Hace ya más de un año, el Ejecutivo ingresó al Congreso un proyecto que crea un Sistema de Garantías de la Niñez, que busca ser una ley marco que siente las bases de la política de protección de la infancia, la cual se pretende materializar a través de una serie de iniciativas legales: Defensoría de la Niñez, Identidad de Género, Subsecretaría de la Niñez y la división del Sename.

A grandes rasgos, la iniciativa consagra la teoría de la autonomía progresiva del niño, que da cuenta de una nueva concepción de éste como sujeto de derechos, y, además, busca cambiar el rol subsidiario que actualmente ejerce el Estado como protector de la infancia.

La teoría que acoge el principio de autonomía progresiva busca que los niños sean reconocidos como sujetos de derechos con capacidad plena para ejercerlos por sí mismos. Debe entenderse autonomía como la “Condición de quien, para ciertas cosas, no depende de nadie” (RAE), es decir, la facultad de una persona de actuar según su criterio y con independencia de los demás, incluidos sus padres. Esta teoría atenta contra la concepción misma de niñez. El no reconocerles una autonomía plena responde a una necesidad natural e innegable de que los padres tomen un rol más activo en la formación y toma de decisiones de sus hijos, quienes, en razón de su edad, aún no son humanamente capaces de ser responsables por las consecuencias de sus actos. No obstante, quienes adhieren a la teoría en mención, entienden que ello se traduciría en considerar a los niños como “menos adultos”. Así, el aceptar su capacidad de ejercicio pleno sería sinónimo de reconocer su dignidad humana e igualdad con todo otro ser humano, sin importar su edad o madurez. De esta forma, entender la infancia como una etapa de preparación para la vida adulta sería algo negativo, que limitaría y condicionaría a la persona.

La autonomía progresiva del niño es una teoría que desconoce la esencia de la infancia y el curso natural del desarrollo humano, en donde la familia y la educación de los padres son fundamentales para guiar al niño en la formación de criterios propios.

Lo anterior se vincula con otro punto crítico del proyecto: el cambio en el rol que el Estado cumple como protector de los niños, con el supuesto de que, bajo el sistema vigente, el niño sería un mero depositario de prácticas asistenciales u objeto de tutela estatal, no un sujeto de derechos. Pero el Estado subsidiario permite su intromisión en la crianza de un niño sólo cuando la familia no es capaz de asumir dicha responsabilidad, encontrándose éste en situación de vulnerabilidad. Sin embargo, la iniciativa legal busca cambiar este paradigma, consagrando al Estado como el garante principal de los derechos de todos los niños, vulnerables o no.

Así, el proyecto de ley parte de la base de que el modelo actual de familia establece una especie de derecho de propiedad sobre el niño al, por ejemplo, no existir una obligación de considerar su opinión en la toma de decisiones. Esto transformaría a los infantes en un grupo menos aventajado o vulnerable del cual el Estado debiese hacerse cargo. Para ello, sería necesario que este fuese considerado como un ente protector equivalente o superior a los padres, muchas veces prescindiendo de ellos al momento de relacionarse con sus hijos. Por lo tanto, se separa el rol de autoridad que tienen los padres en su calidad de formadores en la crianza, percibiéndose la relación parental como una figura de subordinación del niño al adulto.

En definitiva, el proyecto da paso a que el Estado esté obligado a amparar situaciones que anularán flagrantemente el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos. Por ejemplo, los padres no podrían prohibir a sus hijos revisar ciertos contenidos específicos en internet y redes sociales, los menores podrían objetar que sus padres prefirieran un tratamiento médico por sobre otro en el caso de una enfermedad o podrían oponerse a la opción de colegio escogido por sus padres.

Los sucesos conocidos por la opinión pública durante 2016 dejan en evidencia que el Estado no ha sido capaz de cumplir su rol protector respecto de los niños que se encuentran bajo supervisión del Sename y sus organismos colaboradores. Entonces cabe preguntarse, ¿cómo podrá hacerse cargo de todos los niños del país? La prioridad del Ejecutivo parece dirigida a aprobar iniciativas legales de cargado contenido ideológico por sobre el cumplimiento y perfeccionamiento de su deber de resguardo de los derechos fundamentales de los niños, en especial los más vulnerables.

 

María Teresa Urrutia, Fundación Jaime Guzmán

 

 

 

 

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