Vivienda emplazada en la franja de seguridad de las torres de alta tensión

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) aplicó una multa de 5.000 UTM (cerca de $350 millones) a la empresa ISA Interchile por no adoptar medidas para eliminar las condiciones de riesgo que afectan la línea de transmisión eléctrica Pan de Azúcar – Polpaico, tramo ubicado en la Región de Valparaíso, y que pasa por las comunas de Puchuncaví, Quintero y Quillota. ISA Interchile es la misma empresa señalada por el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) de provocar el mega apagón que afectó a 14 regiones durante la tarde del 25 de febrero de este año y sobre la cual ya la SEC había formulado cargos por este asunto en agosto pasado. Ahora, la multa de la SEC surge a partir de una denuncia por la instalación ilegal de las torres de alta tensión, pero no deja satisfecho al denunciante. 

En 2017, Luis Alarcón Moraga compró una parcela en la comuna de Puchuncaví. Entonces, comenzó a construir una cabaña de campo con la intención de que fuese la vivienda principal de su familia. Sin embargo, la construcción se encontró con el obstáculo de que terminó estando emplazada en la franja de seguridad de la línea de transmisión. 

El hecho, dicen desde su entorno, era sabido por ISA Interchile, pues el 8 de marzo de 2018, la SEC designó a la Comisión Tasadora responsable de avaluar las indemnizaciones. Así, el 20 de abril de 2018 la Comisión reconoció la existencia de un inmueble de tipo habitacional en plena etapa de construcción.

Pese a esto, Alarcón reclama que la empresa entabló una falsa demanda de denuncia de obra nueva. La empresa “empezó a construir las torres y nos demandó a nosotros por obra nueva, lo que significaría que nosotros empezamos a construir después que ellos, y nosotros demostramos que eso no era así, que nosotros estábamos antes que ellos en la construcción”. El caso fue visto en primera instancia por el Juzgado de Letras y Garantía de Quintero que rechazó la denuncia de obra nueva. La Corte de Apelaciones de Valparaíso tampoco dio la razón a Interchile y la Corte Suprema, en una decisión que data de agosto de 2021, también rechazó la demanda de la empresa. 

Una vez que la decisión quedó firme, Alarcón denunció el caso ante la SEC en 2022 y solicitó que Interchile fuese sancionada por incumplir la normativa eléctrica vigente. La Superintendencia formuló cargos a Interchile en julio de 2024 y la multa de 5.000 UTM se aplicó el 4 de noviembre de 2025.

La sanción no los deja satisfechos, pues, a su juicio, la infracción no corresponde a la invasión de la franja de seguridad, sino a la construcción ilegal de torres de alta tensión sobre una vivienda preexistente. 

“Nosotros hace años que estamos pidiendo la multa. Saben que hubo un error, la SEC pasó por alto la ley y no lo quieren asumir. Y al final, esto para nosotros no es nada, para ellos 5.000 UTM no son nada, considerando la cantidad de millones que cuesta construir una torre de alta tensión. A nosotros nos deja igual, no hay acercamiento con la empresa para negociar y, por otro lado, la SEC no los presiona como corresponde”, opina Alarcón.

Interchile y su eventual responsabilidad en el mega apagón

Isa Interchile pertenece al grupo Ecopetrol, la principal empresa petrolera de Colombia. Interchile S.A. es una sociedad anónima constituida en Chile en 2012, que se dedica a diseñar, construir, operar y mantener sistemas de transmisión eléctrica en alta tensión. Según su reporte de gestión, correspondiente al año 2024, opera las líneas 2×500 kV Cardones-Polpaico y 2×220 kV Encuentro-Lagunas, “lo que la hace estar presente en gran parte del territorio nacional, desde la Región de Tarapacá hasta la Región Metropolitana”. Agregan que cubren cerca de 1.000 kilómetros de líneas de transmisión, siendo  Cardones-Polpaico “la línea de transmisión más importante de la historia de Chile”. 

