“Aunque las causas ingresan al sistema judicial, la falta de un avance concreto en la identificación de responsables y en la formalización de los casos se traduce en la incapacidad de entregar justicia en la mayoría de los delitos de incendio denunciados” en la Macrozona Sur. La afirmación corresponde al informe Ataques incendiarios. Violencia en la Macrozona Sur 2018-2023 elaborado por el Observatorio Judicial.
La organización revisó 760 causas judiciales de delitos de incendio, de acuerdo con los artículos 475, 476 y 477 del Código Penal, así como los ataques incendiarios consagrados en la Ley Antiterrorista (Ley 18.314), ingresados entre 2018 y 2023.
En detalle pudieron mirar 673 causas que no están reservadas y hallaron, por ejemplo, que “apenas hay 40 causas en que se conoce la identidad del imputado, correspondientes a un 6% del total de 673 causas, mientras que, en 633 causas correspondientes al 94% del total, la acción penal se presentó contra quien resulte responsable”.
El informe advierte que la identidad de los responsables es un dato fundamental, “porque afecta radicalmente los resultados del proceso penal. En efecto, si el imputado es desconocido, inevitablemente una causa no puede acabar sino por decisión de no perseverar o archivo provisional”.
Al respecto, José Miguel Aldunate, director de Estudios del Observatorio Judicial y autor del informe, afirma que para lograr que haya imputados conocidos «es clave reforzar el trabajo de inteligencia policial y garantizar una mejor protección de las víctimas. Muchas veces, el proceso parte tarde o con información incompleta, y eso dificulta las detenciones. El Estado ha hecho esfuerzos importantes, tanto desde la Fiscalía como desde el Ejecutivo, pero es evidente que se debe profesionalizar aún más la persecución de este tipo de criminalidad, para el cual estas instituciones no fueron diseñadas».
Escasas formalizaciones por incendios
En esta línea, explican con respecto al número de formalizaciones que este indicador se mantiene “establemente bajo” y es “insensible al número total de causas que ingresan al sistema judicial”.
En los cinco años transcurridos entre 2018 y 2023 encontraron 20 causas formalizadas (3%). Las restantes 653 (97%) no cuentan con una formalización.
Cuando hay responsable conocido, la principal medida cautelar decretada es la prisión preventiva: se han decretado 14 medidas de prisión preventiva para 673 causas, “lo cual representa una proporción ínfima del total”, por tanto, dice el informe, “se puede ver el efecto de no contar con imputados conocidos y formalizados”.
Solo en seis casos se dictó condena
Del total de 760 causas analizadas, un 48,3% están finalizadas (367), mientras que el 51,7% restante todavía está vigente (393).
De estas 367 causas terminadas, 272 cuentan con información sobre su forma de cierre. De éstas, 108 causas terminaron por acumulación a otro proceso, “lo cual es una forma de término puramente formal, pues la causa se sigue tramitando en conjunto con otro proceso”. De este modo, “de las 164 causas terminadas que cuentan con información sobre su forma de término, podemos observar que 132 de ellas terminaron por la decisión del fiscal de no perseverar el procedimiento (80%), mientras que en 6 casos se decretó el sobreseimiento definitivo (4%) y solo en 6 casos se dictó condena (4%)”.
En cuanto al alto número de causas concluidas por la decisión del fiscal de no perservar, Aldunate explica que «este número refleja una gran falla estructural en las investigaciones. Si en ocho de cada diez casos los fiscales deciden no seguir porque no hay pruebas suficientes, significa que algo está fallando desde el comienzo. Esto deja a las víctimas desprotegidas y alimenta la impunidad. Se requiere un refuerzo de las capacidades de investigación y persecución de los órganos competentes».
El informe del Observatorio Judicial concluye que esta falta de formalización y medidas cautelares apropiadas “sugiere una situación de impunidad en la que la gran mayoría de los responsables de los delitos de incendio no son judicialmente procesados. La baja proporción de condenas —tan solo el 4% de los casos concluidos— confirma esta tendencia de impunidad, lo que genera una gran frustración para las víctimas y una percepción de ineficacia del sistema de justicia en la región”.
La geografía de los incendios
El análisis del Observatorio Judicial muestra que luego de la aprobación del estado de excepción en octubre de 2021 hay una caída abrupta en el número de causas ingresadas a los tribunales de justicia por el delito de incendio, lo cual da cuenta del efecto disuasivo de la medida. Sin embargo, las regiones de La Araucanía y Biobío –de las cuatro que componen la Macrozona Sur– continuaron siendo las más afectadas.
De las 760 causas ingresadas entre 2018 y 2023, un 61,8% ocurrieron en La Araucanía (470), 28,5% fueron en Biobío (217), 7,9% en Los Ríos (60) y 1,7% en Los Lagos (13).
Otro asunto que releva el documento es el rol del Ejecutivo como interviniente en estos procesos: de las 673 causas que no están reservadas, 65% fueron presentadas por el Poder Ejecutivo, ya sea a través del delegado presidencial o de la Intendencia (439).
En el detalle de cómo iniciaron el resto de las causas señalan que 34% (230) fueron iniciadas por particulares, ya sea por medio de una querella (20%) o una denuncia (14%). Y el 1% restante las inició un municipio o el Gobierno Regional.
Es por ello que el documento da cuenta del rol que tiene el Ejecutivo como interviniente en estos procesos, “sin el cual muchos de los ataques incendiarios cometidos en la zona ni siquiera figurarían en el sistema”.
Y en cuanto a la naturaleza de los delitos perseguidos, 63% de las causas corresponden a delitos comunes (433), mientras que el 37% restante está calificado como delito terrorista.
El impacto del estado de excepción
En sus conclusiones el texto subraya que la instauración del estado de excepción en la Macrozona Sur ha tenido un efecto preventivo. No obstante, indican que “aunque el estado de excepción ha sido efectivo en la prevención de nuevos delitos de incendio, la efectividad de la persecución penal se ha visto escasamente mejorada”, ya que si bien el estado de excepción ha disminuido la frecuencia de los ataques, su implementación no ha resuelto los problemas estructurales de la justicia en la persecución de los delitos.
“En otras palabras, la disminución de los ataques no se ha traducido en una mayor eficiencia del sistema judicial ni en una mejora en los resultados judiciales de las causas activas o concluidas”, se lee en el documento.
Algo particularmente grave, cuando el delito de incendio no afecta solo a predios agrícolas y forestales, sino también viviendas, iglesias y escuelas.
Sobre esto Aldunate reitera: «El estado de excepción ha sido efectivo en frenar la ocurrencia de nuevos incendios y delitos graves, pero no ha logrado fortalecer la persecución penal. Aquí el problema radica en que Fiscalía y policías no están logrando armar casos sólidos que lleguen a condenas. No es un tema de los jueces, sino de investigaciones que no consiguen suficientes pruebas para avanzar».
