El proceso de consulta indígena iniciado el pasado 22 de mayo ha sido accidentado, aunque todavía no se supera la primera de sus etapas, que consiste en la entrega de información “preliminar” y el acuerdo de una metodología para las fases a continuación, prevista hasta el 28 de junio.

Consta de 11 puntos medulares, pero es en torno a uno de ellos que se han creado más matrices de opinión. El punto número 4 indica: “Permitir la venta de tierras indígenas, entre indígenas, a partir de los cinco años contados desde su entrega”. Lo que no incluye venta a personas no indígenas.

Sin embargo, un documento leído por un dirigente indígena durante uno de los 132 talleres planificados para la consulta en Pica, Región de Tarapacá, ilustra cómo ha sido interpretada esta disposición:  “La consulta indígena y el supuesto acuerdo nacional de las once medidas solo busca desproteger las tierras indígenas y con ello se menoscaba la Ley N° 19.253, en cuanto al reconocimiento y protección de las tierras indígenas y se contraviene su espíritu, obrando el Gobierno de Chile de mala fe, ya que por esta vía se incentiva la venta, arriendo o permuta de tierras en favor de intereses económicos y de mercado. Lo que conlleva a la fragmentación de las comunidades indígenas hasta hacerlas desaparecer. Siendo este el verdadero motivo para modificar la Ley Indígena, es decir satisfacer los intereses del empresariado”.

La argumentación difiere de la explicación gubernamental, la cual no pudo ser planteada durante la reunión celebrada en Pica el 3 de junio, ya que a la persona encargada de llevar adelante la actividad de la Unidad de Asuntos Indígenas del Ministerio de Desarrollo Social, en más de 45 minutos de reunión no se le permitió el derecho de palabra. La consigna de los asistentes era “¡No a la consulta!” con la que interrumpían incluso a aquellos de la misma comunidad que solicitaban que la representante ministerial pudiera explicar el origen de la actividad.

En la página web http://consultaindigena2019.gob.cl/ se explica que, por ejemplo, el punto 4 tiene por objeto “disminuir de 25 a 5 años el plazo de la prohibición de enajenar entre indígenas que hoy establece la Ley Indígena para tierras adquiridas con fondos de Conadi”, y aclaran que “tanto las personas como las comunidades indígenas podrán transferir solo a otras personas del mismo pueblo, en un plazo sustancialmente menor si así lo desean”.

Lo sucedido en Pica no es aislado ni fortuito. Pocos días antes de que comenzara el proceso comenzó a circular en redes sociales como Facebook, a través de cadenas de Whatsapp y por correo electrónico la “Guía para los pueblos indígenas ante la consulta que modificación (sic) Ley 19.253”.

Allí se dice que se trata de una consulta “peligrosa”, pues al desproteger las tierras “en una generación más no habrá tierras ni territorios indígenas, pasará todo a manos de los empresarios y el sector privado”. En este sentido, llaman a manifestar abiertamente el rechazo en torno a la propuesta y establecen tácticas y estrategias para hacerlo.

En las “tácticas” exponen cómo debe manifestarse ese rechazo: hablando permanentemente en las reuniones, interrumpiendo, “de modo que sean los indígenas los que controlan la reunión y no los del gobierno”.

También sugieren definir previamente quiénes serán las personas que van a hablar y en qué orden, los cuales deben ubicarse en distintos lugares de la sala, no agrupados en un solo lugar. “Así tienen el control de todo el local”. Otra de las formas de protesta planteada es “use los papeles que le entregan para protestar destruyéndolos de cualquier manera, haga un video con esa protesta y difúndala en los medios y en las redes sociales como facebook, twitter y youtube”. Invitan a que antes de las reuniones se contacte a un periodista local o regional y se le envíe el video de las protestas en rechazo a la actividad.

La posibilidad de venta de tierras a personas no mapuche ha sido señalada por diversas comunidades y organizaciones indígenas como una de las principales noticias falsas que han surgido en torno a la consulta. El subsecretario de Servicios Sociales, Sebastián Villarreal, declaró el 31 de mayo que la consulta se sustenta en dos principios: “La tierra indígena es y seguirá siendo indígena, y el respeto irrestricto al Convenio 169 que determina que todo proceso de Consulta Indígena debe realizarse con información previa, de buena fe y con flexibilidad”.