ISA tiene operaciones en Colombia, Brasil, Chile, Perú, Bolivia, Argentina y Centroaméricaa. A comienzos de este año su nombre resonó en todo Chile, tras el apagón del 25 de febrero. Tras eso, el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) emitió un oficio dirigido a la SEC en el que planteaban que Interchile había realizado una maniobra no informada y sin permiso, que habría incidido en provocar el apagón. 

En agosto, la SEC formuló cargos al consejo directivo del Coordinador Eléctrico y a ocho empresas por su eventual responsabilidad en el apagón. En particular, se formularon dos cargos a Interchile, “el primero, por no mantener sus instalaciones en buen estado y con condiciones adecuadas de seguridad, lo que habría contribuido al inicio del evento; y el segundo, por reactivar remotamente un equipo de comunicaciones, correspondiente al esquema de protecciones de la línea 2×500 kV Nueva Maitencillo–Nueva Pan de Azúcar, sin contar con la autorización ni el conocimiento del Coordinador”. 

Interchile no cumple instrucciones de la SEC

Consultados por El Líbero por la situación que afecta a Alarcón, desde la SEC explican que la concesión eléctrica que autorizó la construcción de la línea fue otorgada en 2018, después de cumplir todas las etapas establecidas en la Ley General de Servicios Eléctricos. “Durante ese proceso, se realizaron las notificaciones y publicaciones que exige la normativa, lo que permitió que los propietarios de los terrenos afectados en ese momento pudieran presentar oposiciones o antecedentes si lo estimaban necesario. Posteriormente, el decreto de concesión fue sometido al control de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República, que revisa precisamente el cumplimiento de estos requisitos”.

En la misma línea, plantean que Alarcón no era el propietario del predio durante la tramitación de la concesión y argumentan que “la adquisición del terreno se produjo con posterioridad, en la etapa de tasación del proyecto, cuando el trazado ya se encontraba autorizado y otorgadas las servidumbres legales forzosas”. Por lo tanto, subrayan, la discusión actual no está relacionada con el procedimiento de aprobación del proyecto, sino con “circunstancias posteriores” vinculadas a construcciones que existen dentro de la franja de seguridad.

“La multa aplicada a la empresa no tiene relación con la etapa de concesión ni con la definición del trazado de la línea, sino con el cumplimiento de las obligaciones posteriores que tiene todo concesionario una vez que la línea está construida y operando”, señalan desde la SEC.

La SEC constató la existencia de construcciones dentro de la franja de seguridad e instruyó formalmente a la empresa a levantar la información del caso y ejecutar medidas para eliminar las condiciones de riesgo que afectan tanto a las personas como a la infraestructura.

“La multa se origina porque la empresa no cumplió adecuadamente con esas instrucciones: no entregó la información requerida en los plazos establecidos y no implementó las medidas necesarias dentro del tiempo fijado. Es decir, la sanción no se debe a la existencia de la línea ni al proceso de concesión, sino al incumplimiento de las obligaciones posteriores de gestión, corrección y resguardo de la seguridad de sus instalaciones, una vez que la situación fue detectada y la autoridad instruyó su resolución”, afirman desde la Superintendencia.

Trabajadores de la SEC a Interchile

Para Alarcón, en tanto, el foco debería ser distinto, pues “en tribunales se comprobó que la construcción estaba antes que las torres. Ahí es donde comete el error la SEC, y donde cometió el error Interchile, pues ellos siguieron adelante obviando que la casa estaba ahí. En fin, se cometió un error desde el principio, avalado por empleados que se fueron desde la SEC a trabajar en la empresa Interchile”. 

Alarcón denuncia que Interchile “juega con los plazos” y han logrado dilatar el asunto por más de tres años, porque sus abogados han trabajado en la SEC y “se conocen las mañas”.

