He tramitado concesiones marítimas ante el Ministerio de Defensa durante varios años, en lagos como Vichuquén, Ranco y Llanquihue. Este trámite ha sido solicitado por numerosos propietarios con el objetivo de regularizar la situación de sus terrenos. Según la normativa, el proceso debería tener una duración máxima de seis meses. Sin embargo, debido a la burocracia existente, se ha extendido de manera negligente y poco profesional, alcanzando incluso años sin obtener respuesta. En algunos casos, el trabajo realizado por equipos de ingenieros y técnicos expertos en levantamientos topográficos ha sido devuelto por observaciones menores que no afectan el objetivo principal del trámite: por un lado, regularizar las concesiones marítimas, y por otro, incrementar los recursos del presupuesto fiscal a través de las contribuciones generadas. 

En reiteradas ocasiones, se ha solicitado una reunión con la ministra de Defensa a través de la Ley de Lobby. Aunque estas solicitudes han sido aprobadas, las reuniones se agendan con meses de retraso y, en más de una ocasión, han sido reagendadas a último momento. Mientras tanto, la Autoridad Marítima ha comenzado a instalar letreros en los muelles y bandas plásticas con la leyenda “Orden de Desalojo”, argumentando que las solicitudes han sido “desistidas”. Esto se basa en la supuesta existencia de muros y rellenos que, según imágenes de Google Earth, evidencian modificaciones al cauce del lago. 

Considero que estas referencias no son válidas, ya que los niveles de los lagos varían por múltiples factores, como fluctuaciones en el caudal debido a la apertura de barreras hacia el mar, cambios provocados por terremotos, o diferencias en los niveles pluviométricos de un año a otro. Por esta razón, el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) establece que los niveles de referencia para las sondas en estos lagos son referenciales. 

El Reglamento de Concesiones Marítimas indica que, en ausencia de un nivel oficial, se debe presentar un Certificado de líneas de aguas máximas y mínimas. Para ello, la Autoridad Marítima debe acudir a la propiedad y, conforme al reglamento, determinar los límites de las aguas máximas y mínimas. Este límite es el que separa lo público y lo privado, no una fotografía de Google Earth. En resumen, un claro ejemplo de un sistema al revés. 

Roberto Garnham Poblete

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