Señor Director:

Chile enfrenta una crisis de seguridad que exige respuestas serias y eficaces. El avance del crimen organizado, el narcotráfico y la violencia no pueden minimizarse. Sin embargo, precisamente en momentos de mayor preocupación ciudadana es cuando debemos ser especialmente cuidadosos con las soluciones que se proponen.

La idea de crear un nuevo Estado de Excepción Constitucional en materia de seguridad pública plantea una interrogante fundamental desde la perspectiva del derecho penal y procesal penal: ¿qué facultades necesarias para perseguir eficazmente al crimen no existen actualmente y justifican restringir garantías constitucionales mediante un régimen excepcional?

Nuestro ordenamiento ya contempla herramientas especialmente intensas para investigar la criminalidad organizada. Interceptaciones de comunicaciones, entradas y registros, técnicas especiales de investigación y medidas cautelares son parte de un sistema que permite al Estado perseguir delitos graves. Naturalmente, estas herramientas pueden perfeccionarse y las instituciones requieren mayores recursos y capacidades. Pero eso es distinto a concluir que la respuesta consiste en normalizar la excepcionalidad.

Las garantías procesales no son obstáculos creados para favorecer a los delincuentes. El control judicial, la inviolabilidad de las comunicaciones y las reglas que regulan la privación de libertad existen porque el poder punitivo del Estado, precisamente por su enorme intensidad, requiere límites.

La experiencia demuestra, además, que más poder no equivale necesariamente a mayor eficacia. El crimen organizado se combate con mejores policías, inteligencia financiera, persecución patrimonial, coordinación institucional, fiscales especializados y capacidad para identificar a quienes dirigen y financian las organizaciones criminales.

La falsa discusión consiste en plantear una elección entre seguridad y derechos fundamentales. Chile necesita ambas cosas. Necesita recuperar la seguridad de sus barrios, pero sin transformar la excepción en una forma ordinaria de ejercer el poder.

Porque un Estado democrático no demuestra su fortaleza por la facilidad con que restringe derechos, sino por su capacidad de perseguir eficazmente el delito sin renunciar a las reglas que lo definen.

José Pablo Gómez – Abogado penalista. Salas Stevens Abogados

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1 Comment

  1. Pero todo lo expuesto es teoría. Hoy Chile con esas herramientas legales no ha podido derrotar el crimen organizado. Cómo captura a un narco o una banda narco qué opera y dirige su negocio desde el interior de un barrio tomado y con «soldados» de vigias????? Y con armas de mayor potencia de fuego de las que utiliza la policía en forma habitual???? O ud y su equipo de abogados ingresan y los conmina a entregarse????? Haga una prueba.

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