Uno de los imputados por el asesinato del matrimonio Luchsinger MacKay fue autorizado por el Tribunal de Garantía para levantar durante tres días el arresto domiciliario al que está sometido, -a criterio judicial no es un peligro para la sociedad equivalente al senador Orpis, toda vez que se le aplicó una cautelar de menor intensidad-, y concurrir a la Comisión de DD.HH. de la Cámara de Diputados a exponer los reproches que él hace a la investigación judicial de que ha sido objeto, en virtud de la cual está formalizado por el referido crimen.

No está de más recordar que el matrimonio Luchsinger MacKay era una pareja de más de sesenta años, que se encontraban solos en su casa en el campo y que fueron atacados por un grupo numeroso de individuos en la noche y que, aprovechándose de su superioridad numérica, prendió fuego al inmueble quemándolos en su interior.

Está grabada la llamada que la señora hizo a Carabineros cuando la casa ya estaba en llamas y su marido, de cerca de setenta años, solo y con un revólver calibre 22, intentaba defender la vida de ambos.  La grabación es escalofriante.  Con todo, el señor Luchsinger logró herir a uno de los atacantes, Celestino Córdova, quien está actualmente cumpliendo condena.

Después de varios años la PDI detuvo a varios otros presuntos responsables del crimen.  Uno de los imputados confesó su participación en el asesinato, este es el que ahora será recibido por la Comisión de DDHH de la Cámara de Diputados, puesto que asegura que la confesión la hizo motivado por las torturas de que fue objeto por parte de los funcionarios policiales.

Es de sentido común pensar que resulta inverosímil que la policía haya torturado a un detenido perteneciente a las comunidades mapuches, en el caso de más alta connotación en esa región y el país en décadas, estando la opinión pública, organizaciones de DD.HH, las autoridades políticas y el propio sistema de justicia encima de todo lo que ocurre en esa investigación.

Sin embargo y en el entendido que el sistema de justicia debe hacerse cargo de toda denuncia de este tipo, corresponde a los fiscales del Ministerio Público hacer la investigación correspondiente, es competencia de los Tribunales de Garantía cautelar la legalidad de los procedimientos, es deber de las autoridades superiores de la propia PDI investigar administrativamente las responsabilidades que pudieran emanar de procedimientos que vulneren la ley.

Pero lo que NUNCA puede ocurrir es que otros órganos públicos se atribuyan la facultad de revisar los procedimientos judiciales que están en desarrollo.  El artículo 76 de nuestra desprestigiada, pero aún vigente, Constitución señala textualmente: “Ni el Presidente de la República, ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenidos de sus resoluciones…”

Pero da la impresión que nuestra sociedad ha caído en una especie de adormecimiento y que estas obligaciones fueran meras restricciones formales que pueden obviarse si el fin lo justifica.  El parlamentario comunista que solicitó a la comisión recibir en audiencia al imputado sostiene que la denuncia de torturas es muy grave, y que eso bastaría para escucharlo.  Además que no habría daño en simplemente escuchar lo que esta persona tenga que decir.

Pero sucede que no estamos frente a una reunión de amigos en el living de una casa, sino de un órgano del Estado que se reunirá en sesión formal, en el ejercicio de potestades públicas.  Las autoridades que recibirán al imputado son de aquellas que tienen competencia para acusar constitucionalmente a los magistrados de los tribunales superiores de justicia y pueden también solicitar la destitución del fiscal nacional y de los fiscales regionales.

En consecuencia, la sola reunión constituye una presión indebida e inaceptable sobre los jueces que deberán conocer de la causa contra este imputado y sobre los fiscales que deben llevar adelante la imputación hasta obtener condena. Es bueno recordar que a la Cámara de Diputados corresponde la fiscalización de los actos de gobierno, mas no de los actuaciones judiciales.

Por ende, es una vulneración flagrante y aberrante del derecho de la familia Luchsinger MacKay a perseguir judicialmente la responsabilidad de los asesinos de sus padres con pleno respeto de la igualdad ante la ley, y de que el crimen que golpeó a su familia se investigue y sancione en el marco de un justo y racional procedimiento.

Si esta audiencia se verifica será, en mi opinión, el atentado más grave a la seguridad jurídica ocurrido desde el retorno a la democracia, y sería penoso que ese atentado lo cometiera la Cámara de Diputados.  Recordemos que, como todo órgano colegiado, las ramas del Congreso actúan a través de sus instancias formales que son las sesiones de Sala y de comisión.

Resulta inentendible, por último, que algunos de los mismos parlamentarios que demandan una nueva Constitución que recoja y garantice los derechos sociales, no trepiden en vulnerar varios de los derechos más básicos, como la igualdad ante la ley, la igualdad en el acceso a la justicia, el derecho a un justo y racional procedimiento (de la familia de las víctimas a no ser discriminados y de los imputados a no ser privilegiados); además, de la separación de poderes del Estado y las bases esenciales de un estado de derecho.

Sólo queda la esperanza que la mayoría de los diputados alcanzarán a reaccionar y dejarán sin efecto esta audiencia, si ello no ocurriera la verdad es que la discusión de una nueva Constitución se volvería verdaderamente surrealista.

Si uno de los órganos constituyentes no cumple las normas más básicas del derecho constitucional contemporáneo ¿de qué nueva Constitución me hablan?  Partamos por respetar la que tenemos.

Deja un comentario