Fuerzas Armadas

Es importante tener claro cuál es el propósito de las Fuerzas Armadas, para qué sirven, para qué no sirven, y, por ende, cuál es el límite de lo que se les puede exigir.

Según la Constitución vigente de la República de Chile, existen en lo principal para la defensa de la patria y son esenciales para la seguridad nacional, concepto que habilita se les use para fines de protección de infraestructura critica, como también en estados de excepción constitucional, aspectos de los que también se encarga la Constitución.

Hay algunos a los que les gustaría definir más exactamente qué se entiende por defensa de la patria, pero para los efectos de esta columna lo vamos a entender como la defensa del territorio nacional, los espacios marítimos chilenos, el espacio aéreo respectivo, como también del interés nacional, donde sea que este ubicado.

Lo de esenciales para la seguridad nacional es obvio, pero tiene un problema, la Constitución no define lo que es la seguridad nacional, lo que en sí genera un problema porque es desde esta perspectiva de donde nacen los abusos o usos para fines distintos de lo que es la defensa de la patria.

El abuso se da tanto porque los estados de excepción constitucional se vuelven habituales, algo que ambas cámaras del Congreso Nacional permiten cuando aprueban sus extensiones, permitiendo en casos como el de la insurgencia y terrorismo que se da en la Macrozona Sur que no se busque solucionar los problemas de fondo que lo originan.

El abuso, nuevamente con el permiso del sistema político, se ha hecho más extenso al permitir su uso en la protección de infraestructura crítica, la que en una interpretación del Ejecutivo y aceptada el Congreso, incluye fronteras, que por definición no es infraestructura, sino donde están los límites que tenemos con países vecinos.

En el caso de los estados de excepción constitucional es más claro cuál es el propósito, independiente del uso abusivo que se le da, pero lo que supera toda lógica es el tema de la infraestructura crítica, tanto la que califica como tal, como el caso de las fronteras, ya que no queda claro de quién o quiénes se le protege. Una cosa sería protegerla de fuerzas enemigas, y otra es de la acción de los propios chilenos, lo que puede ser calificado por algunos como esencial para la seguridad nacional, pero que las mete en algo para la cual no están equipadas, entrenadas y adoctrinadas.

Lo de las fronteras merece un capítulo aparte, ya que el uso que se les da respecto de la migración ilegal y eventualmente ingreso de criminales y delincuentes es poco claro. Se supone que están para asistir a las policías y los servicios del Estado encargados de migraciones, pero que en la práctica no es más que detectarlos, eventualmente detenerlos, y conducirlos a los lugares en donde las autoridades migratorias y la PDI los reciben, e ingresan al territorio nacional, no existiendo reconducción inmediata o detención en campamentos ad hoc. Claramente se les está usando para una actividad policial, en donde no defienden el territorio nacional de ningún ataque, y evidentemente, y menos aún, de infraestructura crítica que esté en riesgo.

Su uso en estados de excepción o en la supuesta protección de la infraestructura crítica genera la necesidad de tener que definir reglas de uso de la fuerza, algo que va contra la lógica y natura de la forma en que está diseñado el uso de las Fuerzas Armadas, que por definición no incluye el uso gradual o medido de la fuerza, y que una vez decidido su uso, se busca que sea de tal magnitud que elimine o neutralice al enemigo de modo de que deje de ser un peligro o de generarnos daño.

Otro frente de abuso es cuando las áreas de misión que se les asignan van más allá de la defensa de la patria o por el hecho de que la seguridad nacional esté en riesgo. Por ello me refiero a su uso entre otras cosas a aspectos tales como brigadas para controlar incendios forestales, o bien el apoyo a áreas extremas, aisladas o insulares.

Dado que hemos sido efectivos en disuadir potenciales amenazas externas, el mundo político y en alguna medida las mismas instituciones se colocan creativas generando las áreas de misión más allá de lo definido en el artículo 101 de Constitución, en una forma de darles un uso a las Fuerzas Armadas en tiempo de paz, lo que genera que se vaya perdiendo de vista qué es lo principal y qué es lo accesorio, algo que se transmite en algunas oportunidades a las compras de equipamiento que realizan, buscándose muchas veces que éstas sean polivalentes, perdiendo valor o prioridad lo que estrictamente sólo se puede usar en combate como son tanques, aviones del tipo F-16, o submarinos.

El definir para que estén las Fuerzas Armadas es crítico, si están para la defensa de la patria eso tiene implicancias en equipamiento, en dotaciones, y entrenamiento. El buscar que sean polivalentes o que deban además tener la capacidad de ser empleadas para fines de seguridad interior en forma no excepcional, afecta lo primero, y nos hace retroceder a la definición amplia y poco clara de la Constitución del 25, en que eran parte de la fuerza pública, algo que la Constitución del 80 separó en forma precisa, al dejar a unas a cargo de la defensa de la patria, la soberanía y el territorio, y a las policías como la fuerza pública que debe mantener, y garantizar el orden y la seguridad en el territorio de la República de Chile.

Es por ello por lo que me hace ruido el cómo el sistema político hace uso y abuso de las Fuerzas Armadas, algo que también se da en los comandos de candidatos presidenciales, los que prometen despliegues de más tropas a la frontera o cosas similares, cosa que yo esperaría no estuviera apoyada o sustentada por los oficiales generales en condición de retiro que los integran, ya que ellos más que nadie debieran entender a qué me refiero en los párrafos anteriores.

Entendiendo que los problemas que principalmente nos afectan son de orden criminal, la solución al uso incorrecto o en su defecto el abuso, pasa por tener más carabineros y PDI, dejando el tema de la insurgencia y terrorismo de la Macrozona Sur para las Fuerzas Armadas, ello siempre y cuando el problema se quiera resolver, ya que, de lo contrario, mejor colocamos carabineros, para que ellos, con su entrenamiento y capacidades, mantengan el tema controlado y sin que pase a mayores.

Experto en Defensa y Seguridad Nacional, vicepresidente ejecutivo de AthenaLab y concejal por Las Condes

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4 Comments

  1. Excelente, super claro. En macro zona sur es ir a solucionar dicho problema mediante el empleo de la fuerza contra una o más organizaciones subversivas y terroristas, no solo patrullando o puntos fijos, buscándolos y aniquilarlos.

  2. Lo clave es entender la naturaleza de la amenaza, y es por ello que no se deben usar las fuerzas armadas para amenazas no militares

  3. Efectivamente, la Constitución Política de la República de Chile no define lo que es la seguridad nacional.
    La seguridad nacional es un concepto que expresa la condición o capacidad de un Estado para prevenir, enfrentar y superar los riesgos, daños o peligros —externos o internos— que atenten contra su existencia, estabilidad o desarrollo. La seguridad de la comunidad produce la tranquilidad y orden necesarios para acometer los fines propuestos por el Estado. Esta condición —que permite que el Estado mantenga su cohesión nacional y su estabilidad interna, se desarrolle armónicamente y sean respetados sus derechos por los demás Estados— se logra capacitando al Estado para prever, evidenciar, enfrentar y superar sus limitaciones o debilidades y aquellas amenazas, interferencias o agresiones que afecten su identidad histórico-cultural, su institucionalidad o su integridad territorial.
    Yo la he definido, en pocas palabras, como “la calidad o condición de un Estado que le permite precaver y superar las amenazas o peligros —externos o internos— que atenten contra su supervivencia, estabilidad o desarrollo” (Adolfo PAÚL Latorre, «Política y Fuerzas Armadas”. El Roble, Santiago, 2015, p.144).
    Adolfo Paúl Latorre
    Abogado
    Magíster en ciencia política

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