Después que el pleno del Tribunal Constitucional decidió destituir a la senadora Isabel Allende (PS), la institucionalidad de Chile se vio fortalecida. La remoción surgió tras el requerimiento de diputados del Partido Republicano y de Chile Vamos, debido a la inconstitucionalidad flagrante de las acciones de la senadora en el intento de venta de su casa al Estado. La ley es clara y distinta en este punto. Como senadora no podía venderle su casa al Estado, ya que no podía celebrar contratos con éste. Como dijo Carlos Peña, en este caso triunfó de la ley por sobre la política. El Tribunal Constitucional hizo lo que debía, más allá de sus deseos personales, que frente a la ley hay que saber dejar de lado. Es importante tener en cuenta que los miembros del TC, son mayoritariamente de izquierda, por lo que es aún más valioso el fallo.
Hicieron lo que debían, lo correcto, aplicaron la ley. Ciertamente, y sin ninguna duda, la senadora faltó a la máxima ley de la República. Ella, expresamente no podía celebrar contratos con el Estado y lo hizo. No importa que diga que lo hizo “de buena fe”, no hay “buena fe” para violar la ley, menos siendo parlamentaria. “Nadie, ni siquiera el Rey está sobre la ley”. La ley se asume conocida, por lo que la “buena fe”, no cabe. El contrato se celebró aunque no hayan recibido el dinero. La falta se ejecutó y el TC falló en derecho, no desde las pasiones.
Claramente este triunfo de la ley es una esperanza en medio de la podredumbre de corrupción que hay en el país. La política ha mancillado la moral y la ley una y otra vez, por lo que esta acción del TC es un ejemplo de lo correcto por sobre lo que conviene. Esta recta acción deja en evidencia que la política, impidió la aprobación de la acusación constitucional contra la ministra Maya Fernández, por la misma causa y mismo delito. Fue una votación torcida, no correcta. Sabían que era ilegal, sabían que la Ministra había faltado a la ley y no les importó. En ese caso, triunfó la política por sobre la ley. No se hizo lo correcto, sino lo que les convenía.
Todos sabían que la acusación constitucional cumplía con todos los méritos, no la aprobaron por conveniencia política. Tras el fallo del TC queda en evidencia que muchos de los parlamentarios, parte del poder legislativo, es decir los que hacen y supuestamente defienden la ley, no les importa la ley. Se ponen a ellos mismos y sus intereses políticos por sobre el orden y la ley, por sobre el país y su institucionalidad. Es una vergüenza que sean parlamentarios y es importante que Chile y los chilenos lo sepan. Frente a la resolución del TC es esencial revisar quiénes votaron en contra de esa acusación que tenía todos los méritos. Hay responsabilidades individuales de esas personas en una falta flagrante contra la ley que juraron defender. La ministra Fernández debió ser inhabilitada por 5 años y la política de conveniencia, la salvó.
El Presidente de la República, quien con su falta de prolijidad y poca experiencia causó este problema, es el responsable final, fue él quien incitó faltar a la ley, violar la Constitución por “un gustito” personal. La ley se asume sabida, así que no hay excusa para él, ni para ninguno de los abogados que revisaron el contrato de compraventa que era abiertamente inconstitucional. Sabemos hoy, que se les alertó y siguieron con el proceso. Por tanto, es el Presidente el responsable de que la ministra de Defensa haya dejado su cargo aunque no fue inhabilitada con la acusación constitucional y es él el responsable de que la senadora Isabel Allende haya sido destituida. Hoy él escribe en X alabando la gestión anterior de la senadora, sin asumir que fue él el responsable que haya tenido que dejar su asiento en el senado de la república.
Isabel Allende, por su parte, al ser destituida declara que “la memoria del Presidente Allende permanecerá intacta. El fallo no la mancilla”. Claramente es una frase para no asumir la responsabilidad individual de ser responsable de su propia caída. No es más que una frase vacía que pretende desviar la atención al tema político y olvidar el tema legal. Ciertamente el gobierno de Gabriel Boric y la actitud de la familia Allende dañaron la línea de flotación de la memoria histórica de Salvador Allende. La falta de rigurosidad y cuidado, sumada al sentido mesiánico del que creen tener, los hizo actuar saltándose la ley y la institucionalidad, lo que les pasó la cuenta.
La vocera de gobierno, insiste en la postura de que la ley no es para ellos, planteando que “la destitución por parte del TC de una senadora democráticamente electa es un precedente grave”. Otra vez, desviar la atención de lo importante para llevarlo a lo político. Destituir a una senadora que falta a la ley y a la Constitución es “lo justo y necesario” para salvar la institucionalidad de Chile. Es extremadamente grave que la vocera de gobierno deslegitime el fallo de un tribunal de la República. En nuestro país y en democracia, existe el imperio de la ley y la igualdad ante la ley. Además, hay separación de poderes, por lo que este tipo de comentarios mancilla las instituciones y asume que la ley es para algunos, pero no para todos, ciertamente no para ellos.
