El 4 de octubre comenzó el juicio contra Ernesto Llaitul y los integrantes de la ORT Pablo Marchant. FOTO: AGENCIAUNO

El Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles declaró culpable a Ernesto Llaitul Pezoa por los delitos de homicidio frustrado e incendio por un atentado ocurrido en septiembre de 2021 en un sector rural de la comuna de Los Ángeles. El hijo de Héctor Llaitul, líder de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), fue declarado como coautor en conjunto con los otros integrantes de la CAM: Esteban Ignacio Henríquez Riquelme, Ricardo Delgado Reinao y Roberto Villouta Alcamán. Mientras que un quinto implicado, Eduardo Mauricio Cornejo Vidal, fue condenado como cómplice de los delitos de incendio.

Los jueces Marisol Panes, Christian Osses Baeza y Constanza Naranjo leyeron el veredicto el 4 de noviembre y hoy a las 13:00 horas se dará a conocer la pena a la que serán condenados. En respuesta, los familiares de los acusados están convocando a reunirse en las afueras del Complejo Penitenciario Biobío a partir de las 11:00 y los cuatro culpables anunciaron el inicio de una huelga de hambre.

El atentado de la ORT Toño Marchant

Los jueces consideraron que el mérito de las pruebas rendidas por el Ministerio Público les permitieron llegar a la convicción, “más allá de toda duda razonable”, de que se logró acreditar el núcleo central de los hechos de la acusación.

De acuerdo con la presentación del Ministerio Público, los involucrados forman parte de una “organización destinada a planificar y ejecutar actos de reivindicación, ya sean como usurpaciones de terrenos y de sabotaje, tales como atentados incendiarios a camiones y maquinaria vinculada a la actividad forestal tanto de empresas como de particulares. En este contexto es que determinan y planifican la ejecución de un atentado incendiario en la comuna de Los Ángeles, específicamente en el interior del Fundo Punta Arenas, sector Paraguay, de propiedad de la empresa Forestal Río Deuco y explotado por la empresa Forestal Santa Blanca S.A.”. 

En el relato de los hechos se explica que Cornejo contactó a la propietaria de las cabañas La Isla, ubicadas en el camino a sector Paraguay, para acordar el arriendo de una cabaña que sería utilizada por Llaitul, Villouta, Henríquez, Delgado y también por José Luis Marilao Matus los días 7 y 8 de septiembre de 2021. El pago del hospedaje quedó a cargo de Llaitul Pezoa. Los hombres llegaron a las cabañas la noche del 7 de septiembre de 2021 en un automóvil Kia color azul zafiro, propiedad de Llaitul Pezoa. 

Disparos en el Fundo Punta Arenas

Los días 7 y 8 todos los imputados realizan movimientos por las rutas interiores de la zona y sectores aledaños al lugar de los hechos y, posteriormente, regresan a la cabaña.

Luego, la madrugada del 9 de septiembre de 2021, los acusados –con excepción de Cornejo– se dirigieron al Fundo Punta Arenas, “con sus rostros cubiertos, premunidos de armas de fuego y elementos destinados a producir fuego y causar un incendio”, dice la Fiscalía. 

En el sitio había tres conductores de camiones, a bordo de sus respectivos vehículos. Al primero, lo apuntaron con un arma corta, lo hicieron bajar y quemaron el camión. Un segundo chofer intentó huir a bordo del transporte, pero le dispararon a corta distancia en dos ocasiones. En el tercer caso, cuando el conductor se niega a bajar del camión, uno de los condenados le “dispara a corta distancia hacia el vidrio de la puerta del conductor y en contra de éste”. Hechos que reivindicó la ORT (Organismos de Resistencia Territorial de la CAM) Toño Marchant el 10 de septiembre. 

Las cajas de jugos Watt’s que los incriminaron

¿Qué hechos llevaron a la Justicia a convencerse de la responsabilidad de los ahora condenados? Durante el juicio presentaron pruebas testimoniales, pruebas periciales y georreferenciaciones. Sin embargo, también hubo un factor singular entre las evidencias presentadas: dos cajas de jugo Watt’s de 200 ml, sabor naranja: una desechada por Roberto Villouta Alcamán y la otra por Esteban Henríquez Riquelme.