Está el caso, por ejemplo, de la abogada Carolina Arredondo*, que en su LinkedIn se describe como “abogada especialista en el sector energético, con experiencia tanto en el ámbito público como privado” y en su experiencia laboral señala que fue abogada de concesiones eléctricas en la SEC desde noviembre de 2012 hasta junio de 2021 y actualmente es especialista legal en ISA Interchile desde octubre de 2023 (ver nota de la redacción al final). 

Consultada la SEC sobre el rol que tuvo la abogada en el otorgamiento de la concesión a la empresa, reconocen que “la abogada Carolina Arredondo fue funcionaria SEC desde noviembre 2012 hasta el 31.05.2021. Respecto al tramo específico ‘Línea Pan de Azúcar-Polpaico 2×500 kV – Tramo 5.2’, ella participó en la visación de informe final SEC de la solicitud de concesión enviado al Ministerio de Energía”.

“Dilatar” los tiempos de respuesta

Alarcón cuenta con diversos oficios de la propia SEC que dan cuenta de cómo se ha ido alargando el proceso. 

Su denuncia data del 9 de marzo de 2022. La SEC ofició a Interchile para solicitarles información el 18 de octubre y el 21 de noviembre de 2022 y nuevamente el 18 de enero de 2023; pero como ninguna de esas tres comunicaciones obtuvo respuesta, el 3 de abril de 2023 reiteraron nuevamente la solicitud de antecedentes, bajo apercibimiento. La empresa respondió por primera vez el 18 de abril de 2023, “señalando, en lo medular, que las construcciones se habrían realizado con posterioridad a la presentación de la solicitud de concesión eléctrica, pero no negando la existencia de las mismas”, de acuerdo con un oficio de la SEC fechado el 4 de julio de 2023.

Los antecedentes fueron informados a Contraloría, pues Alarcón también había acudido ante esta instancia y el ente ordenó a la Superintendencia atender el requerimiento. 

En ese mismo documento, la SEC indica que “la normativa eléctrica vigente establece prohibiciones para que existan construcciones debajo de líneas eléctricas, por cuanto su materialización transgrede la normativa aplicable y puede poner en peligro a las personas que las ocupen, así como también pueden entorpecer el deber del propietario de dichas instalaciones eléctricas de inspeccionar y mantener en buen estado las mismas, así como el deber de atender con la regularidad que exige la ley el consumo eléctrico para el cual se encuentran destinadas”.

En 2024 hay otro ejemplo de cómo se han ido alargando los tiempos. Un oficio de la SEC fechado el 16 de octubre de 2024 y dirigido al denunciante, enumera que en noviembre de 2023 le solicitaron a Interchile “las acciones que ha realizado para gestionar las situaciones constatadas por este Servicio y que dicen relación con la denuncia del señor Alarcón Moraga”. El 21 de febrero de 2024 la SEC instruyó a Interchile “tomar medidas para eliminar las condiciones de riesgo, por invasión de franja de seguridad, de la Línea Pan de Azúcar – Polpaico 2×500 kV”, y les otorga un plazo máximo de 4 meses para llevar a cabo las medidas. 

La empresa respondió el 12 de marzo de 2024, y solicitó una prórroga de siete días para atender el requerimiento inicial, que le fue concedida. Y el 26 de marzo de 2024 Interchile señaló “que se ajustaría a los plazos establecidos por la autoridad”.

El 17 de junio de 2024, la SEC solicitó a la empresa remitir “los medios probatorios que den cuenta del cumplimiento de la instrucción impartida”, estableciendo como plazo máximo el 26 de junio de ese año, pero el 19 de junio la empresa solicitó una prórroga de dos meses para dar respuesta al oficio del 21 de febrero. 

En consecuencia, el 9 de julio de 2024, la SEC formuló cargos a Interchile por “incumplimiento de las instrucciones impartidas”. Y el 26 de julio, la empresa solicitó una ampliación de siete días para presentar sus descargos, la cual les fue concedida, pero el 9 de agosto solicitaron una aclaración y, finalmente, hicieron sus descargos el 22 de agosto de 2024.