Sin embargo, en relación a la semana pasada, hoy hay esperanzas, porque frente a la corrupción y el acomodo político de muchos, aún hay quienes, que a pesar de la adversidad, deciden hacer lo correcto. Hoy Chile es mejor que ayer. Los diputados que rechazaron la acusación constitucional debiesen tener vergüenza y le deben una explicación a la ciudadanía. A los chilenos, no olviden esos nombres y no voten por ellos. Esos diputados, ponen sus intereses personales e ideológicos por sobre los de Chile. Se ponen ellos por sobre los intereses de los chilenos. Se sirven a ellos mismos en vez de servir a otros. Son literalmente lo que algunos han llamado “la casta”, que vegeta y vive a costa de los ciudadanos. No estamos para mantener a quienes se sirven del Estado y mancillan la ley.

Excelente, muy clara.
Esta columna de Magdalena me hizo recordar las dos ocasiones en las que la sala tramitadora del Tribunal Constitucional no acogió mis requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 483 del Código Procesal Penal porque tres de sus cinco miembros tenían sensibilidades de izquierda y no fallaron en derecho, sino que políticamente (causas roles Tribunal Constitucional 3015-16 y 3083-16).
Dicho artículo establece: “Las disposiciones de este Código sólo se aplicarán a los hechos acaecidos con posterioridad a su entrada en vigencia” lo que constituye una atrocidad jurídica, porque al permitir la coexistencia de dos sistemas procesales penales diferentes vulnera la garantía constitucional de igualdad ante la ley y, al permitir la aplicación del sistema de procedimiento penal antiguo —inquisitivo, que no respeta las normas de un debido proceso— vulnera el derecho humano y también garantía constitucional de un debido proceso; razones por las que es total y absolutamente inconstitucional.
Al respecto, la Corte Suprema de Justicia ha señalado: “En un Estado Democrático de Derecho no resulta concebible que sus ciudadanos se encuentren sometidos a dos clases distintas de justicia”. No obstante, lo inconcebible está ocurriendo a vista y paciencia de los miembros de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y de todos los chilenos.
Este artículo fue redactado sobre la base del inciso segundo de la disposición constitucional transitoria trigésimasexta (actual octava) de la ley de reforma constitucional Nº 19.519, que estableció que las leyes propias de la reforma procesal “se aplicarán exclusivamente a los hechos acaecidos con posterioridad a la entrada en vigencia de tales disposiciones”; cuyo propósito era salvar el escollo que representaba la vulneración a la igualdad ante la ley que se producía entre unas regiones y otras durante el tiempo que tomó la implementación de la reforma del sistema procesal penal; pero cuando el nuevo sistema entró en vigor en todo el territorio nacional perdió su razón de ser (su ratio legis), devino en arbitraria y, por lo tanto, quedó derogada tácitamente.
El propio Tribunal Constitucional manifestó que “la referida disposición transitoria de la Constitución, de acuerdo a su tenor literal, debe interpretarse en el sentido que fue establecida para permitir la entrada en vigencia gradual o progresiva del nuevo sistema procesal penal» (sentencia del Tribunal Constitucional recaída en la causa Rol T.C. 2991-16-INA, de fecha 14 de marzo de 2017, considerando cuarto).
En Chile, hasta el día de hoy, se siguen abriendo juicios penales contra los militares y carabineros por supuestos hechos delictivos ocurridos hace más de cincuenta años porque los magistrados de los tribunales superiores de justicia que sustancian «causas de derechos humanos», cometiendo el delito de prevaricación, no les aplican las normas legales sobre prescripción de la acción penal.
Por otra parte, al aplicar el referido artículo 483 los ministros que sustancian causas «de derechos humanos» vulneran el principio de supremacía constitucional.
Adolfo Paúl Latorre
Abogado
Muy buena columna. Aborda un ámbito fundamental, el cumplimiento de la ley.
Sin embargo, creo que en términos comunicacionales se está dejando algo importante fuera de la discusión pública. Para mucha «gente de a pie» la senadora fue destituida «por culpa de la constitución de Pinochet». Por lo tanto es víctima de una ley injusta, y aborrecen con mas fuerza la constitución y a los «politicos oportunistas de derecha».
El punto es que no se puede dejar afuera que en esta cuestión hay un tema de SENTIDO COMÚN.
– El gobierno quería comprar la casa con plata de todos los chilenos y además con sobreprecio.
– Este dinero iba a ser recibido por funcionarias del MISMO gobierno (las Allende) con importantes ganancias. Es decir, grandes ingresos con la plata de todos nosotros.
La palabra «inconstitucional» a muchos no les dice nada. Creen que es un tema político. En una batalla cultural no se puede dejar de lado, en la discusión pública, la maniobra impresentable que hay detrás. Y todos los políticos de derecha lo han obviado.
Atte
Sergio Matte