Un macabro caso ocurrió en La Araucanía en junio de 2021. Dos hombres fueron secuestrados y sometidos a torturas y vejaciones sexuales hasta que uno de ellos logró escapar y el otro fue asesinado y su cuerpo fue descuartizado, quemado y sometido a ácido para hacerlo desaparecer. Los hechos, ocurridos en Collipulli, involucran a la familia Ancalaf y la Fiscalía de Alta Complejidad de La Araucanía solicitó la pena de presidio perpetuo para nueve de los doce imputados por los delitos de secuestro y homicidio.
Sin embargo, uno de los involucrados en el brutal crimen –cuya investigación permanece bajo reserva– fue condenado en junio de este año, por el Juzgado de Garantía de Collipulli, en un procedimiento abreviado. Se trata de Héctor Artigas, pareja de María Ancalaf, hermana de Víctor Ancalaf, ex miembro y fundador de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM). El tribunal lo sentenció a tres años y un día de presidio efectivo, pero luego la Corte de Apelaciones de Temuco sustituyó la pena de cárcel por libertad vigilada intensiva.
El Líbero tuvo acceso a la sentencia del Juzgado de Garantía de Collipulli, donde queda establecido el móvil del crimen. El 2 de junio de 2021 los imputados se reunieron en el domicilio de María Ancalaf, que compartía con Héctor Artigas, para aclarar la sustracción de varias armas de fuego y de droga, ocultadas en mayo de 2021, en ese mismo terreno. Concluyeron que una de las víctimas de iniciales E.A.A.M, conocido como ‘Jani’, se las había robado y esa sola sospecha desencadenó el lamentable suceso.
La corte acreditó que Artigas facilitó el auto en que trasladaron a E.A.A.M. desde donde se encontraba hasta su propiedad. Se trataba de un vehículo marca Daewoo, modelo Lanos, que también pertenece a Artigas y a María Ancalaf.
Además, existen indicios de que el revuelo causado por las armas desaparecidas obedece a que éstas estarían involucradas en el asesinato del carabinero Francisco Benavides, ocurrido en mayo de 2021.
De hecho, por la muerte del policía permanecen actualmente en prisión Matías Ancalaf y Heriberto Ancalaf (hijos de Víctor Ancalaf) y Rodrigo Calabrano Ñanco (yerno de Víctor Ancalaf) acusados por su participación en la muerte del suboficial, crimen cometido el 24 de mayo de 2021 en Collipulli. Los dos primeros imputados por los delitos de homicidio calificado y homicidio a carabineros en razón de su cargo, y el tercero de homicidio calificado.
El secuestro de ‘Jani’ y ‘Cacharra’
En la sentencia queda constancia de que Héctor Artigas aceptó los hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación existentes a su respecto, y otorgó el consentimiento para realizar un procedimiento abreviado.
La Fiscalía solicitó la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo; considerando atenuantes como la irreprochable conducta anterior del acusado y que había colaborado sustancialmente en el esclarecimiento de los hechos. Mientras que la Delegación Presidencial de La Araucanía adhirió, como querellante, a la acusación hecha por los persecutores. La Delegación además se negó a la petición de la defensa de Artigas que solicitó que se le otorgara la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva y, en cambio, pidió al tribunal que ordenara el cumplimiento efectivo de la pena.
En su sentencia el Juzgado de Garantía de Collipulli ordena esto último, pero la decisión fue revocada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que sustituyó la pena de cárcel por libertad vigilada.
Mientras tanto, los otros 11 acusados permanecen en prisión preventiva esperando la audiencia de preparación de juicio, que fue fijada para noviembre luego de varias posposiciones.
Originalmente, en la acusación hecha en julio de 2022, la Fiscalía había solicitado para Héctor Artigas las penas de presidio perpetuo calificado por el delito de secuestro previsto en el artículo 141 inciso 5° del Código Penal; y 20 años de presidio mayor en su grado máximo por el delito de secuestro previsto en el artículo 141 inciso 4° del Código Penal. En el procedimiento abreviado se aclaró que a Artigas solo se le atribuye complicidad en relación con el secuestro calificado, en el que la víctima fue E.A.A.M., mejor conocido como ‘Jani’, quien estuvo retenido desde el 2 hasta el 12 de junio, cuando logró escapar.
