La Corte de Apelaciones de Rancagua revocó la resolución del Tribunal de Garantía que había negado la rebaja de medidas cautelares a Natalia Compagnon, nuera de la Presidenta Bachelet, lo que le permitirá viajar a los Estados Unidos, dado que esas medidas incluían el arraigo nacional.

Son varios los ángulos desde los que se puede analizar esta información. Uno de ellos es el de la independencia de los tribunales frente al poder político. Otro, que en este caso podría actuar en dirección contraria al anterior, es el de la potestad de los tribunales de justicia frente a la actuación de las fiscalías del Ministerio Público. Como sabemos, el nuevo sistema procesal penal separa la función de investigar un delito, tarea que cae en las fiscalías, de la de juzgar a los eventuales culpables de ese delito, que recae en los tribunales de garantía.

Como ha quedado en evidencia en casos de alta connotación pública relacionados con el financiamiento irregular de la política, las fiscalías se han erigido como verdaderos jueces en la plaza pública, que persiguen a personas por la supuesta comisión de delitos. Procedimientos  que son  instancias de garantía para los inculpados, como las audiencias de formalización, han derivado en la práctica, por acción de fiscales y los medios de comunicación, en algo completamente contrario al propósito que les señala  la ley, pues se transforman en una suerte de pre juicio, luego del cual quienes son formalizados adquieren una categoría de parias sociales frente a la opinión pública.

Grandes responsables de esta situación han sido los fiscales que se limitan a actuar como partes en un juicio, ignorando que integran el Ministerio Público —y por lo tanto un órgano estatal — y que por ende debieran observar una actitud conducente al esclarecimiento de la verdad, que incluye por supuesto escuchar y ponderar de buena fe  los argumentos y antecedentes de la defensa de los inculpados. Entre estas prácticas abusivas está la reiteración de una tendencia que tenía el antiguo proceso penal y se suponía se iba a corregir, que no es otra que considerar las medidas cautelares como un cumplimiento anticipado de la pena; o lo que es peor, utilizarlas como medidas de presión para lograr la confesión de los inculpados.

Aliadas formidables para conducir los procesos de esta manera indebida y que atropella las garantías del debido proceso han sido las filtraciones de antecedentes de la investigación a la prensa. Las filtraciones constituyen delitos y deben también investigarse y sancionarse.

Hay una tarea pendiente en el Ministerio Público en orden a erradicar estos vicios del proceso en los casos de financiamiento de la política. Recordemos que en la legislación aplicable a estos casos no está tipificado un delito, de modo que las fiscalías han debido recurrir a otros delitos, como el tributario, para lograr sanciones para los autores. En ese afán, ha faltado prolijidad, y se han aplicado criterios dispares a distintos casos tanto por el Servicio de Impuestos Internos como por las fiscalías. En fin, queda una inmensa tarea para el Ministerio Público.

Pero hay también otro fenómeno que ha rodeado estos casos y que ha contribuido a la sensación de arbitrariedad de las decisiones judiciales. Los tribunales de garantía han aparecido como los parientes pobres del proceso penal.

En efecto, el protagonismo mediático de los fiscales y la falta de comprensión de la mayoría de ellos acerca de los roles que cumplen las distintas instituciones presentes en el proceso penal han llevado a que la labor de los tribunales de garantía pase prácticamente inadvertida y que sean vistos como verdaderos buzones de las virtuales “resoluciones” que tomarían las fiscalías. Esto es inaceptable desde el punto de vista de las potestades del Poder Judicial. Son los tribunales de justicia los llamados a impartir justicia en Chile.

Desde este punto de vista, la reciente resolución de la Corte de Apelaciones en el caso del arraigo a Natalia Compagnon viene a poner las cosas en su lugar. Independientemente del mérito de la resolución, sobre el cual no nos pronunciamos por carecer de antecedentes, la corte ha actuado conforme a sus atribuciones y no cabe reproche al respecto.

Excepto, y a ello nos referíamos al iniciar estas líneas, que sea éste un comportamiento completamente excepcional, que para el común de los chilenos no cambia todos los problemas de falta de garantías en los procesos que denunciábamos más arriba. Si su calidad de nuera de la Presidenta Bachelet y la comparecencia a tribunales de su esposo Sebastián Dávalos es lo que ha permitido a Natalia Compagnon obtener esta resolución favorable de la corte, estamos ante un problema mayor.

Sólo el comportamiento futuro de los Tribunales de Justicia permitirá dilucidar esta interrogante.

 

Luis Larraín, #ForoLíbero

 

 

FOTO: RENE MERIÑO/AGENCIAUNO

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