Otro oficio de la SEC fechado el 21 de febrero de 2024 indica que “se puede afirmar que Interchile S.A. está en conocimiento, a lo menos desde el año 2018, de la existencia de invasión de la franja de seguridad de la línea ‘Pan de Azúcar – Polpaico 2×500 kV’, por construcciones, entre ellas la construcción de propiedad del Sr. Alarcón, y que estas situaciones representan un riesgo latente para las personas y cosas y, además, una dificultad para que la empresa cumpla con su obligación de mantenimiento de la línea”. 

“Destruyeron el sueño de mi familia de vivir tranquilos”

Consultados por El Líbero, la SEC indica que impartieron instrucciones el 21 de febrero de 2024, y el 17 de junio de 2024, “las cuales no fueron debidamente cumplidas por la empresa, lo que motivó posteriormente la aplicación de la sanción correspondiente”.

Y con respecto a las medidas que debe tomar la empresa, aseveran que “SEC instruyó a la empresa que adoptara las medidas para solucionar la situación de riesgo. Corresponde a la empresa decidir qué medidas adoptará, ya que como SEC no tenemos atribuciones para indicar específicamente la medida”.

Y en cuanto al reclamo de Alarcón por una indemnización apropiada, responden que “la SEC no tiene facultades para determinar y/o instruir indemnizaciones o resarcimientos a propietarios afectados. Cabe hacer presente que la normativa eléctrica establece que todas las dificultades o cuestiones posteriores de cualquier naturaleza a que dieren lugar las servidumbres otorgadas en virtud de la LGSE, se tramitarán en juicio sumario en conformidad a las reglas establecidas en el Código de Procedimiento Civil”.

Para Alarcón, la SEC o Contraloría deberían poder obligar a la empresa a negociar para buscar una salida y que Interchile cumpla la ley. “La salida es que realmente hagan su pega y obliguen a la empresa a negociar”. 

“Me han tenido siete años viviendo en la pobreza, por no poder habitar mi casa, tuve que abandonar la ciudad donde yo pensaba vivir. Estuve un año construyendo lo que yo tengo allí, y al final lo perdí. No me dejaron vivir ahí. Aquí hay un daño que se hizo a mi familia que ellos no consideran. El sueño de una familia de vivir tranquilos, ellos lo destruyeron. Hoy estamos pidiendo que paguen lo correcto, pero ya son siete años, no vamos a aguantar cualquier cifra, son siete años que me han tenido en esta situación”.

Y sobre la posibilidad de una demanda dice que tendrían que demandar al Estado de Chile “por haber permitido que esto avanzara, porque ya se demostró en tribunales que la construcción no es obra nueva. Entonces, ellos tienen que simplemente pagar. Ya hay un fallo y la empresa no lo ha cumplido, ese es el tema. Y ¿quién ha fallado? El Estado de Chile a través del SEC”.

*Nota de la redacción:

Con posterioridad a la publicación de esta nota, desde ISA Interchile hicieron llegar a El Líbero la siguiente aclaración que se reproduce íntegramente.

«ISA Interchile hace presente que la abogada Carolina Arredondo participó en la revisión de variados proyectos de concesiones eléctricas durante su paso por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), siendo la línea Cardones – Polpaico uno entre muchos. Posteriormente, trabajó por casi dos años y medio en un estudio jurídico de la plaza y se incorporó a la compañía recién en octubre de 2023, abocándose a materias legales vinculadas a proyectos en etapa de construcción y operación.

Respecto a las aseveraciones vertidas respecto de ella, la compañía descarta de manera categórica que la Sra. Arredondo haya tenido incidencia alguna en los procesos internos de la SEC, organismo público con procedimientos estrictamente regulados por la ley. Además, dichos procesos están sujetos a una permanente fiscalización de la Contraloría General de la República, lo que hace extremadamente improbable cualquier tipo de influencia individual de una profesional de rango medio en su funcionamiento o en sus resultados».

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