Porque en sus primeras semanas gozará de una alta legitimidad social y política, la Convención Constitucional intentará ampliar sus espacios de poder y el alcance de su mandato. Para hacerlo, buscará relativizar la condición de mayoría de dos tercios que se estableció en el acuerdo político que inició el proceso constituyente. Dado que ni el impopular Ejecutivo ni el desprestigiado Congreso gozan de la misma legitimidad popular, resultará difícil para las instituciones que simbolizan el viejo régimen frenar la rápida pero no sorpresiva toma de poder que está llevando a cabo la Convención.

Cuando la clase política acordó iniciar un proceso constituyente, muchos ilusamente pensaron que el acuerdo alcanzado por los partidos de gobierno y oposición para dar una salida a la crisis producida por el estallido social constituiría una camisa de fuerza efectiva que limitaría el poder de la convención constitucional. Otros, también sin mucho fundamento, anticiparon que la condición de mayoría de 2/3 que se estableció para acordar las reglas del proceso constituyente induciría a la redacción de una constitución minimalista. Considerando que todas las constituciones que se han redactado en América Latina en las últimas 40 décadas han sido más largas que las que estaban vigentes en los respectivos países —incluida la de Bolivia, donde también existió la condición de mayoría de 2/3 para lograr acuerdos— resulta difícil entender por qué algunos pensaban que el caso de Chile sería excepcional.

A menos de una semana que se inició el trabajo de la Convención Constitucional, las expectativas de que las deliberaciones del grupo de 155 personas se caracterizarían por la voluntad de diálogo y la disposición a llegar a acuerdos amplios que pudieran representarlos a todos se desvanecen rápidamente. Con una mayoría clara, la izquierda más radical sabe que puede imponer su voluntad. Es cierto que esa mayoría de izquierdistas radicales no alcanza la barrera de los dos tercios, pero la Convención, en su primera votación sobre reglas, ya optó por hacer valer la mayoría simple. La votación para aumentar el número de miembros de la mesa, tomada a mano alzada, se validó solo con la mayoría de los miembros. Alegando que esa decisión no tiene que ver con las reglas de funcionamiento —un argumento bastante antojadizo— la Convención ya estableció el precedente de que algunas votaciones no necesitan ser aprobadas por una mayoría de dos tercios.

Por su parte, la voluntad de la presidenta y vicepresidente de la mesa de priorizar el debate sobre la libertad de los llamados presos políticos del movimiento social muestra que la Convención está decidida a discutir cuestiones que no tienen que ver con el contenido de la nueva Constitución. Es más, parece razonable anticipar que el debate sobre la libertad de las personas que están detenidas producto de su supuesta (en el caso de aquellos que no han sido sometidos a juicio) o comprobada participación en actos ilegales en los días y semanas posteriores al 18 de octubre eventualmente se extenderá también a otras personas que reclaman la condición de presos políticos, como activistas de la causa mapuche y, potencialmente, activistas de causas medioambientalistas.

El enorme apoyo popular a la opción Apruebo en el plebiscito de entrada de octubre de 2020 constituyó una herida mortal al orden institucional basado en la constitución de 1980. La percepción prevalente en Chile es que nace un nuevo orden constitucional. Eso mismo hace que las instituciones asociadas al viejo régimen carezcan de la legitimidad necesaria para intentar frenar las acciones y la voluntad refundacional de la convención constituyente.

En las próximas semanas, la influencia de la Convención alcanzará incluso a la campaña presidencial. Si los candidatos presidenciales se atreven a contradecirla, amenazará con quitarle poderes y atribuciones al Ejecutivo en la redacción del nuevo texto. Si el presidente electo a fines de año es de un color ideológico distinto al de la Convención, ésta pudiera hacer efectiva la amenaza de reducir los poderes del Ejecutivo en el nuevo texto. Incluso, en caso de confrontación abierta, la Convención pudiera establecer nuevas elecciones presidenciales y legislativas cuando entre en vigencia el nuevo texto.

Ahora bien, si la Convención se radicaliza demasiado y el texto de la nueva Constitución es demasiado refundacional, el electorado pudiera eventualmente votar Rechazo en el plebiscito de salida (aunque las promesas de mejores pensiones y más derechos sociales llevarán a muchos a apoyar al nuevo texto).

Con todo, en los pocos días que lleva en funcionamiento va quedando claro que una mayoría de sus miembros está decidida a deshacerse de la camisa de fuerza que representa el acuerdo que sancionó el inicio del proceso constituyente. Con lo debilitada y desacreditadas que están las instituciones, por el momento no hay nadie que pueda ponerle freno a la toma de poder que está llevando a cabo la Constituyente.

Sociólogo, cientista político y académico UDP.

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