En medio de los temporales de fines de agosto y a propósito de los daños ocasionados por el agua que corrió rápidamente por muchos ríos, generando daños e inundaciones, el Presidente Gabriel Boric dijo en San Fernando que “… todavía nos falta mucho que mejorar en infraestructura. Nos falta mucho mejorar en infraestructura de embalses, de canales, de riego…”.
El Presidente tiene razón. En Chile tenemos una estructura normativa que prácticamente ha paralizado la construcción de embalses grandes en los últimos años y también ha dificultado enormemente la construcción de embalses pequeños, pues cualquier proyecto que supere un volumen de 50.000 m3 debe obtener previamente dos autorizaciones: un permiso sectorial otorgado por la Dirección General de Aguas (DGA), y una resolución de calificación ambiental, otorgada a través del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), con los consiguientes aumentos de costos y tiempos de tramitación para estas obras.
A modo de referencia, un embalse de 50.000 m3 tiene dimensiones muy acotadas, podría verse como un cuadrado de 140 metros de lado y excavado a sólo 1,5 metros de profundidad y con la tierra extraída, generar un muro de 1 metro adicional alrededor.
Frente a esta situación, en que no avanzamos en grandes embalses, es importante para el sector agrícola facilitar la construcción de embalses más pequeños. Con este objetivo algunos diputados presentaron un proyecto de ley que busca modificar el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola (boletín 16.193-01).
Al revisar la normativa que afecta a la construcción de embalses, podemos encontrar dos grandes referentes: el Código de Aguas a partir del artículo 294, y su derivación correspondiente en el Reglamento de Obras Hidráulicas Mayores del Ministerio de Obras Públicas (Decreto Supremo MOP N° 50 de 2015), y por otro lado la Ley de Bases del Medio Ambiente (Ley 19.300) y su derivación correspondiente el reglamento de SEIA.
Respecto de la Ley de Bases del Medio Ambiente, ésta indica que los embalses que deban someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental serán los mismos que deberán ser aprobados por el Director General de Aguas, según lo establecido en el artículo 294 del Código de Aguas, es decir, no hace una nueva definición ni análisis del tipo de embalses.
Por parte del Reglamento de Obras Hidráulicas Mayores, éste genera tres tramos para los embalses sobre 50.000 m3, siendo el tramo “pequeño” el de obras que van entre 50.000 y 1,5 millones de m3, y el tramo “grande” el que comienza con 60 millones de m3. Es relevante destacar que en este reglamento, el concepto de embalses relacionados con la minería aparece mencionado 18 veces y aquellos para otros usos industriales, cuatro veces. Sin embargo, los embalses para riego agrícola no son mencionados ninguna vez.
Y es precisamente en este último aspecto en donde radica la oportunidad que se aborda con el proyecto de ley mencionado, pues propone la creación del concepto de tranque agrícola, lo que se sustenta en diferencias significativas respecto de otras obras de acumulación. Veamos cuales son:
- Los tranques para uso agrícola se construyen generalmente en forma excavada o parcialmente excavada, sobre terrenos que previamente fueron cultivados, es decir, sobre suelos que pueden tener un siglo o más de intervención humana.
- El agua que se acumula en dichos tranques tiene la misma calidad y composición del agua que ya fluye por ríos, esteros y canales de riego. A diferencia de los relaves mineros que acumulan agua como una disposición final, el agua que se acumule en tranques agrícolas estará ahí en forma temporal, para ser usada posteriormente.
- Dado los tamaños de estas obras, la gran mayoría de ellos no represa un cauce natural, por lo tanto no intervienen la hidrología local ni los ecosistemas relacionados.
A pesar de estas consideraciones, todos los proyectos sobre 50.000 m3 son evaluados bajo el mismo esquema sectorial y ambiental, sin importar el uso que se le dará a la obra, a pesar de que la norma tiene su principal foco en relaves mineros o embalses industriales, pero no en los embalses para riego.
Por esa razón, este proyecto plantea incorporar al grupo de obras que están exentas de solicitar el permiso sectorial a la DGA y de ingresar al SEIA a los tranques de uso agrícola, ampliándolo desde 50.000 m3 hasta 250.000 m3 para en el caso de que la obra tenga un muro de hasta 5 metros de altura, o hasta 500.000 m3 cuando sean total o parcialmente excavados. Cabe destacar que lo que se modifica es apenas el tercio inferior de las llamadas “obras pequeñas” por el MOP, y exclusivamente en el caso de que sean para uso agrícola.
Esperemos que las palabras del Presidente Gabriel Boric en San Fernando orienten el quehacer de los servicios públicos en apoyar esta iniciativa legal, pues facilitar la construcción de tranques para uso agrícola, de manera comunitaria o individual, es una muy buena medida para mejorar nuestra capacidad de acumulación de agua. Además, la construcción de tranques de manera distribuida, abarca distintos territorios dónde las propias comunidades de regantes y agricultores serán quienes, con o sin ayuda financiera del Estado, y con mínimo impacto ambiental, podrán construir obras para mejorar la seguridad hídrica que tanta falta les ha hecho durante la última década.