Instrucciones de cara a la consulta

Como un guión, la información del ministerio tiene respuesta en la Guía para los pueblos indígenas ante la consulta. “¿Como fundamentar nuestro rechazo a la consulta de modificación a la ley?”, se preguntan en el documento. Y responden: “Diciendo al gobierno que ningún pueblo indígena a (sic) pedido que se modifique la ley indígena, que es un asunto que beneficia al gobierno y a los empresarios de ahí el interés de las autoridades”, decir también que no existe un acuerdo nacional sobre la consulta y argumentar con ella se retrocede a los tiempos de la dictadura militar, cuando dictaron el Decreto Ley 2.568 “para dividir y liquidar las comunidades indígenas”.

También instruyen manifestar de forma explícita: “No queremos la modificación a la Ley Indígena y no queremos que se haga esta consulta indígena”, de lo cual hay que asegurarse que quede asentado en el acta de la reunión, que servirá luego como sustento para implementar recursos de protección ante la justicia e instancias internacionales. En esta línea, también hay pasos a seguir sobre si firmar o no la lista de asistencia y las actas.

“Solo los que van a presentar el recurso de protección deben firmar”, del resto, escriben en mayúsculas sostenidas, “no hay que firmar nada”.

El manual debe repetirse en cada reunión, pues “hay que seguir participando, pero con la intención de no llegar a acuerdo”. El texto dice que si se deja de asistir “se deja el camino libre al gobierno y al pequeño grupo de indígenas que los apoya para hacer de las suyas”.

“Qué se gana con lo anterior? Se cambia el foco de discusión de la consulta y se transforma en un hecho político favorable a los pueblos indígenas”.

La consulta indígena apenas comienza y se debería prolongar hasta diciembre, de acuerdo con el cronograma estatal: 1) planificación, del 22 de mayo al 28 de junio; 2) entrega de información, del 1 de julio al 5 de agosto; 3) deliberación interna, del 6 de agosto al 10 de septiembre (etapa donde no participan funcionarios públicos); 4) diálogo, del 21 de octubre al 26 de noviembre, y 5) sistematización de los resultados y término del proceso, previsto para el 17 de diciembre.

Los otros puntos que el gobierno espera discutir en la agenda son: posibilitar a las comunidades indígenas recibir o generar títulos individuales de dominio; permitir que el derecho real de uso y derecho real de goce puedan constituirse en título individual de dominio; eliminar la restricción de subdivisión mínima de 3 hectáreas, aplicándose las reglas generales de subdivisión; reglamentar el mecanismo de permuta de tierras indígenas para clarificar y precisar sus condiciones; permitir la realización de contratos de arriendos, comodatos o medierías en tierras indígenas por un plazo de hasta 25 años; permitir mecanismos alternativos y voluntarios de reparación a los problemas de tierras indígenas; permitir el acceso a beneficios asociados a la calidad indígena solamente a personas con calidad indígena adquiridas por el artículo 2° letras a) y b) de ley indígena; mayores requisitos para la constitución de nuevas comunidades indígenas; permitir que las asociaciones indígenas puedan ser constituidas por un mínimo de 2 integrantes; y permitir que las asociaciones indígenas puedan postular al fondo de desarrollo indígena.

Las instrucciones para manifestar el rechazo a la consulta indígena están disponibles en el perfil de Facebook de figuras como el abogado Lautaro Loncon, quien fue funcionario del Ministerio de Desarrollo Social, durante la Presidencia de Michelle Bachelet. Loncon era el Coordinador Nacional de la consulta indígena para someter a decisión la existencia del Consejo de Pueblos Indígenas y el Ministerio de Asuntos Indígenas. Información publicada por El Desconcierto en 2014 indica que en esa oportunidad hubo un recurso de protección en su contra por “inducir a las personas de las comunidades mapuche para conseguir la aprobación de dicha consulta” en el proceso llevado a cabo en Nueva Imperial. El portal también dice que tuvo responsabilidad en la firma de una lista de ingreso “que más tarde fue utilizada como acta de aprobación de la consulta celebrada”. Más tarde esa consulta fue calificado como un “fracaso.

