El Consejo Constitucional comenzará a votar las enmiendas presentadas al anteproyecto de la Comisión Experta. Esta es la fase en que corresponde adoptar las decisiones que darán forma al proyecto de Constitución que debe ser sometido a la aprobación o rechazo de la ciudadanía en el plebiscito a celebrarse el próximo diciembre.
No han faltado voces que minimizan la tarea del Consejo e intentan reducir su protagonismo en el proceso constituyente, el cual, no hay que olvidarlo, fue diseñado por el Congreso Nacional después del rechazo del proyecto de Constitución aprobado por la Convención Constitucional.
Pudo, el Congreso, no abrir un nuevo proceso constituyente, situación en que en ejercicio de sus atribuciones quedaba en sus manos introducir las reformas que considerara convenientes a la Constitución vigente, o incluso, elaborar un nuevo texto, pero no lo hizo.
En cambio, la mayoría -no la totalidad- de los partidos políticos con presencia parlamentaria, diseñaron un sistema peculiar que conviene recordar. Fijaron en doce bases constitucionales las decisiones políticas fundamentales que primero la Comisión Experta, y luego el Consejo Constitucional, deben respetar, y también, lo que es un dato no menor, la Cámara de Diputados y el Senado eligieron los veinticuatro integrantes de la Comisión Experta, elección que, como era previsible, reflejó el peso de los partidos políticos en una y otra Cámara.
Llegó, sin embargo, el momento en que la ciudadanía debió elegir los integrantes del Consejo Constitucional y ocurrió algo que, seguramente, los parlamentarios no previeron. Partidos políticos como la Democracia Cristiana, el Partido por la Democracia y el Partido Radical, no eligieron ni un solo consejero en todo el país, y a su vez el Partido Republicano que tuvo una presencia mínima entre los expertos, eligió el mayor número de consejeros, los que, unidos a los que eligiera Chile Vamos -la coalición de centroderecha-, les permitiría aprobar el texto constitucional que prefirieran sin tener en cuenta a la minoría del Consejo.
Conozco a algunos consejeros y confío que no lo harán. Y ello ocurre, además, porque tal actitud arriesga el rechazo del proyecto de Constitución en el plebiscito de diciembre, y además impediría la formación de un consenso mínimo sin el cual no puede lograrse la estabilidad constitucional que todo país requiere.
Esta necesaria prudencia del Consejo Constitucional no significa, por cierto, que no pueda introducir modificaciones al anteproyecto de la Comisión Experta, o que los cambios admisibles necesariamente han de ser irrelevantes. El límite está fijado por las doce bases constitucionales, pero dentro del ámbito que ellas permiten el Consejo es competente para introducir las modificaciones que considere necesarias al anteproyecto, el cual, en más de algún punto, es perfectible.
Desde el momento, entonces, que el itinerario adoptado por el Congreso para elaborar un nuevo texto constitucional contempló la existencia de un órgano elegido por la ciudadanía -el Consejo Constitucional- con atribuciones decisorias, es contradictorio pretender ahora que no pueda hacerlo. Si tal hubiera sido el propósito de los parlamentarios que diseñaron el proceso en que estamos inmersos, no debieron crearlo y someter, en cambio, la propuesta de los expertos directamente a la ciudadanía. No fue tal su decisión, por lo que ahora el protagonismo corresponde al Consejo Constitucional.