivamente, y por la otra, se prohíbe que aquellos que no se sindicalizan puedan recibir directamente de su empleador beneficios similares a los que reciben los que sí lo hacen.

Lo mismo sucede cuando se determina que sólo se pueda poner fin a una huelga por decisión del sindicato, terminando con la posibilidad que actualmente tienen los trabajadores que participan en una, de poder descolgarse y decidir volver a trabajar en forma individual, transcurridos 15 o 30 días de iniciada, si así lo desean.

En todos estos casos, resulta evidente que se están vulnerando abiertamente los derechos constitucionales de los trabajadores chilenos. La propia OIT protege el derecho a elegir la forma de asociación para negociar. El argumento que se utiliza para justificar estas violaciones a derechos fundamentales es que al estar bajo el “paraguas protector de un sindicato”, estos estarán más protegidos. El mismo discurso que se usa en Cuba, Corea del Norte, y que se intentó instaurar en Chile a comienzos de los años 70. Todos sabemos lo que eso implica al final del día.

Esto de que sólo pueden negociar colectivamente los sindicalizados, sería lo mismo que decir que sólo pueden ir al  Estadio a ver un partido de fútbol quienes  son socios de un Club.

Lo que llama mucho la atención es que la Nueva Mayoría -que actualmente gobierna el país y que está claramente dominada por sectores de izquierda y que a viento en popa se autoproclaman progresistas- proponga una reforma laboral como la actual, dado que, en términos sociales, el progresismo tiende a ser identificado con la lucha por las libertades, protección a los derechos de los individuos, junto con la modernidad y la búsqueda del progreso. Todo lo contrario a lo que quiere instaurar esta Nueva Mayoría en materia laboral.

El derecho a elegir y a no ser discriminado están claramente protegidos en nuestra Constitución, la que establece, entre otras cosas, en su  Art.19 N°2 la igualdad ante la ley, agregando que en Chile no hay personas ni grupos privilegiados. Señalando más adelante que “Ni la Ley, ni autoridad alguna podrá establecer diferencias arbitrarias.”

Si a lo anterior le agregamos que también se quiere instaurar la prohibición del reemplazo durante una huelga, y establecer como piso mínimo para la negociación futura la negociación pasada, está claro que estamos frente a una reforma laboral que además no considera la realidad de Chile y el mundo actual, sus exigencias de competitividad, eficiencia, calidad de productos, servicios, oportunidad de entrega, ni mucho menos los vaivenes de la economía. La pregunta entonces es: ¿no la considera o sencillamente la quiere cambiar a como dé lugar y transitar hacia una sociedad más parecida a la de Cuba, Corea del Norte o Venezuela? Sería interesante conocer la respuesta.

Un simple dato para el Gobierno: la última encuesta CEP arrojó que ante la pregunta de si sólo deberían poder negociar colectivamente los sindicatos, un 64% de los encuestados señaló su rechazo a esta idea y sólo el 24% la apoyó. Similar situación mostró el tema de la sindicalización, cuando el 61% manifestó que es al trabajador a quien le corresponde decidir si se afilia a un sindicato y sólo un 32% señaló que la afiliación debe ser obligatoria. Ahora, si a pesar  de esto, de lo que dice nuestra Constitución y de lo que señala la OIT, se insiste en esta reforma, es que tendremos que aceptar que se ha decidido aplicar la filosofía del ex dictador Stalin, quien señalaba que cuando la realidad no avalaba la teoría, era indispensable cambiar la realidad a como diera lugar.

 

Huberto Berg, Director de Berg Consultores y Consejero de Políticas Públicas Libertad y Desarrollo.

 

 

FOTO: PEDRO CERDA/AGENCIAUNO

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