Hace algunas semanas, casos de violencia y expresiones poco afortunadas han dado origen a un fenómeno casi imperceptible: los efectos negativos de la reclamación de ofensa. Ésta no sólo prohíbe continuar con el cauce natural de una discusión pública, sino que obliga a reorientar el foco a los objetivos del demandante de la ofensa pública. Con ello, en el último tiempo se ha justificado dicho recurso apelando al hate speech, es decir, expresiones que incitan a la violencia, discriminación u hostilidad y, en consecuencia, deberían ser prohibidas por ley. Sin embargo, todo intento de regulación en los discursos públicos es un atentado flagrante a la libertad de expresión, frenando el diálogo democrático y haciendo prevalecer sesgos comunicacionales o autoritarios.

Pensemos en el caso de José Antonio Kast. El ex candidato presidencial comenzó un ciclo de charlas por distintas universidades promoviendo un set de ideas alejadas de la recta doctrina frenteamplista y comunista. Sin embargo, la apelación a la reclamación de ofensa de las mayorías morales de dichas instituciones produjo la cancelación de su charla en Concepción y una golpiza de proporciones en Iquique. ¿El motivo? La supuesta incitación al odio (hate speech) que promueve el discurso del ex diputado.

El corazón de la discusión no fueron las cortapisas a la libertad de expresión, el germen de la violencia política, ni menos las supuestas ideas infectadas de su discurso, la historia fue llevada a una dirección completamente distinta: justificaciones a la censura discursiva y violencia política, lecciones morales de la recta expresión y una estela autoritaria difícil de erradicar. Un ejemplo de aquello son las palabras del economista del Frente Amplio, Nicolás Grau, en una reciente Columna de Opinión: “Se podría argumentar que las ideas de Kast no sólo aumentan el riesgo de converger a una sociedad totalitaria fascista en un futuro incierto, sino que promueven en el presente actos de violencia contra distintos grupos ninguneados en sus discursos”.

En suma, el autor postula que dado el contenido ofensivo y hostil del discurso, las probabilidades de caer en una sociedad fascista aumentan y la violencia estaría justificada. En primer lugar, es cuestionable el nivel de confianza estadística para probar la correlación entre ideas hostiles y la sociedad fascista; por otro lado, su juicio acerca de la promoción de violencia tiene el riesgo de caer en la arbitrariedad o error de percepción, imposibilitando un consenso promediado del caso. En síntesis, un sesgo autoritario en toda su expresión.

Muchas veces la reclamación de ofensa es utilizada como instrumento político para ocultar ciertos objetivos y también para camuflar vicios en nuestros argumentos. En la mayoría de los casos interrumpe el diálogo democrático y desvía la atención de los aspectos fundamentales de la discusión».

Un caso más complejo fue el del cardenal Ricardo Ezzati, quien ante la consulta de periodistas respecto del cambio registral de sexo, afirmó: “No porque yo a un gato le pongo nombre de perro, comienza a ser perro”. La reclamación de ofensa no tardó en llegar, desvirtuando la analogía como recurso racional hacia la literalidad emocional. Previamente al uso del instrumento retórico, el cardenal había criticado la filosofía del nominalismo imperante en la discusión, justificó su postura en base a la ontología humana y puso cuestionamientos legítimos y  racionales a ciertos reclamos de voluntad individual (sentirse mujer siendo hombre).

Nadie se hizo cargo de los argumentos complejos que expresó, sino que fue más fácil llevar la disputa a la arena afectiva que demanda el “hate speech”. En este ejemplo, los medios de comunicación hicieron lo suyo resaltando aquella frase, descontextualizando todo su contenido. “Ni perros, ni gatos… personas”, titulaba la editorial nocturna de CNN Chile. El resultado es por todos conocidos: avalancha acusaciones de insensibilidad, cuestionamientos a la Iglesia Católica por su falta de adecuación a los tiempos, y el consecuente desvanecimiento del foco de la discusión en ontología humana y alcances de la voluntad individual.

Otro ejemplo fueron las recientes expresiones del diputado Ignacio Urrutia, quien en el marco de la discusión parlamentaria por reparaciones económicas a víctimas de prisión política y tortura, cuestionó la regularidad de dichos beneficios y relativizó su condición calificándolos como “terroristas con aguinaldo”. De entrada, corresponde condenar las palabras del diputado por lo categórico y general del juicio, sin tener evidencia sustantiva que lo avale. No obstante, conviene poner atención en dos efectos estratégicos que devienen de la reclamación de ofensa en este caso. En primer lugar, se busca instaurar una verdad universal y moral sobre el gobierno militar donde existe un amplio consenso en torno a la violación de los DDHH, pero no ocurre lo mismo respecto a la legitimidad de intervención y la evaluación de resultados objetivos del régimen militar, discusión aún no zanjada en los debates historiográficos. En segundo lugar, la ocultación de réditos políticos y electorales busca blanquear la instrumentalización a los DDHH, dificultando el posicionamiento de una autentica justicia rectificadora para las víctimas.

Como ilustran estos tres ejemplos, muchas veces la reclamación de ofensa es utilizada como instrumento político para ocultar ciertos objetivos y también para camuflar vicios en nuestros argumentos. Como sea, en la mayoría de los casos interrumpe el diálogo democrático y desvía la atención de los aspectos fundamentales de la discusión. John Stuart Mill, hace mucho tiempo, definió las razones por las que el Estado puede legítimamente limitar la libertad de las personas, ese orden rector es conocido como “el principio del daño”, el cual estipula que la función principal de la ley es evitar que el individuo haga daño a los demás y a sí mismo. En consecuencia, si aceptamos la interferencia del Estado como guardián de rectas expresiones, su impacto redundará en trabas y lesiones a nuestro derecho a expresarnos.

El argumento de la ofensa pública no tiene fuerza suficiente para legitimar la intervención del Estado. Entre otras cosas, porque es una consecuencia intrínseca de la libertad de expresión y, si bien es cierto que muchas veces ésta puede resultarnos ofensiva, ello no es criterio objetivo como el daño (obstáculos y lesiones a nuestra libertad) y su carga es proporcional al nivel de tolerancia subjetiva del individuo. En consecuencia, la ofensa pública muchas veces es utilizada más bien como un comodín mediático/autoritario para camuflar debilidades, esconder objetivos y desviar el foco de la discusión.

En conclusión, como proponen los economistas, Coats y Colander, la idea de restringir la libertad de expresión se propaga como una enfermedad infecciosa en nuestro país, los medios de comunicación y grupos con intereses autoritarios funcionan como portadores de dicha enfermedad mediante sus discursos populistas y propagandistas. Si queremos proteger nuestra libertad de expresión debemos apuntar a elevar nuestros estándares de tolerancia y dar cabida a la mayor cantidad de razones prácticas en el discurso público. El uso de la reclamación de ofensa no puede seguir censurando nuestras voces.

 

César Sandoval Cristi, cientista político

 

 

FOTO: CRISTIAN VIVERO BOORNES / AGENCIAUNO