Hoy continúa la audiencia de preparación de juicio en el caso de Héctor Llaitul, líder de la Coordinadora Arauco Malleco, imputado por infracción a la Ley de Seguridad del Estado, usurpación de terrenos, robo de madera y por amenazas a la autoridad. Si bien el proceso no ha llegado a una instancia decisiva la determinación de la magistrada Viviana García Utreras, del Juzgado de Garantía de Temuco, hizo que todas las miradas se posaran en el caso al ordenar la entrega -bajo la prohibición de divulgación- de los nombres de cinco testigos protegidos a la defensa de Llaitul. 

El jefe de la Defensoría Penal Mapuche y defensor del comunero, Humberto Serri, argumentó en su momento que hubo vicios de forma en la acusación del Ministerio Público ya que la fiscalía “no había solicitado al tribunal ningún tipo de autorización previa para mantener testigos con identidad reservada”. 

La jueza ordenó revelar las identidades el martes 18 de abril y el miércoles el fiscal regional de La Araucanía, Roberto Garrido, informó que presentaron una orden de no innovar ante la Corte de Apelaciones de Temuco con el objeto de paralizar la determinación del juzgado. Asimismo se presentó un recurso de protección en favor de los testigos, puesto que “el cumplimiento de la resolución en los términos que fue pronunciada, estimamos pone en riesgo la integridad física y psíquica de las personas que se han atrevido a prestar testimonio en esta indagatoria y evidentemente también afecta la posibilidad de contar con su testimonio en la audiencia de juicio oral”, dijo Garrido, según consigna La Tercera. 

Y es que la decisión de García produjo críticas del Fiscal Nacional, Ángel Valencia, de parlamentarios de la IX Región, de la ministra del Interior Carolina Tohá y de los gremios productivos y de agrupaciones de víctimas de la Macrozona Sur. 

La amenaza a la integridad de los testigos protegidos

Ayer la Corte de Apelaciones de Temuco declaró admisible el recurso de protección presentado por la Fiscalía de La Araucanía y por la Unidad Regional de Atención de Víctimas y Testigos del Ministerio Público en contra de la jueza Viviana García Utreras y su actuación en la audiencia del 18 de abril, planteada como una “corrección de vicio formal” solicitada por la defensa de Llaitul.

Según se lee en el recurso de protección, la reserva de la identidad y los domicilios “decretada como medida de protección en favor de estos 5 testigos, todos datos que se incluyeron oportunamente en sobre cerrado acompañado a la acusación para conocimiento del tribunal, se adoptó por existir peligro evidente para su vida e integridad física y psíquica, bienes jurídicos constitucionalmente garantizados y que se ven gravemente amagados desde que la sra. Jueza de Garantía de Temuco ha dispuesto que la defensa del acusado Llaitul Catrillanca tome conocimiento de ellos”.  

Además, el recurso de protección agrega que tras la decisión del tribunal los testigos con identidad reservada contactaron al Ministerio Público para expresar su “profunda preocupación y justo temor”.

En su resolución la jueza García argumentó que si bien es cierto, conforme a su ley orgánica el Ministerio Público tiene el deber de proteger a sus testigos se deben efectuar las peticiones previas ante el tribunal y accede a que se entreguen las identidades a la defensa para corregir tal “vicio formal”, ya que aunque la causa tenga carácter reservado, la Fiscalía “debe en cada circunstancia presentar solicitudes al tribunal, formularlas con precisión y especificar cuáles con las circunstancias en las cuales se pueden ver expuestos a algún riesgo de integridad física los testigos”. 

Ahora, con la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco de declarar admisible el recurso de protección no puede revelarse la identidad de los testigos hasta que no sea resuelto el fondo y la Corte pidió que García Utreras entregue en un plazo de ocho días un informe “adjuntando todos los antecedentes que sobre la materia digan relación”.

La magistrada Viviana García y su rol en causas terroristas

Hasta la fecha sólo ha habido tres condenas por delitos de terrorismo, dos fueron en contra de una misma persona: Raúl Castro Antipán por el “caso Peaje Quino”, y la otra a Juan Flores en el “caso Bombas II”. 

En 2010 Viviana García Utreras era la jueza de garantía de Victoria y fue ella quien condenó por delitos terroristas a Castro Antipán. 

