Señor Director:

En virtud de la Ley 21.115 de 2019, los ciudadanos afrodescendientes serán incluidos en el mecanismo de consulta indígena. ¿Existe alguna razón para consultar con ellos pero no con descendientes de otros grupos de migrantes maltratados en el pasado, como españoles que huyeron de la guerra civil, judíos sobrevivientes del Holocausto o palestinos que escaparon de la violencia?

Joaquín Barañao, Pivotes

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