Credit: Senado de la República de Chile

Seguramente, todos quienes transitan por la Ruta 5 y cualquier otra carretera interurbana, han notado el constante movimiento de camiones y maquinaria pesada en los lechos de los ríos. Es una escena cotidiana detrás de la cual se esconde una actividad indispensable para la industria de la construcción: la extracción de áridos. 

Faenas similares se observan también en canteras ubicadas en las faldas de algunos cerros, donde se extraen rocas para ser trituradas y obtener este insumo esencial. Sin embargo, la extracción de áridos naturales no está exenta de problemas. Los movimientos en los lechos de los ríos pueden afectar la calidad del agua y dañar la vegetación o bien generar inestabilidad e incluso el colapso de obras de infraestructura tales como puentes y bocatomas. A ello se suma que se trata de una actividad fundamentalmente artesanal -entre un 60% y un 70%-, con problemas de eficiencia, informalidad laboral y evasión tributaria. 

Con todo, los áridos son claves para la construcción. Aunque no existen cifras oficiales, estimaciones basadas en el consumo y o la producción de materiales relacionados, tales como hormigón, asfalto y cemento, indican que en Chile se consumen alrededor de 57 millones de metros cúbicos al año, volumen equivalente a 88 veces el Estadio Nacional. Sus usos principales son la fabricación de hormigón (46%) y el uso como material de relleno (40%), siendo fundamentales para la construcción de rutas urbanas e interurbanas, viviendas, colegios, hospitales, puertos y aeropuertos (Navarrete y Vargas, 2024).

De ahí la importancia de contar con normas claras que permitan el desarrollo de ésta actividad en forma ordenada y sostenible, más aún en un contexto de cambio de gobierno en que se espera que la industria de la construcción recupere su dinamismo.

Desde el punto de vista institucional, la situación es compleja. Numerosos organismos tales como los Municipios, el Ministerio de Bienes Nacionales, la Dirección General de Aguas (DGA) y la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) del Ministerio de Obras Públicas, la Superintendencia de Medio Ambiente y el Ministerio de Bienes Nacionales, cuentan con atribuciones en materia de áridos. Esta gran dispersión institucional se traduce inevitablemente en excesiva burocracia, reglas poco claras y una fiscalización fragmentada y de baja efectividad.

En este contexto, el Congreso aprobó recientemente la Ley de Áridos (Boletín N. 15.096-09) que busca mejorar la normativa sobre la extracción de áridos en cauces naturales no navegables que son bienes nacionales de uso público.  La ley no aborda la extracción de áridos en cauces navegables, bajo tutela de Directemar, ni en pozos lastreros de propiedad privada, salvo excepciones acotadas.

Son cinco sus objetivos principales: agilizar la autorización de faenas de extracción de áridos para lo cual crea un procedimiento de aprobación estándar; crear un Registro Público de Áridos en la DOH; diferenciar las extracciones mecanizadas mayores de las menores dependiendo si el volumen total es mayor o menor a 30 mil m3; crear un sistema de trazabilidad del transporte y comercialización de los áridos; y fortalecer la fiscalización y el régimen de sanciones de la DGA.

Su implementación, sin embargo, presenta desafíos importantes. Primero, requiere la dictación de un reglamento que, entre otras materias, establecerá una ordenanza municipal tipo para uniformar criterios entre los municipios. Segundo, deberán cumplirse los plazos establecidos para el otorgamiento de las autorizaciones. Sin embargo, existe bastante evidencia que los plazos en el papel pueden distar enormemente de los plazos reales a nivel institucional. Es fundamental que exista una estrecha coordinación entre los municipios, la DOH y la DGA, entre otras. Igualmente queda la duda acerca de cuál es el organismo que es en definitiva responsable del cumplimiento de plazos de cara al particular interesado (accountability).  Similares dudas surgen respecto del sistema de trazabilidad origen – destino de los áridos, ya que se requiere liderazgo y coordinación interinstitucional.

Finalmente, hay que mencionar que, en la medida en que se generen incentivos para el uso de áridos no naturales, es decir, reciclados y artificiales, se podría reducir la presión sobre los áridos naturales, que son un recurso natural no renovable.  En ese orden de cosas, recientemente se aprobó la norma chilena NCh 163 que permite el uso de ciertos áridos no naturales en morteros y hormigones (Decreto 63/2025, Ministerio de la Vivienda y Urbanismo).  Hoy, sin embargo, solo el 10% de los áridos utilizados en Chile son de origen no natural.

El desafío es que esta nueva ley de áridos logre ordenar esta actividad indispensable en forma sostenible, sin transformarse en una traba adicional para la construcción y el crecimiento en Chile.

Deja un comentario

Debes ser miembro Red Líbero para poder comentar. Inicia sesión o hazte miembro aquí.