No ha partido bien la Convención Constitucional. Su sesión inaugural estuvo lejos de ser el acto solemne, propio de un organismo encargado de redactar el texto jurídico y político más importante de un país como es su Constitución. Y, peor aún, su funcionamiento durante la primera semana muestra una peligrosa tendencia a desviarse de la tarea única que le fue confiada.
Era previsible que la primera sesión de la Convención enfrentara problemas en su desarrollo. Había sido difícil llegar a un acuerdo en la autoridad que la presidiera, se había discutido sobre la fórmula a aplicar para que los convencionales asumieran sus cargos y se temía la existencia de manifestaciones que impidieran, o al menos perturbaran su funcionamiento.
Y efectivamente la sesión estuvo a punto de fracasar. La prudente actuación de Carmen Gloria Valladares, secretaria-relatora del Tribunal Calificador de Elecciones que la presidía, lo evitó. Pero su desarrollo no fue el que correspondía. Interrupción durante un par de horas, imposibilidad de cantar el himno nacional, hasta un convencional que se acercó a votar descalzo. Para qué seguir, las imágenes abundan.
Al fin y al cabo, después de largas horas, la Convención, instalada, logró elegir sus autoridades: Presidenta, Elisa Loncón, una convencional del pueblo mapuche, y Vicepresidente, Jaime Bassa, un constitucionalista de izquierda, quienes asumieron sus cargos y dieron las primeras indicaciones para el inicio de las sesiones de la Convención.
Vino luego, inexcusablemente, una falla técnica en las instalaciones de la Convención que tensionó aún más las relaciones de sus autoridades con el Gobierno, obligó a postergar las sesiones programadas y provocó el reemplazo del Secretario Ejecutivo de la Convención.
El siguiente episodio de la semana inicial de la Convención es, sin embargo, el más grave, y el que, si llega a marcar una línea en los trabajos de la misma puede comprometer gravemente su labor. Es la polémica declaración por la que la mayoría de la Convención insta a una tramitación rápida del proyecto de ley que tramita ya el Senado y que indulta a los que califica de presos políticos.
No entraré a la cuestión de si hay o no presos políticos, pero sí a la cuestión medular que significa que la Convención entre a deliberar y emitir acuerdos ajenos a su único cometido: deliberar y proponer a la ciudadanía el texto de una nueva Constitución.
La Convención Constitucional no es un órgano de gobierno llamado a interferir, influir o participar en las decisiones propias de los poderes del Estado, cuyas actuaciones debe respetar, así como estos poderes no han de perturbar el funcionamiento y decisiones de la Convención.
Es, indudablemente, un reparto de tareas difícil de aceptar por los convencionales elegidos democráticamente para formar parte de una Convención que tiene en sus manos definir cuál ha de ser la futura organización política del país. Pero ese es su único cometido, decidir cómo se ha de gobernar en Chile, pero no gobernar ahora.