La Corte Internacional de Justicia (CIJ), cuya función es resolver en derecho los casos que le sean presentados (artículo 38 de su Estatuto), se pronunciará hoy acerca de la demanda del gobierno boliviano contra el Estado de Chile.

 

La Corte Internacional, al fallar el caso, debe tener presente los efectos que la sentencia pudiera tener en un acuerdo internacional obligatorio para las partes»

 

A la espera de dicha resolución hay que tener claridad de lo solicitado por Bolivia al Tribunal, esto es, que declare que nuestro país tiene la obligación de negociar con Bolivia un acuerdo que le otorgue un acceso soberano al Océano Pacífico; que establezca que  Chile ha violado esa obligación y que debe cumplir esa obligación de buena fe, formal y prontamente, dentro en tiempo razonable y en forma efectiva.

 

Lo que en esencia busca el gobierno altiplánico es transformar una aspiración en un derecho. Dicha pretensión obligaría a modificar o dejar sin efecto el Tratado de 1904 que determinó de manera definitiva la situación territorial de ambos países y fijó con precisión los límites entre ellos. Esta intensión quedó de manifiesto en la reforma a la Constitución boliviana efectuada en el año 2009 que, a través de la disposición novena transitoria, estableció un plazo de cuatro años para denunciar o renegociar los tratados internacionales que la contradigan, teniendo presente que el artículo 267 preceptúa: “El Estado boliviano declara su derecho irrenunciable e imprescriptible sobre el territorio que le dé acceso al océano Pacífico y su espacio marítimo”.

 

No debemos dejarnos provocar por las estridencias que impulsen las autoridades de nuestros vecinos».

 

La vinculación de la demanda con la búsqueda de afectar la vigencia del Tratado de 1904 quedó en evidencia al reemplazarse la obligación autoimpuesta en la disposición novena transitoria indicada por la presentación de la demanda ante la CIJ. En efecto, la Ley de Aplicación Normativa de 21 de mayo de 2013 dispuso que la obligación de denunciar los Tratados Internacionales contrarios a la Constitución “implica la posibilidad de denunciarlos o, alternativamente, demandarlos ante los Tribunales Internacionales…”.

 

La Corte Internacional, al fallar el caso, debe tener presente los efectos que la sentencia pudiera tener en un acuerdo internacional obligatorio para las partes y que debe ser cumplido de buena fe, aun cuando los representantes bolivianos en la presentación escrita y en la fase oral del juicio eludieran una referencia directa al Tratado de 1904. Un antecedente esencial a considerar es que la Corte al fallar las excepciones preliminares presentadas por nuestro país ya acotó su competencia y tuvo presente la vigencia del tratado de 1904. De tal forma, la situación de soberanía territorial de nuestro país no podría ser afectada por el fallo definitivo. A ello se agrega que la propia Corte en la sentencia aludida señaló que aun cuando accediera a conceder la obligación de negociar, no puede asegurar un resultado.

 

Lo que en esencia busca el gobierno altiplánico es transformar una aspiración en un derecho. Dicha pretensión obligaría a modificar o dejar sin efecto el Tratado de 1904 que determinó de manera definitiva la situación territorial de ambos países.»

 

Las expectativas que Evo Morales y su gobierno han generado para el pueblo boliviano como resultado de este fallo están muy lejos de ser cumplidas. Ello está motivado indudablemente por el proceso político interno en dicho país y las aspiraciones del actual gobernante de mantenerse en el poder, pretendiendo que el litigio con Chile le sirva como elemento para ese propósito.  De allí, que en nuestro país sea necesario esperar con tranquilidad el fallo de la CIJ y efectuar un análisis ponderado, profundo y reflexivo de la sentencia.

 

No debemos dejarnos provocar por las estridencias que impulsen las autoridades de nuestros vecinos, que buscarán cualquier elemento para intentar revertir la frustración por la expectativas generadas y no cumplidas a través de la resolución del litigio generado unilateralmente por el gobierno de Bolivia.

 

*Edgardo Riveros, ex subsecretario de Relaciones Exteriores