Hace exactamente un año, en esta misma semana del calendario, se promulgaba y publicaba la modificación constitucional que permite el empleo de las Fuerzas Armadas para la protección de Infraestructura Crítica

El lunes 29 de enero de 2024, la Ministra del Interior y Seguridad Pública indicó que las prioridades legislativas del gobierno en materia de seguridad son: Infraestructura Crítica, Ministerio de Seguridad, Ley Antiterrorista, y Ley de Inteligencia.

Hasta la fecha no se dictado una ley específica en lo que se refiere a infraestructura crítica y el gobierno ha estado usando las disposiciones transitorias de la modificación constitucional para su uso. Es por ello que la jefa de gabinete la nombra entre sus prioridades legislativas para este año.

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Respecto de las otras prioridades, es correcto mejorar la Ley Antiterrorista y la Ley de Inteligencia. Ambas son poco efectivas y eficientes, ya que, así como existen en la actualidad claramente no dan el ancho para la realidad actual criminal que vive Chile. Por otro lado, no veo tan claros los beneficios en tener un Ministerio de Seguridad toda vez que es muy posible que sean los mismos habitantes de la Subsecretaria de Interior los que vayan a tripular esta nueva oficina de gobierno. El problema de la dirección y liderazgo de la seguridad en Chile está en la falta de decisión y actitud del gobierno actual y anteriores en la materia, y junto a ello, en la falta de conocimientos y experiencia en la materia. A ello se suma que hay otros actores como los tribunales y el Ministerio Público que son autónomos y que lo seguirán siendo independiente del nuevo ministerio.

Volviendo al tema de la infraestructura crítica y por qué nos debe preocupar. En lo principal porque permite el uso de las Fuerzas Armadas en temas de seguridad pública por periodos más prolongados de tiempo sin tener que pasar por los vistos buenos del Congreso; porque definitivamente las involucra en temas de seguridad pública siendo que su foco, preparación y capacidades es la protección de la soberanía, territorio, mares, y espacios aéreos y espaciales de Chile, siendo que su uso en estas materias debe ser sólo excepcional; porque continuamos militarizando Chile al tener a las Fuerzas Armadas involucradas y a cargo de solucionar buena parte de los problemas nacionales, y porque seguimos atendiendo los efectos y no las causas de los problemas que tenemos a nivel de las capacidades de las policías, la ausencia de una arquitectura de seguridad nacional, y la coordinación con jueces y fiscales.

Para que todos estemos en la misma página, por infraestructura crítica la Constitución entiende: “El conjunto de instalaciones, sistemas físicos o servicios esenciales y de utilidad pública, así como aquellos cuya afectación cause un grave daño a la salud o al abastecimiento de la población, a la actividad económica esencial, al medioambiente o a la seguridad del país. Se entiende por este concepto la infraestructura indispensable para la generación, transmisión, transporte, producción, almacenamiento y distribución de los servicios e insumos básicos para la población, tales como energía, gas, agua o telecomunicaciones; la relativa a la conexión vial, aérea, terrestre, marítima, portuaria o ferroviaria, y la correspondiente a servicios de utilidad pública, como los sistemas de asistencia sanitaria o de salud”.

La Constitución establece que se les debe proteger cuando haya peligros graves o inminentes, lo que a ojos de la opinión pública suena lógico, pero que pierde seriedad cuando la definición queda sujeta a la iniciativa del Ejecutivo, y el Congreso no ejerce una supervisión estricta y adecuada.

Ya en la misma tramitación de la modificación constitucional el gobierno incorporó el resguardo de las fronteras, algo que les apremiaba, no por la invasión de ejércitos extranjeros, sino por los flujos descontrolados de inmigrantes y la porosidad de las fronteras al crimen transnacional.

El hecho de que no se defina cuáles son los peligros graves o inminentes de la que hay que defenderse, que obviamente incluye principalmente la protección de la infraestructura de los daños que los mismos chilenos puedan causar, o que se les esté usando para apoyar a las policías en el control de flujos migratorios o en la detención de criminales, implica un uso de las Fuerzas Armadas en temas que les son completamente ajenos, para los cuales no tienen preparación ni protección legal, y las lleva a volver al viejo concepto de la fuerza pública de la Constitución del 25.

La iniciativa de infraestructura crítica nace bajo el gobierno de Piñera 2 y la revive el gobierno actual en un buen ejemplo de que la necesidad tiene cara de hereje. Tiene su origen en los daños causados por chilenos a la infraestructura crítica como estaciones de Metro y supermercados durante el estallido social. Buscaba evitar tener que ir al Congreso a pedir permiso para operar bajo estados de excepción constitucional y su aparente legitimidad estaba basada en el ejemplo europeo de usar a las Fuerzas Armadas en labores similares, sólo que olvidaron indicar que era para protegerla de terroristas extranjeros de origen islámico.

