Durante mayo de 2022 hemos visto el trabajo de la Convención -en particular de la Comisión de Preámbulo– en orden a dotar de un preámbulo que introduzca el texto de la eventual nueva Constitución. La mayoría fueron propuestas de preámbulos que se encontraban más cerca de una arenga política que de algún elemento sistemático, ordenador o que tuviera alguna finalidad propiamente constitucional. Pese a ello, se impuso el preámbulo que ha sido calificado como moderado. 

Sin embargo, la prudencia y ecuanimidad del preámbulo aprobado por la Comisión debe ser matizada. En efecto, solo si se lo compara con las otras diatribas que se propusieron, este texto aparece como moderado; pero para calificar un preámbulo de moderado o radical, debe atenderse al texto en su mérito y no distraerse con las propuestas alternativas que pudieron haber llegado a erigirse en el definitivo para ser introducido en el texto de nueva Constitución.

En primer lugar, cabe destacar la decidora pluralidad de naciones que aparece como configuradora del pueblo de Chile. El preámbulo parte indicando “Nosotras y nosotros, el pueblo de Chile, conformado por diversas naciones”. Así, cuando el preámbulo habla de “Nosotros” no se trata de los chilenos, sino de “las diversas naciones”.

El abandono del paradigma de la Nación Chilena, de notable continuidad en todas las Constituciones de Chile desde los albores de la República, ha sido tremendamente cuestionado. Además de lo anterior, en la sesión de la Comisión de Preámbulo del día 30 de mayo de 2022, Elisa Loncón indicó claramente que el concepto de Plurinacionalidad está contenido en la referida idea de “diversas naciones”. 

Por otro lado, el texto aprobado viene a perpetuar una mirada sesgada y romántica del proceso de violencia política sufrido a lo largo de todo Chile a contar del 18 de octubre de 2019.

El preámbulo incorporó el concepto de “estallido social”, lo cual viene a fijar a nivel constitucional la normalización de la violencia política como método eficaz para obtener no solo cambios políticos, sino que cambios constitucionales estructurales en clave refundacional, lo cual sienta un peligroso precedente para la estabilidad del sistema jurídico.

Finalmente, es llamativa la aseveración que realiza el texto, cuando habla de la irrelevancia del “origen, condición o creencias de cada cual”. Resulta llamativa, toda vez que las normas constitucionales aprobadas por el Pleno de la Convención Constitucional otorgan una importancia crucial al origen o condición de las personas para la asignación de derechos o prerrogativas especiales.

Para el articulado constitucional es muy relevante si el sujeto al que se le asignan derechos es indígena, mujer, discapacitado, menor de edad, adulto mayor, disidencias sexogenéricas, etc. Sin embargo, el texto del preámbulo reafirma una verdad en la que todos están bastante de acuerdo: las normas constitucionales deben ser iguales para todos los chilenos y no depender de su origen o condición. De ahí que esta cuestión, esté bien planteada en el preámbulo, pero no se condice con la realidad del borrador de nueva Constitución.

El texto aprobado por la Comisión de Preámbulo reúne elementos de plurinacionalidad, estallido social, y una mención a la igualdad entre todos que no se condice con las normas constitucionales.

En este sentido, se puede afirmar que este preámbulo, pese a tener una prosa algo más conciliadora, resulta una ilusión de moderación. Además, responde a las mismas categorías políticas del conglomerado del Gobierno del Presidente Boric (Frente Amplio y Partido Comunista). 

En cualquier caso, todavía falta que el Pleno de la Convención Constitucional apruebe en forma definitiva el preámbulo propuesto.

*René Tapia Herrera – Abogado Libertad y Desarrollo

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