La agenda indigenista finalmente se tomó la Convención Constitucional. Sus promotores fueron más eficaces que quienes promovieron una carta ecológica, la que se malogró en el último pleno. Las mayorías radicales que hegemonizan la Convención optaron por el camino del sectarismo y los privilegios, lejos del propósito del mandato que se les otorgó. La propuesta define a Chile como un Estado plurinacional. En concreto, ello trae consigo el reconocimiento de derechos colectivos para once pueblos originarios, libre determinación, autonomía y autogobierno, así como también territorios y jurisdicciones propias.

Una de las manifestaciones principales de la plurinacionalidad es la consagración del pluralismo jurídico.Implica que el Estado reconoce los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas, los que coexistirán en un plano de igualdad con el llamado Sistema Nacional de Justicia, es decir, la justicia aplicable a los chilenos que no se reconocen indígenas. Esta máxima pone en jaque la igualdad ante la ley porque no reconoce ningún límite a la aplicación de esos sistemas de justicia vernáculos. En la experiencia comparada solo se aplican a conflictos entre miembros de un mismo pueblo originario o a hechos ocurridos al interior de sus propios territorios (usualmente llamados reservaciones). Los chilenos no indígenas quedarán eventualmente sujetos a sistemas normativos -basados en las costumbres y tradiciones de diferentes etnias- que son desconocidos para la gran mayoría de la población.

Por si fuera poco, los tribunales deberán incorporar una “perspectiva intercultural” en sus fallos, atendiendo a las particularidades de cada pueblo autóctono. Esto nos llevará a la aplicación de normas y criterios dispares para juzgar y sancionar a chilenos indígenas y no indígenas, convirtiendo a la nueva Constitución en un texto que opta por el separatismo, distinguiendo entre los chilenos en atención a su origen étnico. 

La propuesta de nueva Constitución consagra, además, la creación de escaños reservados para pueblos indígenas en los órganos colegiados de representación popular a nivel nacional, regional y local. Al preferir que el número de escaños reservados se determine en base a la proporción de población indígena respecto del total de habitantes del territorio y no en base a los votos que efectivamente estos grupos obtienen se afecta gravemente la igualdad del voto. En efecto, el voto de quienes estén inscritos en el padrón electoral indígena valdrá muchísimo más que el del resto de los chilenos. Considérese que en la elección de constituyentes solo un 22% del padrón indígena votó por representantes étnicos, mientras el otro 78% decidió votar por candidatos no indígenas. Esto provocó que Margarita Vargas (Kawashkar) y Lidia González (Yagán) necesitaran solamente 95 y 61 votos respectivamente para ser elegidas constituyentes en escaños reservados para indígenas. }

Esto nos lleva a una sobre representación completamente desproporcionada -y ya manifestada en la Convención- que afectará severamente los principios de la democracia representativa. Debe tenerse en cuenta que otros países que han adoptado modelos similares tienen una población indígena muchísimo más voluminosa. Por ejemplo, en Bolivia es de un 62% y en Ecuador es de un 42%, mientras que en Chile solo alcanza a un 12,4% (Censo, 2017).

Otro sesgo indigenista de la propuesta de nueva Constitución es que establece autonomías territoriales indígenas donde se les reconoce autonomía política, administrativa y financiera. Surge la duda inmediata de cuáles serán las extensiones de tierras que ocuparán estos territorios, lo que puede afectar a regiones y comunas, total o parcialmente, superponiendo competencias, por ejemplo, con los gobiernos regionales y municipalidades. Pero más grave aún, ¿qué pasará si la Coordinadora Arauco Malleco -que ha llamado a la resistencia armada en contra del Estado- decide constituir una autonomía territorial indígena? ¿O si lo mismo pretende la inescrutable e impenetrable comunidad de Temucuicui? 

Finalmente, la propuesta constitucional proporciona una protección especial a las tierras de los pueblos originarios y establece que la restitución será el mecanismo preferente de reparación frente a sus demandas, correspondiendo al Estado la demarcación de esos territorios. El problema es que prácticamente en todo el territorio nacional pueden plantearse reivindicaciones de tierras ancestrales. Esto se acentúa si se considera que se ha propuesto una norma transitoria que establece una Comisión Territorial Indígena, compuesta mayoritariamente por personas indígenas, encargada del catastro, demarcación y restitución de esos territorios, y que además el nuevo texto constitucional fija un estatuto de expropiación que entrega escasa certeza a quienes son expropiados.

Esto puede perjudicar notoriamente a los chilenos no indígenas en eventuales conflictos por tierras. Por otra parte, la propuesta constitucional reconoce los usos tradicionales de las aguas que estén en los territorios indígenas y asigna al Estado el cumplimiento de un deber especial de protección de estos usos tradicionales, estableciéndose así una discriminación basada en la etnia, pues los chilenos no indígenas no tendrán una protección especial para usar el agua, por el contrario, ya no se otorgarán más derechos de aprovechamiento sino que precarias y revocables autorizaciones administrativas para usar el agua. 

En suma, la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y la democracia representativa estarán en riesgo si se aprueba el texto propuesto por la Convención Constitucional, frustrando de paso el objetivo de lograr una convivencia pacífica entre las diversas etnias y culturas que conviven en nuestro país.

No cabe duda que muchos problemas denunciados por las comunidades indígenas merecen reconocimiento y solución, pero la plurinacionalidad estampada en el borrador constitucional no busca reconocimiento, sino privilegios. Por eso, dicha vía no hará más que acentuar el desencuentro y la división en un país que requiere más que nunca abrazar los símbolos y valores que unen a los chilenos.

*Jorge Jaraquemada – Director ejecutivo Fundación Jaime Guzmán

Director ejecutivo Fundación Jaime Guzmán

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