Una férrea oposición a que los extranjeros con más de cinco años en Chile puedan votar en las elecciones presidenciales y parlamentarias es la que ha desplegado en los últimos meses el Frente Amplio (FA).

Y es que al interior del partido del Presidente Gabriel Boric existe el convencimiento de que desde 2022 en adelante, el voto de los extranjeros que vive en nuestro país -un padrón de casi 800 mil personas- ha influido en que la derecha haya ganado casi todos los procesos electorales, como el plebiscito de salida del primer proceso constitucional, la elección de constituyentes del segundo consejo y la municipal de octubre del año pasado.

“Me opongo a que los extranjeros voten para elegir al Presidente y a parlamentarios”, dijo hace unos días en La Tercera el senador Juan Ignacio Latorre, quien ha sido el principal vocero de este tema representando al FA en la Cámara Alta.

Pero la postura actual del FA ha significado un giro en 180 grados respecto de las ideas que defendían en el pasado. Esto, porque su actual candidato presidencial, Gonzalo Winter, en enero de 2020 fue el autor de un proyecto de reforma constitucional que buscaba garantizar que los extranjeros no nacionalizados pudieran votar en el plebiscito de entrada del proceso constituyente y que establecía que incluso estas personas podían ser candidatos para la convención.

El contenido del proyecto

El proyecto ingresado por Winter y la diputada Gael Yeomans el 8 de enero de 2020, a menos de tres meses del estallido que gatilló el proceso constitucional, buscaba modificar el artículo 130 de la carta fundamental referido al plebiscito de entrada.

«Reemplácese (…) en la frase ‘la ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorales’, la palabra ‘ciudadanía’ por la frase ‘todas y todos aquellos habilitados para votar de acuerdo a la legislación vigente'», se señalaba en la moción.

Winter solicitó además la inclusión de una nueva disposición transitoria en la Constitución, redactada en estos términos: «Las personas extranjeras habilitadas para sufragar en el plebiscito regulado en el artículo 130 de esta carta fundamental, podrán además ser candidatas y candidatos al órgano constituyente encargado de redactar la nueva Constitución, en caso que de aprobarse en el Plebiscito del 26 de abril al que se refiere este mismo artículo».

El argumento para que los extranjeros votaran en el plebiscito: «Nuestro país tiene una deuda histórica con la población migrante»

En la moción presentada hace cinco años por el hoy candidato presidencial del FA, el diputado argumentaba, en favor de que los extranjeros pudieran votar en el plebiscito, que era necesario modificar la Constitución, «uno de los bastiones del antiguo régimen político» (…), «dictada en un contexto autoritario, y cuando nuestro país no era destino de numerosos extranjeros en busca de oportunidades como lo es hoy».

«Nuestro país tiene una deuda histórica con la población migrante (…). De esta forma, la inclusión de extranjeros que cumplan con los requisitos para participar de los comicios, representa un primer paso en saldar esta deuda pendiente e iniciar un proceso de transformaciones institucionales que se hagan cargo de la situación migrante con una perspectiva de derechos humanos, acomodada a la realidad del Chile actual y los flujos migratorios globales», señaló Winter en la moción.

En ese momento Winter igualaba a nacionales y extranjeros avecinados en el país dentro de un solo «pueblo movilizado» que pedía «transformaciones».

«Esta discusión se inserta en un contexto de movilización social donde la exigencia de la gran mayoría de la población, es la de participar activamente de sus procesos sociales y políticos para asegurar, precisamente, la dignidad y el respeto a sus derechos. La convicción de que grandes cambios estructurales, como la reforma constitucional, son necesarios para producir las transformaciones exigidas por el pueblo movilizado, es compartida transversalmente por la gran mayoría de la ciudadanía, integrada como bien señaló la comisión técnica, por nacionales y extranjeros avecindados en el país y que cumplan con los requisitos que exige la legislación vigente», señaló en el documento.

El Servel, que originalmente no había incluido a los migrantes habilitados para votar en el padrón que se ocuparía para el el plebiscito de entrada, finalmente los incorporó.

Winter también apoyó que los extranjeros pudieran patrocinar candidaturas a la Convención

En sus redes sociales, el diputado también abogó por la posibilidad de que los migrantes que ya habían sido incorporados para poder participar en el plebiscito, que para entonces ya se había realizado, pudieran ahora firmar respaldando a quienes aspiraran inscribirse a candidatos para la Convención.

Winter retuiteó en diciembre de 2020 un comunicado de la Red Nacional de Organizaciones Migrantes y Promigrantes de Chile, en el que pedían que los extranjeros habilitados para votar pudieran patrocinar con sus firmas dichas candidaturas.

Latorre en 2025 sobre cuáles migrantes deben poder votar en las presidenciales: «Solo aquellos que se han nacionalizado chilenos»

El senador Juan Ignacio Latorre ha sido la principal figura del viraje del FA en cuanto a la defensa del voto de los extranjeros.

En 2020, cuando se debatía la Ley de Migración, el parlamentario defendió con éxito que los extranjeros con cinco años con residencia temporal pudieran votar, en lugar de que se les exigiera que los cinco años fuesen con visa definitiva. Ahora, cinco años más tarde, es enfático en que se debe dejar afuera del padrón electoral a los migrantes que no se hayan nacionalizado. Es decir, en su criterio, solo los chilenos, sea por nacimiento o por nacionalización, deben participar en las presidenciales y las parlamentarias.

La afirmación del parlamentario fue contundente. «Yo creo que la cuestión de fondo es decir: (para) presidente de la República no deben votar las personas extranjeras que viven en nuestro país, (aunque) lleven 10 años, 15 años. Solo aquellos que se han nacionalizado chilenos», dijo a principios de este mes en entrevista ofrecida en CNN Radio, a propósito de la discusión de la reforma del sistema político.

«En los países lo que normalmente ocurre -o sea, Chile es una excepción que no ocurre en ninguna parte del mundo- es prohibir expresamente que los extranjeros que viven en un determinado país elijan al Presidente de la República», sostuvo.

Latorre admitió el cambio de criterio. «Lamentablemente, y creo que ha sido un error de todo el sistema político, me incluyo en eso como senador, también el gobierno y la oposición, que hemos estado como legislando para cada elección cómo se aterriza esto del voto obligatorio«, dijo.

Lo que establece la legislación sobre los cinco años de «avecinamiento» para que un extranjero vote en Chile

La Constitución establece cuándo pueden los migrantes votar en Chile. En el artículo 14 se establece que «los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, y que cumplan con los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 13, podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley». Estos requisitos consisten en que se trate de personas mayores de 18 años de edad, que no hayan sido condenados a penas aflictivas, es decir, penas como presidio o extrañamiento.

En cuanto a la ley que rige la materia, la de Migración y Extranjería, el artículo 174 de esta norma, referido al avecindamiento, establece que «para efectos de ejercer el derecho de sufragio de acuerdo a lo señalado por el artículo 14 de la Constitución Política de la República, el avecindamiento se contabilizará desde que el extranjero obtiene un permiso de residencia temporal».

El Servel ha indicado en ese sentido que «los extranjeros son incorporados al Registro Electoral y, por tanto, al padrón de electores de una determinada elección. Esto ocurre en base a la información que periódicamente entrega al Servicio Electoral el Servicio Nacional de Migraciones (antes Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior), respecto de los extranjeros que han cumplido los cinco años de avecindamiento en el país».

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