Según consignó el diario El Mercurio del 27 de octubre de 2010, la jueza, “junto con establecer ‘más allá de toda duda razonable’ que los delitos tienen el carácter terrorista, condenó en juicio simplificado a Castro Antipán por los delitos terroristas de asociación ilícita (61 días), homicidio frustrado (541 días) e incendio común (tres años y un día), tras reconocer éste su participación en los hechos, la madrugada del 11 de octubre de 2009”.

En ese juicio Castro Antipán evitó una sentencia mayor al acogerse a la figura de “delación compensada” y colaborar con la investigación. Agrega El Mercurio que “en el fallo, tras exponer las circunstancias de los ataques, la jueza rebatió la tesis de la defensa respecto de que los hechos son delitos comunes y no terroristas” y dijo: «Esta jueza no comparte la hipótesis de la defensa, estimando que tales delitos tienen el carácter de terroristas». 

En 2014 se supo que Castro Antipán continuó siendo informante de Carabineros. 

En 2010, cuando se preparaba el juicio oral en contra de 12 comuneros mapuche acusados de tres ataques armados en esa zona, dos de ellos calificados como terroristas, las defensas de los imputados solicitaron su inhabilidad al considerar que sus representados fueron condenados anticipadamente, en la sentencia en contra de Raúl Castro Antipán.

En noviembre de 2013, por este mismo caso, fue cuestionada su presencia en el juicio contra José Antonio Ñirripil Pérez, del Lof Muko Autónomo. “Los jueces son subrogantes, siendo una de ellos Viviana García, inhabilitada en Victoria el año 2010 por vulnerar la presunción de inocencia, según apreciaciones bastante racista…”, dice una nota publicada en el portal de Radio U Chile, citando a una jurista.

Otras actuaciones de la magistrada

En septiembre de 2018, la jueza condenó a un sargento primero de Carabineros a 41 días de presidio y la inhabilidad para ejercer su cargo por el mismo plazo, por el delito de apremios ilegítimos en contra de Alberto Curamil. La pena debía cumplirse en libertad. En su minuto el Ministerio Público pedía condenar al funcionario policial a cumplir 541 días de presidio.

Otro caso en el que su nombre fue parte de una polémica fue cuando la PDI allanó la residencia del fiscal Sergio Moya, como parte de las averiguaciones por la Operación Huracán. Según Moya el 7 de mayo de 2019 la PDI allanó de forma “brutal” su casa, por lo que interpuso un recurso de protección contra el fiscal regional de Aysén, Carlos Palma, que indagaba el caso de falsificación de pruebas. Moya aseguró que sólo le explicaron que tenían una orden verbal del fiscal Palma visada por la jueza de Garantía de Temuco, Viviana García Utreras, sin que hasta ese momento se le hubiera mostrado el documento.

Y como integrante del Juzgado de Garantía de Temuco también ha tenido que pronunciarse en el caso de Antonia Barra, en el que se imputa a Martín Pradenas. Esto cuando el juzgado en octubre de 2021 desestimó la existencia de una “investigación paralela” a cargo del padre de Barra. 

Asimismo, en noviembre de 2019, la Defensoría Penal Pública solicitó la inhabilitación de la jueza Viviana García en una formalización por el saqueo hecho a un supermercado, argumentando que la magistrada era la cónyuge del coronel Cristián Fernández, comisario de la Segunda Comisaría de Temuco.

Los abonos a Tralcal

Como integrante del Juzgado de Garantía de Temuco, García también ha tenido que participar en decisiones por el Caso Luchsinger-Mackay. El tribunal debía resolver sobre el abono de días a la pena de Luis Sergio Tralcal Quidel, condenado a 18 años de presidio por el homicidio de la pareja. 

Se trató de un proceso en el que intervinieron varios magistrados y en enero de 2021 fue el turno de Viviana García, quien consideró que a Tralcal Quidel se le deberían sumar 227 días a su condena. Sin embargo, luego esto fue objetado por otra magistrada debido a que no había claridad sobre el número de días que efectivamente correspondía asignar ya que hubo “abonos duplicados”. 

Sobre esta misma causa debió pronunciarse en diciembre de 2021, y entonces ordenó oficiar a Gendarmería Regional para que informara sobre evaluaciones psicológicas que debían realizar a Tralcal Quidel y a José Tralcal Coche y que estas se hicieran con profesionales que manejaran el mapudungun.

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