El Indicador de Violencia e Impunidad de El Líbero no registró atentados en la Macrozona Sur durante la semana comprendida entre el 6 y el 12 de julio. En contraste con la ausencia de nuevos ataques, la agenda está marcada por avances judiciales en tres causas relacionadas con hechos de violencia ocurridos en las regiones de La Araucanía y del Biobío.

Entre ellos se encuentra la lectura de sentencia contra Pelentaro Llaitul, hijo del líder de la Coordinadora Arauco Malleco, Héctor Llaitul, y otros cuatro integrantes de la organización, declarados culpables por dos ataques incendiarios cometidos en Lautaro y Temuco en noviembre de 2022. El hijo del líder de la CAM y Juan Carlos Mardones recibieron penas superiores a 16 años de cárcel, mientras que los otros tres condenados deberán cumplir más de 14 años de presidio efectivo.

A ello se suma el veredicto condenatorio contra Guillermo Ñirripil Cheuquepán, a quien el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco declaró culpable de dos delitos de amenazas condicionales por obtener pagos por $13,5 millones de una empresa forestal de Curacautín.

Además, hoy está previsto el inicio del juicio oral contra 21 imputados por el ataque armado e incendiario que destruyó el histórico Molino Grollmus de Contulmo, proceso que había sido aplazado el pasado 23 de junio.

Condenan a más de 14 años a Pelentaro Llaitul y otros cuatro integrantes de la CAM

El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco condenó a Pelentaro Héctor Llaitul Pezoa, hijo del líder de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul, por su participación en dos ataques incendiarios perpetrados el 22 de noviembre de 2022 en predios forestales de Lautaro y Temuco.

En la misma causa fueron sentenciados Luis Guillermo Menares Chanilao, Juan Carlos Mardones Sáez, Luis Darío Fuenzalida Eneros y Jorge Andrés Caniupil Coña.

De acuerdo con lo informado por el fiscal jefe de la Fiscalía de Análisis Criminal de La Araucanía, César Schibar, los cinco acusados recibieron penas de presidio efectivo superiores a 14 años. En los casos de Pelentaro Llaitul y Juan Carlos Mardones, las sanciones superaron los 16 años de cárcel, debido a que también fueron condenados por porte ilegal de municiones.

Schibar precisó que las penas deberán cumplirse al interior de un recinto penitenciario: «Es importante señalar que este cumplimiento deberá hacerse con privación de libertad al interior de la cárcel, puesto que no reúnen ningún requisito para optar a algún beneficio alternativo al cumplimiento de la condena».

Los cinco acusados habían sido declarados culpables el 25 de junio como autores de delitos consumados de incendio reiterado, hurto de una camioneta en concurso con secuestro simple y un segundo delito de hurto.

Además, el tribunal condenó a Pelentaro Llaitul y a Juan Carlos Mardones por porte ilegal de municiones. “Ellos fueron declarados responsables y culpables por el delito de porte ilegal de municiones, las cuales les fueron encontradas al momento de la detención por parte de los funcionarios policiales”, explicó el fiscal.

En cambio, todos los acusados fueron absueltos de los cargos por porte ilegal de arma de fuego convencional, porte de arma prohibida y disparos injustificados, debido a que no se logró establecer qué integrante del grupo habría ejecutado cada una de esas conductas.

“Conforme al estándar exigido por el tribunal, no se logró acreditar. Sin perjuicio de ello, tenemos que analizar el texto de la sentencia, que es donde el tribunal entrega los argumentos, el razonamiento y los fundamentos específicos por los cuales no llegó a formarse convicción respecto de la participación de los imputados en estos ilícitos”, sostuvo Schibar.

Los hechos ocurrieron durante la mañana del 22 de noviembre de 2022, cuando un grupo de personas armadas y encapuchadas ingresó al fundo San Luis, en la comuna de Lautaro.

Según lo acreditado durante el juicio, los atacantes intimidaron a los trabajadores e incendiaron tres camiones y una excavadora. En el lugar dejaron, además, un lienzo reivindicatorio alusivo a la Coordinadora Arauco Malleco.

El grupo obligó a uno de los trabajadores a conducir una camioneta Maxus durante cerca de 40 minutos. La víctima permaneció retenida mientras los atacantes se trasladaban hacia un segundo objetivo.

Posteriormente, los acusados llegaron hasta un campamento forestal de la empresa Hancock, ubicado en el sector La Colonia de Temuco. Allí obligaron a los brigadistas a abandonar las instalaciones, incendiaron un camión, contenedores y otras dependencias, y sustrajeron motosierras, desbrozadoras y diversos elementos utilizados en las faenas forestales.

Antes de escapar, los autores dejaron rayados en una de las bodegas con la frase: “Fuego y bala, libertad a los PPM, CAM”.

El fiscal Schibar destacó el resultado de la investigación desarrollada por el Ministerio Público y las policías.

“Nosotros estamos conformes con el trabajo realizado por la Fiscalía en conjunto con la Policía. Es una cantidad de años importante: son aproximadamente 16 y 14 años, por lo tanto, estamos conformes”, manifestó.

El Ministerio Público había solicitado originalmente penas que, dependiendo del acusado y de los delitos atribuidos, fluctuaban entre los 30 y los 70 años de privación de libertad. Sin embargo, las absoluciones por los delitos relacionados con las armas de fuego y los disparos redujeron las sanciones que finalmente podía imponer el tribunal.

La Fiscalía anunció que analizará íntegramente el fallo para revisar los fundamentos jurídicos de las recalificaciones efectuadas por los jueces. En paralelo, la defensa de Pelentaro Llaitul informó que estudiará la sentencia para determinar la eventual presentación de un recurso de nulidad.