Afirma el acta de la Audiencia de Juicio Oral –a la que tuvo acceso El Líbero– que conforme a la pericia realizada por la perito químico Shirly Vallejos Leal, “se individualizaron como jugo Watts 1 y jugo Watts 2, que resultaron coincidentes con el perfil genético de la colilla 7 levantada en la Cabaña La Isla, y la colilla 3 levantada en el mismo lugar, respectivamente, los que a su vez eran los sujetos NN4 y NN5, que sólo pueden pertenecer a las personas ya indicadas”, Villouta y Henríquez.

El hecho salió a relucir durante la lectura del veredicto contra los cinco acusados. Al respecto, el fiscal Michelangelo Bianchi señaló: “Las muestras o las tomas de muestras de ADN eran de especies que habían sido abandonadas por los imputados. Los imputados no se sometieron a exámenes de ADN que pudiesen determinar estas pericias fueron comparaciones hechas en evidencias encontradas en los sitios del suceso y en circunstancias de abandono de estas cajas de jugo”. 

La pertenencia a la CAM de Llaitul Jr. y su banda

Otro hecho que concluyó el tribunal es que Llaitul Pezoa, Henríquez, Delgado y Villouta “forman parte de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), una organización dedicada a la reivindicación o recuperación territorial por medios violentos”.

La pertenencia se determinó teniendo en cuenta, por ejemplo, que sus números de contacto estaban guardados en la agenda del teléfono de Pablo Marchant, fallecido en La Araucanía, durante un enfrentamiento con Carabineros el 9 de julio de 2021; en un suceso en el que originalmente se creyó que el fallecido era Ernesto Llaitul. 

Los números estaban guardados con apodos. “Queso” era Esteban Henríquez; “Nicopsi” era Roberto Villouta; “Nanifle” correspondía a Ernesto Llaitul y “Peñi Flaco” era Eduardo Cornejo. 

Con respecto a este mismo punto, el veredicto también indica que “considerando su pertenencia a una organización que ha declarado públicamente que su objetivo es la recuperación territorial, y que ha denominado públicamente estos ataques incendiarios a camiones forestales como actos de ‘sabotaje’, que se trató de un acto cuidadosamente preparado para no dejar evidencias”. 

Llaitul Pezoa: «La Coordinadora Arauco Malleco es más que una agrupación terrorista»

Llaitul Pezoa habló al final de la audiencia. “Efectivamente, señor fiscal y señor querellante, pertenezco a la Coordinadora Arauco Malleco, a mucho honor y gloria. Pero la Coordinadora Arauco Malleco es más que una agrupación terrorista. Es un planteamiento político, es un movimiento político. Son ideas, son familias, son niños, son ancianos, son comunidades. Es una propuesta política que lleva 30 años”, dijo. Para luego agregar: “Quizás nos moriremos. Nos vamos a morir todos aquí, y la lucha va a continuar. La lucha de mi pueblo va a continuar”.

Llaitul Pezoa además indicó que es inocente y que se trata de una “condena política”. 

Asimismo, Villouta es familiar de quienes mantienen usurpado el fundo Pidenco, en Lumaco, lugar donde la CAM decidió sepultar los restos de Pablo Marchant, de acuerdo con los reportes policiales disponibles en el expediente de esta causa.

Sus celulares también los delatan

Por otro lado, en la resolución que fue unánime, el tribunal ahonda en que “el día de los hechos sus señales de celulares fueron captadas por la celda correspondiente al sitio del suceso conforme a las compañías telefónicas que prestaban servicio a cada uno de los acusados, no pudiendo ser una distinta, cuyas transmisiones cesaron al momento en que ocurría el atentado”. 

Para quienes fueron condenados como autores, la Fiscalía pide una pena de 15 años de prisión, mientras que para el cómplice solicita la pena única de cinco años de presidió menor en su grado máximo. 

Finalmente, el Juzgado de Los Ángeles condenó a Esteban Henríquez, Ernesto Llaitul, Ricardo Delgado y Roberto Villouta, a las penas de 10 años y un día como autores de dos homicidios frustrados; 4 años y 6 meses como autores de incendio consumado de camión y 300 días de presidio como autores de incendio tentado de camión.

*Esta nota fue actualizada el 16 de noviembre a las 15:30 horas.

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