Evidentemente en tiempos en que la seguridad publica está en riesgo el usar todos los recursos del Estado, incluyendo las Fuerzas Armadas, suena lógico, pero no debemos olvidar que su uso sólo debe ser excepcional y no permanente, ya que va contra la razón por la cual existen, que es de protegernos de enemigos externos, y como mucho de insurgentes que busquen eliminar al Estado de Chile.

Cuesta entender que, teniendo una policía militarizada como Carabineros, que tiene los recursos humanos, operativos y logísticos, no la estemos usando más activamente para resolver los problemas de seguridad pública, lo que me hace pensar en falta de voluntades y apoyos políticos o de liderazgos adecuados. Una cosa es la insurgencia de la Macrozona Sur, pero otra es lo que sucede en las ciudades y fronteras de Chile.

Ir adelante con fuerza en la implementación de los aspectos legales pendientes de infraestructura crítica es ir adelante con la militarización definitiva de Chile. Una cosa es apoyar a las policías en las fronteras y otra es transformar a las Fuerzas Armadas en la fuerza pública de la nación. Son procesos muy difíciles de revertir y de consecuencias complejas. No vaya a ser esto un ejemplo de pan para hoy y hambre para mañana.

Experto en Defensa y Seguridad Nacional

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2 Comentarios

  1. En relación con el terrorismo, el resguardo de la infraestructura crítica por policías y militares y las reglas de uso de la fuerza, cabría comentar que hechos tales como la instalación de artefactos explosivos o incendiarios; la destrucción de iglesias, escuelas, maquinarias o medios de transporte; la obstrucción de caminos por personas encapuchadas y armadas y otros de similar naturaleza son hechos objetivos que constituyen per se delitos terroristas.
    La prohibición a los militares y a los carabineros para usar sus armas letales los deja en la calidad de meros espectadores, como verdaderos espantajos, sin capacidad para resguardar instalaciones estratégicas, de servicios públicos esenciales o de la infraestructura crítica; de puertos, aeropuertos o torres de alta tensión; ni evitar la destrucción o el incendio de maquinarias o de medios de transporte; de bosques o sementeras; de iglesias patrimoniales u otros monumentos históricos; de imágenes sagradas católicas o de otros cultos; de estatuas de héroes de la patria; los saqueos de supermercados, asaltos a locales comerciales, usurpación o tomas de terrenos o de residencias particulares u otros graves delitos.
    Prácticamente de nada sirven los estados de excepción constitucional —ni siquiera el de sitio, menos aún si son «acotados»— si las fuerzas policiales o militares del Estado solo pueden usar sus armas letales en legítima defensa, cuando esté en riesgo la vida de personas, con lo que sus efectivos quedan sin capacidades ofensivas, disuasivas o represivas y limitados a observar cómo los delincuentes se aprestan a cometer o están cometiendo actos de violencia guerrillera, subversiva o terrorista.
    La Araucanía seguirá en llamas y los derechos humanos, la vida, la propiedad y la libertad de sus habitantes violentamente atropellados mientras no se reconozca que las organizaciones guerrilleras y terroristas que operan impunemente en la Macrozona Sur y que han declarado explícitamente sus objetivos de control territorial, político y militar de la zona están en guerra contra el Estado de Chile —una guerra irregular, pero una guerra al fin— la que debe ser enfrentada como tal.
    Los «estados de excepción», en la forma en que los gobernantes los han venido aplicando, dejan a los militares «amarrados de manos» y deberían ser denominados «estados de decepción»; pues solo sirven para desprestigiarlos, ya que la ciudadanía ve en ellos a personas incapaces para cumplir con éxito su tarea de recuperar el orden público y la paz social en los territorios en los que han sido desplegados.
    Adolfo Paúl Latorre
    Abogado
    Magíster en ciencia política

  2. No puedo más que concordar con lo expuesto, tanto por el columnista como por el comentarista. Quisiera detenerme en el «cuesta entender…», a lo que me atrevo a sugerir que Carabineros no desea seguir siendo perseguido por los tribunales, como sigue sucediendo como consecuencia del estallido «delictual». Es natural que prefiera sacar la castaña con la mano del gato, el que, por lo demás, estaría más habituado a ser blanco permanente de la guerra judicial declarada en 1990.

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