Señor. Director:

Hace tan solo unos días, el Presidente anunció un proyecto de reforma constitucional que incorpora y/o modifica diversas normas de la Constitución, en materia de seguridad pública. Dentro de las novedades, se contempla una norma que priva a los condenados por delitos referidos a crimen organizado, conductas terroristas y narcotráfico de la posibilidad de acceder a prestaciones financiadas con recursos estatales en materias de salud, educación, trabajo y seguridad social, tanto durante el tiempo de la condena como en los 15 años posteriores.

Una de las bases del Derecho Penal es la concepción del infractor como una persona perteneciente al cuerpo social que, obviamente, obró al margen de la ley y merece ser castigada. La pena constituye un reconocimiento de agencia del individuo y, asimismo, de la necesidad de sancionarlo por su desviación.

Esta lógica ha sido paulatinamente desplazada por la concepción de ciertos infractores como enemigos. La gravedad de sus conductas amerita un aumento desproporcionado de penas y un relajamiento en la observancia de garantías procesales. A esto, hoy se suma un nuevo capítulo, ya en el plano constitucional: la exclusión de prestaciones estatales asociadas a garantías fundamentales como salud y educación.

Por más deleznables que sean los actos cometidos, el Estado de Derecho no puede prescindir del carácter de persona del individuo y privarlo del acceso a prestaciones básicas relacionadas a sus Derechos Fundamentales. Este planteamiento resulta crucial para la salud de nuestra democracia y las reformas venideras que se quieran implementar en temas de seguridad.

David Segall Rosenblatt – Asociado Grupo Litigios Penales AZ

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1 Comment

  1. Dice financiada con recursos fiscales…ello es distinto a que no tengan acceso a usar esas prestaciones. Yo no soy abogado, pero por lógica infiero que a esos delincuentes que ganan mucho causando daño a sus compatriotas, la idea es que se paguen esas prestaciones con sus recursos.

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