Hay quien supone que el derecho chileno guarda silencio en materia moral. Es exactamente al revés: no para de hablar. La Constitución nombra la moral y las buenas costumbres al garantizar el ejercicio de los cultos, al fijar los límites de la libertad de enseñanza, al prohibir ciertas asociaciones y al reconocer el derecho a emprender. El Código Civil declara ilícitos el objeto y la causa contrarios a las buenas costumbres. El Código Penal conserva un párrafo entero que todavía se titula “De los ultrajes públicos a las buenas costumbres”. Y cuando llega al servicio público sube el tono en vez de bajarlo: el Estatuto Administrativo exige del funcionario una conducta “moralmente intachable” y, todavía más lejos, le manda “observar una vida social acorde con la dignidad del cargo”. No estamos ante un ordenamiento afónico, sino ante uno notablemente locuaz. Lo que ocurre es que nadie se siente ya autorizado a entender lo que dice.
La semana pasada tuvimos la prueba. Gendarmería había preguntado a la Contraloría si la venta de contenido sexual en una plataforma digital por parte de una funcionaria podía dar lugar a un sumario. La respuesta fue que eso debe ponderarse caso a caso. Antes recordó que todo funcionario tiene derecho a ejercer libremente cualquier profesión, industria, comercio u oficio conciliable con su posición. Y ahí está el detalle que nadie subrayó: esa libertad, en la Constitución que la reconoce, es el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional. Citamos con entusiasmo la mitad de la cláusula que habilita y tratamos como jeroglífico egipcio la mitad que la define. Es un modo original de leer: como quien invoca su derecho a conducir y encuentra indescifrable la parte que habla del límite de velocidad.
El síntoma está aguas arriba. Y está en un punto preciso. Todas esas cláusulas —la del culto, la de la enseñanza, la del objeto ilícito, la del emprendimiento— hablan de actos, de contratos, de actividades: cosas que se pueden juzgar sin mirar a nadie a la cara. El Estatuto Administrativo hace algo distinto. Toma el mismo vocabulario y lo apoya sobre una persona. No dice qué actividades son contrarias a las buenas costumbres; dice que hay una vida que debe estar a la altura de un cargo. Es el único lugar donde la moral del ordenamiento deja de ser un adjetivo de las conductas y pasa a ser una exigencia de alguien.
Y es exactamente ahí, ni un párrafo antes, donde la doctrina progre se sobresalta y descubre que las palabras resultan ininteligibles. No parece casual: un estándar abstracto se tolera sin dificultad; uno que mira a una persona a los ojos, no. Por ello, el progresismo alega que la “dignidad del cargo” sería una noción demasiado indeterminada para fundar reproche alguno y restringir el ejercicio de “derechos fundamentales” (como, en este caso, sería exhibir mayor desnudez a mayor precio).
Pero hay que preguntarse desde cuándo nos complica tanto la vida semejante indeterminación. Las palabras que designan conductas no nacen imprecisas: se vuelven imprecisas. Y no se desgastan solas, ni por el paso del tiempo, ni por descuido del legislador. Se desgastan por uso, como se desgastan las monedas, y quien las gasta es cada conducta que se aparta de ellas sin consecuencia. Cada vez que un funcionario hace lo que el cargo no admitía y no pasa nada, la palabra que lo prohibía pierde un poco de filo; a la décima vez ya no describe una exigencia sino una expectativa; a la centésima se ha convertido en esa clase de término que los gurús declaran, con razón, ininteligible. Adviértase el contraste con la palabra probidad: nació general —el mismo texto la define como conducta “moralmente intachable”— y, sin embargo, hoy nadie la tacha de ininteligible: tiene contornos, precedentes, criterios finos. No los tuvo siempre; se los ganó a fuerza de aplicarse. La imprecisión, por tanto, no es el punto de partida: es el sedimento de los malos ejemplos impunes. Primero dejamos de exigir, después dejamos de entender, y por último venimos a explicar que era imposible entender desde el principio.
Y lo mismo funciona al revés, que es la parte esperanzadora del asunto. Si los malos ejemplos vacían las palabras, los buenos las llenan de carne. Nadie sabe definir qué es un buen padre, y la expresión ha sobrevivido a siglos de imprecisión sin que a nadie se le ocurriera derogarla, porque cada generación conoció a alguno y con eso le bastó: la definición estaba en el comedor de la casa, sentada a la cabecera. Nadie sabe definir qué es un buen profesor —los ministerios lo han intentado con rúbricas, indicadores y estándares de desempeño, con los resultados que todos conocemos—, pero cualquiera puede nombrar en dos segundos al que le enseñó algo que todavía recuerda, y en ese nombre está toda la definición que hace falta. Con la dignidad de un cargo ocurre igual. Nadie sabe definirla; todos hemos conocido a alguien que la encarnó. El funcionario que no cobró lo que podía haber cobrado, el que trató bien a quien no podía devolverle el favor, el que hizo su trabajo con esmero un día en que nadie lo estaba mirando: ninguno de ellos redactó una definición, y sin embargo cada uno le devolvió a la expresión un gramo de contenido que ningún dictamen sabría restituirle. Los conceptos morales no se aclaran por vía de reglamento. Se aclaran por vía de personas.
