Señor Director,
La propuesta de nueva Constitución incorpora el derecho a interrumpir el embarazo sin limitaciones constitucionales las que deberán regularse por ley.
La ley vigente sobre la materia establece tres causales para interrumpir el embarazo y abortar al nonato al que se denomina feto. Estas mismas causales aplicadas al proyecto constitucional propuesto son las que están haciendo que los ciudadanos opten por el rechazo y abortarlo, estas son:
1. Que la mujer (léase Chile como nación unitaria) se encuentre en riesgo vital, de modo que la interrupción del embarazo evite un peligro para su vida.
2. Que el embrión o feto ( léase nueva Constitución) padezca una patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente, en todo caso de carácter letal. (No ha nacido y todos la quieren reformar).
3. Que sea resultado de una violación (ampliamente documentada el 18 de octubre de 2019).
En general los propulsores de este proyecto constitucional han defendido a ultranza el derecho al aborto, en consecuencia debieran ser más empáticos con los ciudadanos que quieren deshacerse de este engendro de constitución inviable.
Marcos Zylberberg Klos