La ministra Vallejo descartó una tercera vía –además del Apruebo o el Rechazo contemplado en la actual Constitución– para el plebiscito de salida. “No está sobre la mesa por parte del gobierno”, afirmó, agregando que “nos interesa que este proceso constituyente tenga certeza jurídica”. Pero hay buenas razones para que el gobierno proponga una modificación del artículo 142 de la Constitución, la disposición que regula esta materia, sin que ello implique una tercera vía, manteniendo la “opción binaria” (Fernando Atria dixit) que algunos parecen valorar como parte del proceso constitucional.

De acuerdo al citado artículo, el electorado deberá elegir entre la continuidad de la Constitución que nos rige y la nueva que propondrá la Convención. Esta opción binaria es notablemente insatisfactoria, puesto que en los hechos el electorado ya se pronunció en el plebiscito de noviembre de 2020, por un amplio margen, en contra de la vigencia de la actual Constitución. El espíritu del plebiscito ratificatorio (es el adjetivo que usa el artículo 142) es la ratificación, valga la redundancia, de la propuesta de la Convención y no la continuidad y vigencia de la que nos rige en caso de ser rechazada, mucho menos cuando ahora sabemos que una contundente mayoría ya optó por una nueva Carta Fundamental –un hito político de la mayor significación desde que la más grave revuelta social en décadas vino a remecer al país hasta sus cimientos–.

El riesgo de esto salta a la vista y no es una cuestión menor: que no sean los contenidos de la propuesta constitucional los principales factores de decisión en el voto de los electores. Tal como está dispuesto en la Constitución, es mucho más probable que el plebiscito se transforme en una confrontación entre la que sería presentada por sus adversarios como una opción conservadora a favor de la vigencia de la actual Constitución –aunque su inclinación por el Rechazo estuviera inspirada por el contenido de la propuesta constitucional– y otra a favor de los cambios cuya necesidad y urgencia puso de manifiesto el estallido social. Desde ahí a una contienda entre el «pueblo», a favor de esta última opción, y una élite pretendidamente conservadora, no hay más que un paso. Puede darse por seguro que, al tenor del artículo 142, se producirá en el electorado un alineamiento en función de este clivaje. Así las cosas, el resultado del próximo plebiscito no guardaría mayor relación con la “cuestión planteada” ni con la calidad y los méritos de la propuesta constitucional. En la práctica podría darse una ratificación de la propuesta constitucional con independencia de sus disposiciones, que son las que regirán nuestro quehacer y trayectorias vitales por décadas.

¿Puede alguien desear o valorar un resultado alcanzado de esta forma? Por supuesto que no. Lo que conviene a los intereses del país y de la ciudadanía es que el resultado del plebiscito ratificatorio corresponda a la decisión de un electorado bien informado respecto de los contenidos de la propuesta constitucional, y no al producto de una regla imperfecta que remueve a la “cuestión planteada” –la propuesta constitucional y sus méritos– del lugar central que debiera ocupar en la consulta.

Enmendar la opción binaria oportunamente –su corrección no reviste mayor dificultad– sería beneficioso para el inédito proceso constitucional en curso y no debería producir efecto alguno sobre la certeza jurídica del proceso constitucional. En cambio, sí lo haría respecto a su validez y legitimidad, valores fundamentales de una Carta Magna, mucho más cuando, en los tiempos que corren, la desconfianza se ha transformado en la opción por defecto de una sociedad malhumorada y polarizada.

*Claudio Hohmann es ex ministro de Estado.

Ingeniero civil y exministro de Transportes y Telecomunicaciones

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