Los diputados Hugo Gutiérrez, del Partido Comunista, y Emilia Nuyado, del Partido Socialista, también han manifestado su rechazo a la consulta indígena. Gutiérrez escribió en un tuit que “solo favorece a los empresarios y particulares no indígenas para adquirir tierras que tienen la calidad de indígenas”. Nuyado, por su lado, escribió: “no podemos aceptar que nos vengan a imponer sus temas, el pueblo mapuche se respeta!!!”

El PPD, a través de su Vicepresidencia Nacional de Pueblos Indígenas, emitió un comunicado en el que dicen que la consulta «afectan los derechos conquistados por los pueblos indígenas (…). Hoy se busca nuevamente, como en el primer gobierno del Presidente Piñera, afectar tales derechos reduciéndolos a un mero objeto transable en el mercado». Mientras las Comisiones de Pueblos Originarios de los partidos Comunista, Progresista y Frente Regionalista Verde Social también han rechazado la propuesta al considerar que se afecta la la propiedad de la tierra, las formas de organización y el derecho a la identidad.

“Se trata de grupos ideológicos y políticos de oposición que no nos dejan libertad de opinar”

La Ley N° 19.253, conocida como Ley Indígena, es un instrumento promulgado en 1993 y que no ha sido modificado en 26 años. En ese tiempo distintas comunidades indígenas han reclamado por las restricciones que pone la norma para las tierras entregadas por la Conadi. Se trata de alrededor de 250.000 hectáreas que no pueden ser enajenadas, embargadas, gravadas, ni adquiridas por prescripción. Además, al tratarse de una propiedad colectiva, cualquier decisión debe contar con la aprobación de 100% de los socios de la comunidad. Tampoco tienen acceso a la banca, ni se pueden asociar con empresarios, otras comunidades o entes públicos.

La tierra tampoco se convierte en patrimonio familiar. El derecho real de uso no es hereditario. Si la persona que lo ostenta fallece este pasa a su cónyuge, pero si el que sobrevivía también fallece, no va a los hijos; sino que el sitio regresa a la comunidad.

La Fundación Rakizuam, centro de política mapuche, emitió el documento “10 razones para  actualizar la Ley Indígena 19.253”. Allí señalan: “La Araucanía posee una población de 314.000 habitantes que se autoidentifican como mapuche, a lo menos un tercio de esa población es rural y, mantiene o presentará problemas hereditarios, toda vez que el artículo 17 establece una prohibición de subdivisión. Esto quiere decir que unas 100.000 familias prácticamente no pueden proceder a la partición o división del predio que han recibido como herencia”.

En consecuencia, las disposiciones de la ley restringen ciertos derechos de propiedad que sí tienen el resto de los chilenos, como el derecho a la libre disposición, a tener un título individual, a arrendar la tierra, o hipotecarla en el banco.

Hugo Alcamán, presidente de la Corporación Mapuche Enama, entrega su opinión: “Yo vivo en mi reducción de origen. En el campo. Soy fundador de mi comunidad y vivo la realidad de la Ley Indígena. Se dice que el gobierno no consultó, cuando el ministro Alfredo Moreno estuvo durante un año viajando todos los meses a La Araucanía. Se trata de grupos ideológicos y políticos de oposición que no nos dejan libertad de opinar. Van a la consulta, se toman el espacio, y no les interesa el bien de los pueblos originarios sino hacer oposición al gobierno en todo y nos usan como bandera de lucha y eso es repudiable. No me permiten mi libertad de decisión y eso es absolutamente antidemocrático”.

Ejemplifica con la posibilidad de arrendar la tierras. “En la comunidad tenemos a personas ancianas, que se encuentran postradas y no pueden trabajar su terreno, son ocho hectáreas. Si la arrienda mejora su calidad de vida. Eso no se lo va a arrendar un gran empresario. Es para sobrevivir”.

Guía que circula entre los pueblos indígenas para actuar en contra de la consulta: 

Guía para los pueblos indígenas ante la consulta que modifica la Ley 19.253 by El Libero on Scribd