El próximo 4 de julio se constituirá la Convención Constitucional, para comenzar el arduo trabajo de redactar una nueva Constitución para nuestro país. Es clave que ese trabajo se haga con mirada de futuro y vocación convocante, sin pretender restablecer sistemas añejos ya fracasados, ni monopolios sociales, estatales o ideológicos. La nueva Constitución debe garantizar una sociedad democrática, plural y moderna, que de verdad sea la casa de toda la ciudadanía, presente y futura, en todos los ámbitos de la vida en sociedad.

Para ello es indispensable que la nueva Constitución, no sólo garantice ese derecho humano fundamental que es la libertad de elección de los padres en materia educacional, sino que lo amplíe, estableciendo claramente un mandato que no sólo involucre a los padres, sino a toda la ciudadanía, para poder elegir en materia educacional y así involucrar y empoderar a todas las personas en el proceso educativo.

La importancia de la libertad de elección en materia educacional, la encontramos en los tratados internacionales de derecho humanos más relevantes, todos ellos suscritos y ratificados por Chile. Así la Declaración Universal de Derechos del Hombre de las Naciones Unidas, en su artículo 26 n° 3 señala: “Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.”

Adicionalmente, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, también de las Naciones Unidas, en su artículo 13 n° 3, establece: “Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas, siempre que aquéllas satisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o apruebe en materia de enseñanza, y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

La diversidad de la Convención Constitucional, tanto ideológica, como política, étnica y regional, debe ser pues un estímulo para asegurar que esa misma diversidad se refleje en el sistema educativo, y para para ello es clave, tal como señalan los artículos recién citados de los tratados internacionales, que esa diversidad de convicciones en materia educacional se pueda hacer efectiva a través de una libertad de elección no sólo garantizada y protegida a nivel de declaraciones y principios, sino con mecanismos claros que hagan efectiva esa libertad de elección en el día a día.

La mera eliminación de la tómbola como mecanismo de selección escolar, propuesta por uno de los precandidatos presidenciales, si bien es destacable, es sólo un tímido paso en favor de empoderar la libertad de elección de cada familia y cada persona en materia educacional.

Los convencionales constituyentes tienen la oportunidad de que nuestra nueva Constitución establezca mandatos y mecanismos, simples, pero precisos, que, por ejemplo, garanticen que las ayudas estatales efectivamente empoderen la elección de todas las familias y las personas en materia educacional, sin discriminar por tipo de establecimiento.

Hacer efectiva en el día a día la capacidad de elección de las familias y las personas en relación con la educación, no sólo implica proteger y hacer efectivo ese derecho humano fundamental, sino que también permite evitar que el sistema educativo se transforme en un monopolio estatal o ideológico, y ello permite proteger y empoderar también otros derechos humanos fundamentales tales como la libertad de conciencia, la libertad de culto, la libertad de expresión, garantizando así sociedades libres, plurales, democráticas y modernas.

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