El segundo secuestrado de iniciales E.C.M.B y apodado ‘Cacharra’ permaneció en cautiverio desde el 8 hasta el 12 de junio de 2021, siendo sometida durante ese tiempo a constantes malos tratos y vejaciones, fue golpeado hasta la muerte, su cuerpo fue desmembrado, intentaron disolverlo con químicos, y como eso no resultó, procedieron a incinerar sus restos en una fogata, junto a vestimentas y otras evidencias.
Cuando presentó su acusación en julio de 2022, la Fiscalía solicitó la pena de presidio perpetuo para nueve de los doce imputados por este crimen.
Diez días de agonía
Los hechos ocurrieron en la comunidad Choin Lafkenche, ubicada en el sector Victoria Unida de la comuna de Collipulli; de la que Víctor Ancalaf figura como uno de sus líderes.
La sentencia con respecto a Héctor Artigas dice que se acreditó más allá de toda duda razonable que el 2 de junio de 2021 los imputados Christopher Angel Jara Fuentealba, Diego Hans Mansilla-Villena Córdova, Alexi Gabriel Villa Carrasco, Bryan Tarek Ercoli Catrileo, Sthephany Julieta Pérez Ancalaf, Ricardo José Luis Aranguiz Genel, Guillermo Ignacio Pérez Ancalaf, y María Adela Ancalaf Llaupe se reunieron en el domicilio de María Ancalaf y de Héctor Artigas y concluyeron que el responsable de la sustracción de la droga y las armas era “Jani”, quien días antes había efectuado algunos trabajos en esa propiedad.
María Ancalaf llamó a ‘Jani’ y le solicitó que fuera a su propiedad a reparar un vehículo. Ricardo Aránguiz Genel lo fue a buscar en el auto de Héctor Artigas, mientras el resto esperó en la propiedad de Artigas y Ancalaf.
Una vez que ‘Jani’ llegó al lugar “inmediata e intempestivamente fue atacado en primer lugar por Cristopher Jara, quien lo golpeó con un objeto contundente; a continuación el imputado Mansilla Villena le propinó un golpe con un madero, en tanto que la imputada Julieta Pérez Ancalaf le propinó un golpe en la cabeza utilizando para este efecto un hacha”.
‘Jani’ intentó huir, pero fue reducido, maniatado y encerrado en una bodega, donde continuó la golpiza y el interrogatorio sobre la ubicación de las armas y la droga. Como no les daba una respuesta que los dejara tranquilos, le lanzaron agua fría y Julieta Pérez Ancalaf lo apuñaló con un cuchillo en el muslo izquierdo y le hizo un corte profundo en el dedo meñique del pie derecho.
Ese mismo día los imputados acordaron trasladar a la víctima a un lugar diferente, una choza donde continuaron las torturas. Hasta la madrugada del 12 de junio, cuando la víctima logró liberarse de las amarras y escapar en dirección a un inmueble vecino donde solicitó ayuda a Carabineros.
La sentencia indica que como resultado de los maltratos ‘Jani’ resultó con múltiples lesiones en la cabeza, rostro, cavidad oral, espalda, tórax, en ambas extremidades tanto superiores como inferiores. “Las lesiones corresponden a hematomas, equimosis, erosiones, excoriaciones, heridas contusas, cortopunzantes, quemaduras e imposibilidad para extender el quinto dedo del pie derecho, con enrojecimiento y aumento de volumen compatible con sección del tendón extensor del dedo mencionado, las que tardaron en sanar más de 30 días”, se lee en el texto.
La decisión revocada
La defensa de Artigas solicitó en esa audiencia la pena sustitutiva argumentado que el acusado no había actuado como “autor”, sino que como “partícipe”. No obstante, la jueza a cargo Sandra Nahuelcura Villamán indicó que “aun cuando el Ministerio Público no se opuso a la concesión de pena sustitutiva por tratarse de un imputado que tiene irreprochable conducta anterior y colaboró con la investigación, estima esta sentenciadora que, las circunstancias particulares de este caso, la gravedad del hecho perpetrado y del cual fue cómplice el imputado Artigas Vásquez, la modalidad y móviles concurrentes para perpetrar tal delito, con las consecuencias de afectación para la víctima, no permiten concluir, a juicio de esta sentenciadora, que una intervención en libertad pudiera resultar eficaz”. Decisión que más tarde fue revocada por la Corte de Apelaciones de Temuco.
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