De acuerdo al cronograma dado a conocer hace pocos días la Convención no comenzará a aprobar las normas de la nueva Constitución antes de enero de 2022. A esa fecha se habrá elegido la totalidad de la Cámara de Diputados, la parte del Senado que correspondía renovar y también al Presidente de la República. En otras palabras, se conocerá quién fue elegido Jefe de Estado para los próximo cuatro años y cuál será la composición del Congreso Nacional durante ese período.
En teoría cabe pensar que la aprobación de las nuevas normas constitucionales sobre el Ejecutivo y el Poder Legislativo no debiera ser influida por el conocimiento que se tenga en ese momento sobre quién será Presidente de la República a partir del 11 de marzo de 2022 ni qué mayorías políticas habrá a partir de esa fecha en una y otra Cámara. No hay que tener dotes de adivino, sin embargo, para suponer que los convencionales no actuarán a la hora de configurar los poderes del Estado prescindiendo de toda consideración acerca de quiénes serán sus próximos titulares. Pensar que lo harán cubiertos con un velo de ignorancia es del todo ingenuo.
La mayoría de la Convención lo hará, con certeza, mirando el resultado de las elecciones. De un modo si el Presidente de la República es Kast o Sichel, y de otro diverso si acaso lo fuere Boric o Provoste, y la misma consideración es aplicable al Congreso Nacional según la fuerza que tengan en las Cámaras los partidos de derecha y de izquierda. Así, y por poner de ejemplo un par de escenarios, si el Presidente de la República es de derecha la mayoría de la Convención se sentirá inclinada a adoptar una forma de gobierno que le reste atribuciones, y si en el Senado los partidos de derecha tienen más de un tercio de sus miembros mientras que en la Cámara de Diputados no lo alcanzan, la tentación de establecer un sistema unicameral será muy fuerte.
Cabe reconocer que, de no haberse retrasado a causa de la pandemia el itinerario previsto para la Convención Constitucional, la decisión de esta sobre la forma de gobierno y sobre la composición del Congreso Nacional habría sido anterior a las elecciones presidenciales y parlamentarias. Pero, también lo habría sido si -como lo señalé en una de mis primeras columnas- la Convención, al inicio de sus trabajos, hubiera adoptado las decisiones fundamentales acerca del régimen político. En tal caso, ya estaría resuelto antes de las elecciones si el sistema de gobierno sería presidencial, parlamentario o semipresidencial, y también si el Congreso Nacional continuaría siendo bicameral, o bien tendría una sola Cámara.
No se hizo así, sin embargo, y todo parece llevar a uno de los escenarios políticos más indeseables para el funcionamiento de la Convención. Esta, que debiera actuar pensando en un futuro político indeterminado en que no se sabe quién gobernará, lo hará teniendo a la vista quién será el nuevo Presidente de la República y quiénes serán diputados y senadores. La amplia mayoría de izquierda que existe entre los convencionales decidirá, entonces, bajo qué régimen político lo harán las nuevas autoridades. Incluso, conforme a lo que dispone el artículo 138 de la Constitución, esa mayoría puede decidir que las autoridades electas cesen anticipadamente en sus cargos porque estos, en la nueva Constitución, han sido objeto de una modificación sustancial.