Nueva condena contra Guillermo Ñirripil: tribunal acreditó amenazas para obtener pagos por $13,5 millones de una empresa forestal

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco dictó un veredicto condenatorio contra Guillermo Ñirripil Cheuquepán, lonko de la Comunidad Miguel Cheuquepán, tras dar por acreditado que obtuvo dos pagos por un total de $13.500.000 mediante amenazas dirigidas contra una empresa que realizaba faenas forestales en predios de la comuna de Curacautín.

El 10 de julio el tribunal declaró a Ñirripil culpable de dos delitos consumados de amenazas condicionales cumplidas. Los hechos habían sido acusados por el Ministerio Público como delitos de extorsión, pero los jueces descartaron esa calificación jurídica y determinaron que correspondían a amenazas condicionadas a la entrega de dinero, mediante las cuales el acusado logró finalmente obtener las sumas exigidas.

La Fiscalía solicitó una pena de cinco años de presidio por cada uno de los dos delitos acreditados, lo que suma una petición total de diez años de cárcel. La sentencia será leída el 20 de julio de 2026, a las 11:00 horas, en una audiencia telemática.

El primero de los hechos acreditados se produjo en diciembre de 2021 y afectó a la empresa Sefomec, que desarrollaba trabajos forestales en los fundos La Cascada y San Manuel, ubicados en la comuna de Curacautín.

De acuerdo con lo establecido por el tribunal, Ñirripil exigió inicialmente a un trabajador de la empresa la entrega de 1.000 polines de madera. Señaló que, en caso de que la empresa no accediera a esa petición, debía retirarse de ambos predios y dejar de ejecutar las faenas forestales que mantenía en el lugar.

La empresa accedió a entregar los polines. Sin embargo, Ñirripil manifestó posteriormente que no estaba conforme con la calidad de la madera recibida y reemplazó la exigencia original por una demanda de dinero.

El acusado pidió entonces el pago de $5.500.000. La exigencia estuvo acompañada de la advertencia de que, si el dinero no era entregado, integrantes de su comunidad se tomarían los predios en los que trabajaba Sefomec.

Además, le manifestó a la víctima que la empresa debía “cuidar sus maquinarias”, expresión que, de acuerdo con el contexto establecido en el juicio, constituía una alusión a la posibilidad de que los equipos utilizados en las faenas fueran destruidos o sufrieran daños.

Ante la amenaza de ocupación de los fundos y de eventuales ataques contra la maquinaria, el propietario de Sefomec accedió a pagar la suma solicitada. Para ello, entregó un cheque por $5.500.000 emitido a nombre de Guillermo Ñirripil, documento que posteriormente fue cobrado por el acusado.

El segundo episodio comenzó en marzo de 2022, cuando Ñirripil responsabilizó a la empresa forestal por la pérdida de nueve animales vacunos y exigió que se le pagara una suma correspondiente al valor de esos animales.

La demanda económica también fue acompañada de amenazas. Según los hechos establecidos por el tribunal, Ñirripil advirtió que, si la empresa no entregaba el dinero, serían quemadas las maquinarias utilizadas en las faenas forestales.

También amenazó con impedir que la empresa continuara ingresando a los predios y desarrollando sus trabajos en el sector. Como consecuencia de estas nuevas amenazas, la víctima accedió a entregar $8.000.000. Entre ambos episodios, Ñirripil obtuvo de la empresa forestal un total de $13.500.000.

En el mismo juicio, Ñirripil fue absuelto de otro hecho que había sido calificado por la Fiscalía como robo con intimidación. 

Sobre Ñirripil ya hay una condena a cinco años y un día de presidio efectivo por un delito consumado de extorsión cometido contra la propietaria de un predio de la comuna de Lautaro; dictada en enero de 2024. En ese proceso, Ñirripil también había sido acusado por un delito de amenazas. Sin embargo, fue absuelto de ese cargo 

En esa ocasión exigieron a la víctima el pago de una suma de dinero millonaria para permitirle la explotación forestal de su predio. Ante su negativa los amedrentaron con rayados, incendios, disparos y el bloqueo del acceso al terreno, por lo que la víctima se vio obligada a pagarles $18.000.000.

Caso Molino Grollmus: juicio contra 21 imputados comenzará hoy

Hoy a las 9:00 horas está previsto que comience en el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete el juicio contra 21 personas acusadas por el ataque armado e incendiario que destruyó el histórico Molino Grollmus de Contulmo.

El proceso debía iniciarse originalmente el 23 de junio de 2026. Sin embargo, su apertura fue suspendida a última hora y reprogramada inicialmente para el 6 de julio. El aplazamiento se produjo luego de que uno de los abogados defensores dejara la representación de un imputado, lo que obligó a la Defensoría Penal Pública a asumir su defensa y preparar su participación en el juicio. 

La audiencia tampoco pudo comenzar en esa segunda fecha. Tras una solicitud respaldada por los intervinientes, el tribunal fijó definitivamente el inicio para el 14 de julio, debido a que uno de los acusados, Javier Mariñán, debía comparecer paralelamente en otro juicio desarrollado en Temuco. 

El ataque al Molino Grollmus ocurrió el 29 de agosto de 2022 y se lo atribuyó la Resistencia Mapuche Lafkenche (RML). Según la acusación, un grupo de sujetos armados llegó al recinto utilizando vestimenta militar y chalecos antibalas. Durante el atentado fueron atacadas las personas que se encontraban en la propiedad y posteriormente provocaron un incendio que destruyó las instalaciones.

El Ministerio Público llevará a juicio a 21 imputados y solicitará penas que incluyen presidio perpetuo simple y presidio perpetuo calificado. En el caso de los acusados que eran adolescentes al momento de los hechos, la Fiscalía pedirá la sanción máxima contemplada en la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.

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