La dignidad del cargo no es, por eso, una fórmula ceremonial heredada de tiempos más severos. Describe antes de mandar. Un cargo público no es un empleo con jornada y grado: es una porción de autoridad ejercida sobre personas, y su instrumento de trabajo no es una máquina ni un escritorio, sino el hombre mismo que lo ocupa. Nadie ha obedecido nunca a un uniforme. Se obedece a alguien que lo lleva, y ese alguien recibe del cargo un crédito que no ganó y le devuelve, o no le devuelve, el suyo propio. Esa es toda la mecánica: el cargo presta y el hombre paga. De ahí que la ejemplaridad no sea un deber añadido a la función pública, algo que el legislador le colgó encima por escrúpulo; es la función pública misma vista desde afuera. Quien acepta un cargo público acepta ser mirado, y no porque el legislador sea un mojigato, sino porque “público” no es un adjetivo decorativo.
Y de ahí, también, que la relación entre el servicio público y las buenas costumbres sea intrínseca y no fingida. Un servicio no puede exigir del ciudadano una conducta que no reconoce en los suyos sin quedar convertido en una oficina que reparte reglas en las que no cree. La moral, en el cargo, no es un requisito de ingreso ni un adorno del reglamento: es la materia con que está hecho. Sacarla de ahí no deja un cargo neutral.
Nada de esto se aprende leyendo reglamentos: nadie se ha vuelto valiente estudiando el reglamento del valor. La virtud se pega antes de que se enseñe; se adquiere como se adquiere un acento, por vecindad. Los ejemplos no son adorno del bien común: son su vehículo ordinario, y una comunidad sin modelos visibles no queda en blanco, queda a merced de los que sí son visibles, que hoy se producen en cantidades industriales, se bombean en los medios y no suelen distinguirse por su templanza.
Por ello, además, resulta trágico detenerse en quién hizo la pregunta a la Contraloría: la hizo el servicio encargado de custodiar y reinsertar a quienes tropezaron; el que trabaja a diario con las consecuencias acumuladas de una vida sin nadie a quien imitar. Que la duda naciera ahí no fue mojigatería: fue el olfato de una institución que sabe, por oficio, lo que cuesta la falta de ejemplos. Le respondimos que “dependía”.
Debo aquí un descargo, y no por cortesía. Quien escribe no lo hace desde el pedestal de su excelencia (mi falta de estatura no es sólo moral) sino desde el fondo del pozo de sus propios defectos. Es un mirador incómodo, pero instructivo: desde abajo se ve, con una nitidez que el pedestal no concede, para qué sirven los buenos modelos. Uno no los reclama porque le sobren; los reclama porque le faltan. Los buenos ejemplos no son un lujo de los virtuosos: son la necesidad diaria de los mediocres.
Desde ese fondo se aprecia, además, lo que los antiguos cifraron en tres palabras: corruptio optimi pessima. La corrupción de lo mejor es la peor. No porque quien cae desde más alto valga más como persona, sino porque cae desde donde se le ve, y su caída enseña, aunque él no quiera enseñar nada. Lo mejor que tiene el servicio público es precisamente esto: que en él un hombre común puede volverse, sin proponérselo y sin cobrar nada extra por ello, el modelo de persona que muchos, demasiados, nunca tuvieron. Perder eso no es perder un requisito administrativo. Es perder lo único que un cargo modesto tiene de grande.
Con todo, las normas siguen ahí, encendidas. Un faro no deja de alumbrar porque los barcos hayan dejado de mirarlo; sigue señalando la roca, y su luz es justamente lo que permite advertir que nadie corrige el rumbo. La letra que llamamos muerta no está muerta: acusa. Y acusa con una paciencia irritante, esperando que alguien vuelva a leerla en voz alta. Hemos leído la cláusula de la dignidad del cargo como un lastre, casi como una intromisión. Léase al derecho: es un cumplido, quizá el único que el ordenamiento le hace al servidor público. Da por supuesto que hay alguien cuya vida la comunidad puede mirar sin bajar los ojos. Declarar que la norma “depende” no libera a nadie: lo degrada, porque le informa, con toda la hipocresía de la técnica jurídica, que ya nadie espera nada de él.

En otras palabras mal la CGR. Quizás le hizo mal tantos reconocimientos y alabanzas por solo cumplir con su deber. Quizás hay que recordar que los Cesar victoriosos llevaban un ayudante que su única tarea era repetirle con frecuencia » Recuerda que eres humano»……….